Tribunal Constitucional se pronuncia sobre la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza

El máximo ente interpretativo de la Constitución Política del Perú señaló que dicha figura va en contra de la Carta Magna

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Tribunal Constitucional se pronunció sobre la cuestión de confianza
Tribunal Constitucional se pronunció sobre la cuestión de confianza

El Tribunal Constitucional emitió un comunicado en el que da cuenta de la decisión de los magistrados en torno a la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza. Este señaló que es facultad del Congreso de la República determinar si esta es rechazada, rehusada y su negatoria a partir de los cuestionamientos surgidos por las rencillas entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo durante los últimos años.

Los magistrados acordaron anula el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 24 de noviembre de 2022 en el cual se establece el rechazo de plano de la cuestión de confianza significa su rehusamiento o denegatoria. Cabe recordar que a mediados de noviembre último el entonces premier Aníbal Torres presentó una cuestión de confianza ante el Congreso para la aprobación de un proyecto de ley.

El presidente del Congreso, José Williams, fue el encargado de señalar que la cuestión de confianza había sido rechazada de plano. El titular del Poder Legislativo agregó que “la Ley 31399 se refiere a dos competencias exclusivas del Poder Legislativo, como lo son la aprobación en primera votación de una reforma constitucional y la disposición para que el Presidente de la República convoque a referéndum para la aprobación de reformas constitucionales.

Presidente del Congreso, José Williams, anunció que la cuestión de confianza de Aníbal Torres era rechazada de plano
Presidente del Congreso, José Williams, anunció que la cuestión de confianza de Aníbal Torres era rechazada de plano

El Tribunal enfatiza que en ningún caso el Poder Ejecutivo tiene la autoridad para interpretar de manera opuesta a la realizada por el Congreso de la República. Tampoco puede asumir que ha habido una negación implícita de la cuestión de confianza, lo cual sería contrario a la Constitución. La negación de la confianza siempre debe ser explícita y la decide el Parlamento.

“En la sentencia del expediente Nº 00004-2022-CC/TC, el Colegiado concluyó que el Congreso de la República es la entidad competente para determinar: a) cuándo se ha producido un rechazo, rehusamiento o negación de la confianza a las que se refieren los artículos 132, 133 y 134 de la Constitución; y, b) el alcance de dicho rechazo, rehusamiento o negación”, se lee en el comunicado publicado.

En máximo ente interpretativo de la Constitución Política del Perú también señala que será la representación nacional la encargada de decidir sobre el rechazo de plano de la cuestión de confianza y de determinar la valoración que corresponder dar a la decisión de “rechazar de plano” la cuestión de confianza que adopte la Mesa Directiva. Se espera que la decisión sea publicada en el diario oficial El Peruano el día de mañana.

El inicio del fin

Aníbal Torres fue premier de Pedro Castillo hasta poco antes del golpe de Estado
Aníbal Torres fue premier de Pedro Castillo hasta poco antes del golpe de Estado

El rechazo de plano de la cuestión de confianza motivó a que el entonces premier Aníbal Torres presentara su carta de renuncia ante el presidente Pedro Castillo. Su salida del cargo venía siendo solicitada por meses desde la oposición y el propio Torres había señalado que su carta estaba lista de principios de año. Aún así se mantuvo en el puesto enfrentándose a los medios de comunicación y otras figuras del entorno político.

En su reemplazo ingresó Betssy Chávez, exministra de Trabajo y Cultura, quien apenas estuvo unas semanas en la PCM. Su fugaz paso se debió al intento de golpe de Estado que dio Pedro Castillo el 7 de diciembre del 2022. Torres se mantuvo como asesor del jefe de Estado. Chávez viene siendo investigada por los delitos cometidos durante el intento de quebrar el orden constitucional y permanece en libertad durante el desarrollo del proceso.

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