¿Este viernes 30 de junio es feriado o día no laborable?

Conoce si te corresponde un pago adicional si trabajas el viernes o tienes que recuperar las horas dejadas de laborar. El viernes se suma al feriado habitual del 29 de junio, por San Pedro y San Pablo, que cae jueves.

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El viernes 30 de junio
El viernes 30 de junio es día no laborable en Perú

Se viene un nuevo feriado en el Perú y días no laborables que serán aprovechados por miles de peruanos que ya se encuentran planificando su fin de semana largo, que este 2023 será desde el jueves 29 de junio al domingo 2 de julio. Sin embargo, siempre existe la duda sobre si el viernes 30 también fue declarado feriado nacional o día no laborable y si se pagará doble si se decide laborar con normalidad.

El único feriado reconocido en el Perú es el del jueves 29 de junio, día en el que se celebra la festividad católica conocida como “Solemnidad de San Pedro y San Pablo”. Esta festividad se celebra en honor a los apóstoles San Pedro y San Pablo, considerados dos figuras fundamentales en la historia y la tradición cristiana y el Perú, que es un país laico y católico, también es parte de esta celebración.

De acuerdo al Decreto Legislativo 713 y las normas laborales excepcionales que rigen durante el periodo de emergencia nacional, este feriado del 29 de junio es debidamente remunerado, sin la obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores, pero si los del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar este día sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple remuneración: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera por haber laborado en día feriado.

Viernes 30 de junio: ¿Feriado o día no laborable?

Si bien, el Gobierno de Dina Boluarte ha declarado el viernes 30 de junio como parte del feriado largo hasta el 2 de julio, esto no quiere decir que este sea un feriado nacional. Solo se trata de un día no laborable cuyas horas dejadas de laborar deben ser recuperadas posteriormente previo acuerdo con su empleador. Por este día no se recibe ningún pago adicional y se aplica solo en los trabajadores estatales.

En caso los del sector privado quieren acogerse a esta medida, podrían hacerlo si su empleador lo aplica y hay un acuerdo previo.

El titular del Mincetur indicó
El titular del Mincetur indicó que, a pesar del incremento de turismo en el Perú, aún no se logra el nivel prepandemia. (Andina)

Trabajo remoto y vacaciones

Si el empleado se encuentra haciendo trabajo remoto y no labora el 29 de junio, también tiene derecho a percibir su remuneración sin trabajar. De acordar con su empleador que va a trabajar dicho feriado, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho al pago triple de su remuneración diaria.

Si el descanso semanal coincide con el feriado, los trabjadores perciben doble remuneración diaria, una por el descanso semanal y otra por el feriado.

En tanto los que se encuentran de vacaciones durante el feriado 29 de junio, no tienen derecho al pago de remuneración adicional; pues, antes del descanso vacacional, la empresa les pagó sus remuneraciones que ya incluyen el feriado.

La modalidad de trabajo remoto
La modalidad de trabajo remoto estará vigente hasta fines de diciembre. (Andina)

Feriados en Perú

En Perú, existen diversos feriados nacionales establecidos por ley. A continuación, te mencionaré los feriados nacionales más comunes en el país:

  • Año Nuevo (1 de enero): Se celebra el primer día del año según el calendario gregoriano.
  • Día de la Fundación de Lima (18 de enero): Conmemora la fundación de la ciudad de Lima, capital de Perú, por Francisco Pizarro en 1535.
  • Viernes Santo (variable): Es el día en que se conmemora la crucifixión de Jesús, de acuerdo con el calendario litúrgico cristiano.
  • Día del Trabajo (1 de mayo): Celebración internacional del Día del Trabajo, que conmemora los derechos y logros de los trabajadores.
  • Día de San Pedro y San Pablo: Celebración católica que conmemora
  • Día de la Independencia (28 y 29 de julio): Se celebra la independencia de Perú de España, proclamada el 28 de julio de 1821 por el general José de la Riva-Agüero.
  • Día de Santa Rosa de Lima (30 de agosto): Fiesta en honor a Santa Rosa de Lima, la primera santa de América y patrona de Perú y las Filipinas.
  • Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre): Celebración católica que honra la concepción sin pecado de la Virgen María.
  • Navidad (25 de diciembre): Celebración del nacimiento de Jesús de acuerdo con la tradición cristiana.
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