La presidenta Dina Boluarte no puede salir del país debido a que no tiene un vicepresidente que la reemplace y para salvar este vacío legal y cumplir con sus funciones de representación como jefa de Estado, presentó un proyecto de ley que le permita ejercer su función de manera remota cuando salga al extranjero. Esta propuesta ha activado las alertas en el sector político y diversos especialistas advirtieron que modificar las normas traería consecuencias.
La iniciativa busca modificar y agregar al artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo con el siguiente texto: “De no contar con vicepresidentes en ejercicio, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota, empleando las tecnologías digitales correspondientes para tal efecto”.
En otras palabras, la presidenta Boluarte pretende gobernar desde una plataforma como Zoom u otras similares cuando salga del país.
Al respecto, el exministro de Relaciones Exteriores Miguel Ángel Rodríguez Mackay calificó la propuesta como “infantil” y “jurídicamente inconsistente” debido al rompimiento de los mecanismos de poder en el gobierno de turno.
“No hay poder virtual. Por esa razón, es un proyecto jurídicamente inconsistente que no se hizo pensando en la fuerza de la ciencia política y del poder que establece en su doctrina que el poder se ejerce presencialmente y que el poder de un Estado no puede quedar en la virtualidad, en el internet, el poder de un Estado no puede virtualizarse”, argumentó.
En peligro los asuntos de Estado
Para el abogado especializado en temas constitucionales, Erick Urbina, el mecanismo por el cual la presidenta Dina Boluarte busca poder despachar de manera remota, “debería detallar los temas que pueden ser debatidos y escenarios” durante las coordinaciones que se hagan entre la presidenta y el primer ministro, como se propone, y consideró que los mecanismos virtuales “no están exentos de hackeos o interferencia de terceros”.
“En temas de seguridad nacional, las herramientas virtuales no necesariamente revisten la mayor de las seguridades en cuanto pueden ser intervenidas o filmadas por terceros. Entonces, ciertamente sí son temas que deben ser tratados de manera presencial y si la urgencia lo exige, entonces deberá regresar de inmediato”, refirió por su parte el abogado constitucionalista Richard Allemant.
¿Por qué se hace la propuesta?
Como se recuerda, la presidenta Dina Boluarte no ha podido salir del país desde que asumió el cargo en diciembre del 2022, tras el fallido autogolpe de Pedro Castillo. Un buen ejemplo fue lo que le pasó cuando quiso ir a la asunción del mandatario brasileño Luiz Inácio Lula da Silva, el 1 de enero del 2023; al no tener a quién dejarle a cargo el Despacho Presidencial, tuvo que enviar en su lugar a la canciller Ana Gervasi y al premier Alberto Otárola.
De acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política del Perú, cuando un jefe de Estado viaja al extranjero tras recibir la autorización del Congreso de la República, es el primer o segundo vicepresidente quien se encarga de asumir sus labores de manera preventiva. En el caso de Boluarte Zegarra, no tiene a nadie.
Otárola sustenta los motivos
En defensa del proyecto de ley, el premier Alberto Otarola se presentó ayer en la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República para sustentar los motivos y enfatizó que la presidencia ejercida de manera remota es totalmente lógica, sumado a que el “presidente de la República no deja de ser presidente cuando sale del país”.
“No estamos ante una ley con nombre propio; estamos ante una ley que resuelve un problema fáctico: que nuestra Constitución no previó que no tengamos dos vicepresidentes”, precisó tras las observaciones y comentarios de los parlamentarios.
Además, el primer ministro consideró que la presencia de la jefa de Estado en el extranjero permitirá atraer importantes inversiones para el Perú, lo que se reflejará en mejores condiciones de vida para los peruanos.
Se tendría que pensar en otra alternativa
Por otro lado, el abogado constitucionalista Enrique Ghersi precisó que para resolver el vacío ante la ausencia de Dina Boluarte por viaje, quien podría asumir temporalmente sus funciones serían tanto el jefe de la Presidencia del Consejo de Ministros, Alberto Otárola o el titular del Parlamento, José Williams, esto mediante la modificación del artículo 115 de la Constitución, en vez de modificarse la ley del Poder Ejecutivo.
“Si se trata de la encargatura del despacho, yo creo que lo práctico es la Presidencia del Consejo de Ministros. Puede colocarse en segundo lugar, en caso de una situación catastrófica, al presidente del Congreso”, aseveró.
El especialista recordó que en diciembre del 2022, el Gobierno de Dina Boluarte ya propuso, mediante un proyecto de ley, la asunción de José Williams, presidente del Congreso de la República, en caso la presidenta se ausente por viajes al exterior; sin embargo, la iniciativa no prosperó.
Vale añadir que no es la primera vez que un mandatario peruano no puede abandonar la nación por no tener vicepresidentes, pues Valentín Paniagua y Francisco Sagasti, respectivamente, tampoco pudieron salir al exterior durante su gobierno de turno por la misma razón.