Moody’s afirma que fallo del TC que prohíbe aplicar intereses moratorios a deudas tributarias en litigio complicaría manejo fiscal del Perú

El vicepresidente senior officer de la calificadora Moody’s, Jaime Reusche, señaló que esta decisión le generaría otro reto más al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de mantener la política fiscal equilibrada.

Guardar
El Ministerio de Economía y
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) advirtió que el fallo del TC podría generar un costo fiscal para el Perú de S/ 12.000 millones que corresponden a deudas generadas hace años y no pagadas hasta el presente.

Sobre el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que prohíbe a la Sunat aplicar el cobro de intereses moratorios de deudas tributarias en litigio, el vicepresidente y senior credit officer de la calificadora Moody’s, Jaime Reusche, afirmó que complicaría el manejo fiscal del Perú.

“La sentencia añade un elemento que complica el manejo fiscal del país y le genera otro reto más al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de mantener la política fiscal equilibrada”, indicó el analista económico de la calificadora internacional a Agencia Andina.

No obstante, el representante de Moody’s señaló que tienen la confianza de que las autoridades del MEF van a optar por medidas que compensen en algo los posibles efectos del fallo, pero precisó que es un reto innecesario más cuando se está tratando de hilar muy fino con las cuentas públicas.

Cabe recordar que hace algunas semanas el TC emitió su sentencia N° 03525-2021-PA/TC, que prohíbe a la administración tributaria aplicar intereses moratorios tras vencer el plazo legal para resolver el recurso administrativo, como una decisión que afecta el cumplimiento tributario.

“Es un plato más que tiene que malabarear el MEF cuando ya lo está haciendo con toda la vajilla, y sin embargo mantiene credibilidad total con los agentes económicos externos e internos”, remarcó Reusche.

Manejo fiscal prudente

Asimismo, el analista de Moody’s sostuvo que el manejo fiscal que viene aplicando el Ejecutivo no pone en riesgo la calificación del Perú, al contrario, le está dando solidez.

“Es la parte política la que ha golpeado el panorama de la calificación. Más aún, los riesgos políticos persisten a despecho de los esfuerzos de las autoridades económicas por retomar el rumbo del crecimiento y de mantener la credibilidad del país”, comentó el experto.

Por otra parte, Reusche señaló que el Banco Central de Reserva (BCR) viene siendo “correctamente” prudente en su política monetaria ante un contexto internacional de desaceleración de las tasas de inflación.

“Más allá de la inflación global, la economía peruana ha enfrentado un choque de oferta adicional debido a las protestas en el sur. De no ser por ese choque, ya estaríamos viendo una reducción más acelerada de la inflación en el país”, sostuvo el economista.

También, señaló que la tendencia de la inflación será hacia la baja, pero con un rezago dañino a raíz de las protestas. Es por eso que el BCR sigue siendo correctamente prudente antes de relajar la política monetaria”, manifestó Reusche.

Presentan proyecto del ley para
Presentan proyecto del ley para derogar fallo del TC que prohíbe aplicar intereses moratorios a deudas tributarias en litigio.

Presentan dictamen para derogar fallo del TC

El pasado 19 de marzo, la congresista Katy Ugarte presentó un proyecto de ley para combatir la evasión fiscal y restablecer la obligatoriedad de la aplicación de los intereses moratorios.

La iniciativa legislativa señala que los intereses moratorios son de obligatoria aplicación y que no aplica ningún tipo de prohibición o suspensión para aplicarlos, salvo los supuestos establecidos de manera expresa en el artículo 33 del Código Tributario.

En ese sentido, “se considera que el juez o magistrado ha incurrido en el delito de prevaricato si ha ejercido control difuso sobre el artículo 33 del Código Tributario, por atentar contra lo que establece expresamente la presente ley”.

Se plantea la restitución plena de los efectos del artículo 33 del Código Tributario. Asimismo, se indica que en caso se haya interrumpido el cálculo de los intereses moratorios durante el año 2023 por cualquier motivo no contemplado en el Código Tributario, estos deben recalcularse.

Dicha ley deroga todas las disposiciones o precedentes vinculantes que se opongan a la presente norma. En sus fundamentos, la propuesta legislativa cuestiona la sentencia del Tribunal Constitucional, recaída en el expediente 03525-2021-PA/TC, que elimina los intereses moratorios de las deudas tributarias en litigio, luego de vencerse el plazo legal para su resolución.

Enfatiza que, en toda sociedad civilizada, sus integrantes tienen la obligación cívica y moral de pagar impuestos para solventar el funcionamiento del Estado. “En mérito del principio de igualdad, toda persona; natural o jurídica, posee esta obligación y debe cumplirla a cabalidad”, señala la iniciativa.

Guardar