Un considerable número de miembros del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) todavía se encuentran a la espera de la devolución de sus contribuciones correspondientes. La deuda total estimada asciende a aproximadamente S/42 millones.
La Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc ha planteado la idea de comenzar a efectuar las devoluciones de las contribuciones al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a partir de julio de este año, priorizando a aquellos que hasta ahora no han recibido ningún monto.
Un informe de ‘La República’ menciona que se ha confirmado que quienes formaron parte de las 19 listas recibirán nuevamente un monto de dinero en el mes de noviembre del presente año, según lo dicho por la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú).
El proceso para que miles de peruanos que aportaron entre los años 80 y 90 puedan recibir la devolución de su dinero se encuentra en la etapa de identificación. Es decir, la secretaría intenta recopilar datos que ayuden a esclarecer a cuánto asciende los fondos de cada exfonavista. Mientras tanto, la comisión ad hoc debe aprobar los lineamientos para hacer operativa la devolución del dinero.
La dificultad para que se de celeridad al proceso recae en que los representantes del Poder Ejecutivo argumentan que los aproximadamente S/2.000 millones que posee la comisión deben ser devueltos de manera equitativa entre los 1,8 millones de jubilados, debido a que resulta difícil determinar las contribuciones individuales de cada persona, ya que tanto las empresas del sector público como privado carecen de información detallada al respecto.
La propuesta ha caído en agrado de algunos fonavistas quienes afirman estar de acuerdo siempre y cuando se les permita presentar pruebas adicionales de sus aportes, lo que les otorgaría un monto mayor correspondiente a sus contribuciones.
“Aceptamos la fórmula, pero si generas el espacio a que el fonavista pueda acreditar la información. Si se hace un nuevo cálculo y si hay un diferencial, se le devuelve. O lo otro, partes la fórmula. Donde es moneda desfasada (sol de oro e inti), aplicas un criterio para darles a todos por igual, pero donde tenemos moneda vigente (nuevo sol), usas el interés legal que te dice la sentencia del Tribunal Constitucional”, explicó Jorge Milla, miembro del Fenaf-Perú para el mencionado medio.
Según el fallo más reciente del Tribunal Constitucional (TC), la deuda estatal está limitada únicamente a lo que los trabajadores aportaron. Según el cálculo más actualizado, que data de 2021, el monto adeudado asciende a S/6.800 millones, pero si se realiza una actualización hasta la fecha, se estima que el monto se elevaría a S/7.000 millones.
Es necesario mencionar que las contribuciones de los trabajadores eran del 0,5% de su remuneración durante los años 80 y 88. A partir de entonces y hasta 1992, aumentó al 1%. En 1993, durante 10 meses, se elevó al 9% y posteriormente se redujo al 3%. Debido a estas variaciones, la Fenaf señala que, para garantizar la equidad en las devoluciones, todas estas fluctuaciones deben ser tomadas en cuenta.
Asimismo, durante el período comprendido entre 1980 y 1993, el Banco de la Nación fue responsable de la recaudación y logró acumular un total de S/992.000. Posteriormente, desde 1994 hasta 1998, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se hizo cargo de la recaudación, logrando reunir S/42.000 millones, que es el monto actualmente en disputa.
Consecuencias de la sentencia
La reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC) ha causado preocupación adicional para los fonavistas, ya que establece que la fórmula de actualización de la deuda se basa en el interés legal. Como consecuencia, esto podría llevar a que el valor de las contribuciones se reduzca a cero, especialmente cuando se trata de montos expresados en sol de oro o intis. Como resultado, esto perjudica principalmente a los trabajadores más vulnerables.
Según Milla, existe una incongruencia por parte de los magistrados, ya que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) puede actualizar sus deudas utilizando el Índice de Precios al Consumidor. Sin embargo, en el caso de la deuda del Fonavi, no se permite esta actualización.
El pasado 25 de mayo se llevó a cabo una reunión de la comisión, pero debido a la falta de consenso, la sesión fue suspendida nuevamente hasta el próximo jueves 1 de junio. El siguiente paso consiste en que la decisión adoptada sea publicada a través de un decreto supremo para dar inicio a los pagos.
Es necesario recordar y hacer énfasis en que son más de 800 mil personas que no han cobrado monto alguno de sus aportes al Fonavi hasta la fecha.
¿Quiénes tienen aportes en el Fonavi?
Los trabajadores dependientes e independientes, así como los empleadores y el Estado, desempeñaron un papel importante en el sistema de aportes. Los trabajadores dependientes realizaron contribuciones obligatorias desde enero de 1980 hasta julio de 1995. Después de esa fecha, únicamente los empleadores hicieron los aportes hasta agosto de 1998.
Los trabajadores independientes tuvieron la opción de realizar aportes al Fonavi de manera voluntaria desde julio de 1979 hasta julio de 1995. A partir de agosto de 1995, se convirtió en un requisito obligatorio hasta agosto de 1998.