La ocasión en que Alberto Fujimori quiso salirse de la Corte IDH, pero no logró su objetivo

El expresidente, sentenciado por los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos a 25 años de prisión, no quiso acatar dos fallos por violaciones a los derechos humanos en su gobierno en 1999.

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Alberto Fujimori y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Alberto Fujimori y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Tras la publicación del informe final de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que concluyó que hubo “graves violaciones a los derechos humanos” durante las protestas sociales contra el Gobierno de Dina Boluarte entre diciembre del 2022 y enero de este año, varios políticos de derecha han pedido que el Perú se retire de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y que denuncie el Pacto de San José.

“La CIDH nada politizada y súper objetiva buscando el cambio de Constitución. Dina Boluarte, si deseas hacer historia, salgámonos de esa Corte ya”, escribió la congresista Rosangella Barbarán (Fuerza Popular). Por su parte, el tercer vicepresidente del Parlamento, Alejandro Muñante (Renovación Popular), también tiene la misma postura.

“Yo si creo que debemos de evaluar y reevaluar nuestra permanencia en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque considero que en los últimos años no se ha visto un trabajo efectivo de protección de los derechos humanos, y más bien hemos visto un trabajo sesgado de este organismo internacional”, señaló.

“Considero que debemos retirarnos del Pacto de San José para que los delincuentes, violadores y asesinos, por lo menos, trabajen para que puedan autosostenerse. El Estado peruano no debe mantener a quienes no tienen respeto por la vida”, puso el congresista Ilich López (Acción Popular) en sus redes sociales.

Tuits de los congresistas Alejandro Muñante y Rosangella Barbarán.
Tuits de los congresistas Alejandro Muñante y Rosangella Barbarán.

Salida frustrada

La salida del sistema interamericano no es la primera vez que se pone en debate. El régimen de Alberto Fujimori (1990-2000) lo intentó, pero no tuvo el éxito esperado.

El 1 de julio de 1999, el Gobierno de Fujimori envió una nota al entonces secretario general de la OEA, César Gaviria Trujillo, en la que anunció que no cumpliría con las sentencias de la Corte IDH en el caso Castillo Petruzzi y otros ni con la sentencia de reparaciones en el caso Loayza Tamayo.

El 17 de septiembre de 1997, la Corte IDH estableció que la profesora María Elena Loayza Tamayo y sus familiares debían recibir una reparación del Estado peruano debido a que había sido privada arbitrariamente de su libertad, torturada y tratada en forma cruel, inhumana y degradante al ser vinculada como supuesta colaboradora de Sendero Luminoso en 1993. Además, el fallo influyó para que sea liberada de la sentencia de 20 años de cárcel por el delito de terrorismo que un tribunal sin rostro había dictado en su contra.

Por otro lado, el 30 de mayo de 1999, la Corte IDH falló a favor de los ciudadanos chilenos Jaime Castillo Petruzzi, María Concepción Pincheira Saenz, Lautaro Enrique Mellado Saavedra y Alejandro Astorga Valdés -exintegrantes del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)- para que sean procesados otra vez y se revise la sentencia a cadena perpetua por el delito de traición a la patria que habían recibido de un tribunal militar sin rostro porque no se habría cumplido el debido proceso. A diferencia de Loayza, con Castillo Petruzzi y los demás no se ejecutó lo dispuesto por el organismo judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

Vista general de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en San José (Costa Rica). EFE/Jeffrey Arguedas/Archivo
Vista general de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en San José (Costa Rica). EFE/Jeffrey Arguedas/Archivo

En relación a estos dos expedientes, el 2 de julio de 1999 el entonces ministro de Justicia, Jorge Bustamante, presentó una carta al primer ministro y titular de la cartera de Economía, Víctor Joy Way, en la que planteaba la posibilidad legal de que el Perú retire su reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte IDH.

El 5 de julio del mencionado año el expresidente Fujimori envió un oficio al Congreso en el que informaba que el Consejo de Ministros aprobó por mayoría retirar con efecto inmediato el reconocimiento a la Corte IDH. Tres días después haría lo mismo la representación nacional al aprobar la resolución legislativa Nº 27152.

El 9 de julio, el entonces canciller Fernando de Trazegnies Granda procedió a depositar en la secretaría general de la OEA la decisión adoptada por el Gobierno y confirmada por el Parlamento en el cual declara que se retiraba de la jurisprudencia que estaba sometido bajo la Corte IDH.

“Declara que, de acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la República del Perú retira la Declaración de reconocimiento de la cláusula facultativa de sometimiento a la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hecha en su oportunidad por el Gobierno peruano. Este retiro del reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana producirá efecto inmediato y se aplicará a todos los casos en que el Perú no hubiese contestado la demanda incoada ante la Corte.
Resolución legislativa que respaldó la posición del Gobierno de Fujimori para retirar al Perú de la competencia de la Corte IDH en 1999.
Resolución legislativa que respaldó la posición del Gobierno de Fujimori para retirar al Perú de la competencia de la Corte IDH en 1999.

Tras esta decisión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un comunicado que literalmente dijo lo siguiente.

“La Comisión deplora profundamente esta decisión sin precedentes del Estado peruano, que pretende limitar la protección del sistema hemisférico de derechos humanos para los habitantes del Perú y que está en contradicción con la tendencia regional prevaleciente de aceptar la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana, como lo demuestran las recientes adhesiones de Brasil, Haití, México y República Dominicana. La Comisión se encuentra evaluando la validez de la decisión del Estado peruano a la luz del derecho internacional y hará conocer su posición en la oportunidad y en el foro que correspondan. En cualquier circunstancia, el Estado peruano continúa obligado a respetar sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos bajo la jurisdicción de la Comisión”.

A pesar de las intenciones del Gobierno para apartarse del sistema interamericano, finalmente no lo logró. El 24 de septiembre de 1999, la Corte IDH publicó las sentencias de los casos Baruch Ivcher (había sido despojado de su nacionalidad peruana) y el Tribunal Constitucional (los magistrados Delia Revoredo, Manuel Aguirre Roca y Guillermo Rey Terry fueron destituidos por el Congreso al no avalar la interpretación auténtica de Fujimori para reelegirse por tercera vez en el 2000).

En su fallo señaló que “no existe en la Convención Americana norma alguna que expresamente faculte a los Estados Partes a retirar su declaración de aceptación de la competencia obligatoria de la Corte, y tampoco el instrumento de aceptación por el Perú de la competencia de la Corte, de fecha 21 de enero de 1981, prevé tal posibilidad”.

“La Corte considera que es inadmisible el pretendido retiro por el Perú de la declaración de reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte con efectos inmediatos, así como cualesquiera consecuencias que se busque derivar de dicho retiro, entre ellas, la devolución de la demanda, que resulta irrelevante”, sentencian.
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