
El proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo para que la presidenta Dina Boluarte pueda realizar viajes y continuar con sus gestiones vía remota, ha generado mucha polémica. Mientras los constitucionalistas advierten que la propuesta es inconstitucional, los congresistas de diversas bancadas se pronunciaron y coinciden en que la medida debe ser rechazada por el parlamento.
Como se recuerda, ayer, la presidenta Dina Boluarte presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley que le permitiría, en casos de viajar fuera del país, gestionar su despacho “de forma remota, empleando las tecnologías digitales”. La iniciativa busca la incorporación del artículo 8-A a la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
Al respecto, dos abogados constitucionalistas fueron consultados sobre la viabilidad de la referida iniciativa e indicaron al unísono que es inconstitucional y que viola el principio del ejercicio presencial tal como está planteada.
El abogado Enrique Ghersi precisó que para resolver el vacío ante la ausencia de Dina Boluarte por viaje, se debe modificar el artículo 115 de la Constitución Política del Perú en vez de modificarse la ley del Poder Ejecutivo. x

La postura de Ghersi es compartida por el abogado especializado en temas constitucionales, Erick Urbina, quien consideró que el mecanismo por el cual la presidenta Boluarte Zegarra busca poder despachar de manera remota, “no estaría en línea con las leyes”, puesto que se refiere a las atribuciones de su cargo.
Sin embargo, alegó que el tema, en cierto grado, sí debe debatirse teniendo en cuenta que el gobierno de Dina Boluarte apunta a concluir su gestión en el 2026 y no tendría un vicepresidente para que la supla en algunas funciones. “Es prioritario que se debata, puesto que el gobierno está orientado a permanecer por dos años más”, señaló.
Congresistas rechazan propuesta
La propuesta de Palacio de Gobierno no fue del grado entre los parlamentarios, quienes no tardaron en señalar que “existen otras prioridades” y que la propuesta es “inapropiada”.
Las bancadas de izquierda se pronunciaron en contra del proyecto de ley. El vocero de Perú Libre, Flavio Cruz, calificó de “leguleyada” la norma. “En cualquier situación, ahí está la Cancillería. Esa no es la prioridad, hay un conjunto de temas en el Parlamento que tienen que verse”, indicó.

En la misma línea, Ruth Luque, legisladora de Cambio Democrático-Juntos por el Perú, criticó que ahora la presidenta busque gobernar “por internet”. “¿Presidenta en remoto y que su premier asuma la presidencia en ausencia? No. Mientras peruanos fallecen por dengue, hospitales colapsan, la señora quiere gobernar por internet”, dijo.
“Si no tiene quien la releve, entonces que permanezca acá y no viaje.”, declaró el vocero de Renovación Popular, Jorge Montoya. A su vez, el congresista Carlos Anderson (no agrupado), consideró que el proyecto de ley no es un tema prioritario para la agenda nacional.
¿Qué dice la norma?
El Proyecto de Ley 4985/2022-PE, facultaría al Presidente de la República a despachar de manera “remota” y tener reuniones virtuales con el presidente del Consejo de Ministros, mientras se encuentre en el extranjero y siempre y cuando no cuente con un vicepresidente que lo reemplace en su ausencia.

La iniciativa propone incorporar el artículo 8-A a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo donde se regula que, cuando “un/una Presidente/a de la República no cuente con vicepresidentes a los que encargar del Despacho de la Presidencia en caso de viaje al exterior” y ante esta eventualidad, “haciendo uso de las tecnologías digitales, el/la presidente/a mantendrá a su cargo el despacho de la Presidencia de la República de manera remota” para el despacho administrativo.
Además, plantea la modificación del Artículo 19 de la mencionada Ley Orgánica, para otorgar una nueva facultad al presidente del Consejo de Ministros que podrá coordinar de manera virtual con el mandatario, mientras se encuentre de viaje y sería el “vocero”.
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