Día del Trabajo: ¿cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?

El viernes 28 de abril ha sido declarado día no laborable, con el propósito de promover el turismo interno en el país, y así crear un feriado largo, hasta el lunes 1 de mayo. Conoce cómo se debe calcular el pago si trabaja ese día.

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Trabajadores que laboren el 1 de mayo percibirán triple pago.
Trabajadores que laboren el 1 de mayo percibirán triple pago.

Próximos al Día Internacional de los Trabajadores, se efectuará un feriado para los peruanos el 1 de mayo. Existen más ‘días libres’ de este tipo que son aprovechados para actividades personales y descansar. Sin embargo, dependiendo del rubro de la compañía, algunos colaboradores sí deben laborar.

“Es importante realizar el cálculo correcto del pago, hay una diferencia entre un feriado y un día no laborable, que determina cuánto le corresponde recibir al colaborador”, explicó Jimmy Huatuco, Project Manager Lead de Buk Perú.

La diferencia entre feriados y días no laborables

El feriado es un descanso remunerado que puede ser compensado con otro día de descanso sustitutorio o con el pago correspondiente a la labor realizada ese día.

Por su parte, el día no laborable, que es establecido por el Gobierno, sí es compensable. Es decir, el colaborador debe devolver las horas no trabajadas por dicho descanso.

Cabe destacar que los días no laborables son aplicados en el sector público, de forma obligatoria. Mientras que en el sector privado es opcional.

¿Cómo se debe calcular el pago si trabaja en un día feriado?

Dada la naturaleza que tiene el feriado, si un colaborador trabaja ese día y no se le compensa con un descanso sustitutorio, el monto que se le debe pagar tiene que contemplar la remuneración diaria por el feriado más una remuneración a una sobretasa del 100% por las horas de trabajo realizadas. “Es importante que este pago aparezca en la boleta del colaborador”, agregó Huatuco, de Buk Perú.

Si trabajas el feriado 1 de mayo, aprende cómo calcular el pago.
Si trabajas el feriado 1 de mayo, aprende cómo calcular el pago.

¿Cuáles son los feriados y días no laborables que quedan en este 2023?

El viernes 28 de abril ha sido declarado día no laborable, con el propósito de promover el turismo interno en el país, y así crear un “feriado largo”, hasta el lunes 1 de mayo. Estos son los próximos días feriados y no laborables que quedan en este 2023.

Feriados en Perú

- Lunes 1 mayo: Día Internacional de los Trabajadores

- Jueves 29 junio: Día de San Pedro y San Pablo

- Viernes 28 julio: Fiestas Patrias

- Sábado 29 julio: Fiestas Patrias

- Domingo 06 agosto: Batalla de Junín

- Miércoles 30 agosto: Santa Rosa de Lima

- Domingo 8 octubre: Combate de Angamos

- Miércoles 1 noviembre: Día de Todos los Santos

- Viernes 8 diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

- Sábado 9 diciembre: Batalla de Ayacucho

- Lunes 25 diciembre: Navidad

- Lunes 1 enero del 2024: Año Nuevo

Días no laborables para el sector público

- Viernes 30 junio

- Lunes 9 octubre

- Jueves 7 diciembre

- Martes 26 diciembre

- Martes 2 enero del 2024

El Día del Trabajo también se considera una oportunidad para destacar las luchas de los trabajadores por sus derechos laborales y mejorar las condiciones. (Foto: Pexels)
El Día del Trabajo también se considera una oportunidad para destacar las luchas de los trabajadores por sus derechos laborales y mejorar las condiciones. (Foto: Pexels)

La tecnología para la gestión eficiente de pagos y planillas

Hoy, la tecnología pone al alcance de los empleadores herramientas que agilizan y facilitan la gestión de personas para las áreas de recursos humanos.

“De esta manera, los softwares permiten minimizar errores y ahorrar tiempo. Se puede automatizar el cálculo de sueldos mensuales, CTS, gratificaciones, utilidades y liquidación de los beneficios sociales, por ejemplo”, añadió Sebastián Ausin, country manager de Buk Perú.

Trabajadores que laboren el 1 de mayo percibirán triple pago

El Día Internacional del Trabajo, que se conmemora este lunes 1 de mayo, es considerado feriado nacional para los trabajadores de los sectores público y privado de acuerdo al Decreto Legislativo 713.

En tal contexto, Álvaro Gálvez, quien es gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), indicó que “este día debe ser pagado íntegramente sin obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores”.

Asimismo, señaló que existen algunas situaciones laborales que pueden darse con motivo de este día feriado, como es el caso de los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar en esta fecha, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por cada feriado una “triple” remuneración diaria: una por el feriado y otra por el trabajo realizado que se contrapresta con la sobretasa del 100%.

“Por ejemplo, si la remuneración mensual es 1,500 soles, la remuneración diaria será de 50. Si trabaja en este feriado sin descanso posterior percibirá 50 soles por el día laborado y adicionalmente 100 soles más. Es decir que a fin de mes recibirá 1,600 soles”, explicó Gálvez.

En el caso de los trabajadores que acuerden laborar el 1 de mayo y decida tomar un descanso sustitutorio posterior, solo perciben su remuneración normal.

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