Nuevo retiro AFP: Cómo avanzan los seis proyectos de ley en el Congreso que proponen liberar aportes previsionales

Parlamentarios de diferentes bancadas han presentado iniciativas legislativas para que afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedan realizar un séptimo retiro de fondos de pensiones.

Las iniciativas legislativas deberán ser debatidas en comisiones parlamentarias, además de recibir opiniones técnicas.

Esta semana en la Comisión de Economía del Congreso de la República se inició el debate sobre los proyectos de ley que permiten a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) a realizar un sétimo retiro de sus aportes de manera extraordinaria con el fin de aliviar sus bolsillos frente a la inflación y la crisis económica.

Hasta el momento diferentes bancadas del Parlamento han presentado seis iniciativas legislativas que proponen liberar los fondos individuales de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). En esta nota conoce de qué se trata cada uno de estos proyectos de ley y sus avances.

Cabe precisar que cada una de estas propuestas tiene diversos pedidos, una solicita que se retire el 50% de los fondos para el pago de deudas o la adquisición de una vivienda; otras instan a que se disponga 4 UIT, 3 UIT o 2 UIT para enfrentar la crisis; otra plantea que se retire el 100% de sus fondos a los que tienen 40 años.

Retiro AFP de hasta 4 UIT

El 8 de febrero, la legisladora de la bancada parlamentaria Podemos Perú Digna Calle Lobatón presentó un proyecto de ley que autoriza a los afiliados al sistema privado de pensiones a realizar el retiro facultativo de sus fondos hasta por un importe de 4 unidades impositivas tributarias (UIT) o S/ 19.800.

Según se lee en el proyecto de ley que esta medida beneficiaría a más de 8.6 millones de afiliados a las AFPs. En caso tenga luz verde del Congreso este nuevo retiro se realizará en tres armadas 2 de 1 UIT y la última de 2 UIT. La semana pasada la autora de este proyecto de ley pidió a la Comisión de Economía se priorice el debate de esta iniciativa.

Retiro AFP de hasta 3 UIT

En el mismo sentido, el congresista de la bancada parlamentaria Perú Bicentenario Víctor Cutipa, el 7 de febrero, presentó también una iniciativa legislativa para que se disponga el retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones de hasta 3 UIT o S/ 14.580, como medida para enfrentar la crisis económica que atraviesa el Perú.

Una vez aprobada la presente ley, el retiro extraordinario de la AFP se realizará mediante solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendarios. En cuanto al desembolso del dinero por parte de la administradora, se abonará hasta una 1 UIT o S/ 4.950 cada 30 días calendarios, después de haber enviado la solicitud para el retiro.

Asimismo, el parlamentario solicitó a la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS) que ponga en conocimiento cuál será el proceder para realizarse el retiro de los fondos.

MEF, BCR y AFP fijan posturas sobre nuevos retiros de fondos.

Retiro AFP de hasta 3 UIT

El jueves 23 de marzo, el congresista Víctor Seferino Flores Ruiz de la banca Fuerza Popular presentó el proyecto de ley para autorizar de manera excepcional y voluntaria a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP) a retirar sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización. Esta vez por S/14,850.

La propuesta busca contrarrestar el posible aumento del desempleo a raíz de los conflictos sociales, la pobreza y la inflación. La iniciativa comprende a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, excepto a quienes califiquen para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA).

El primer desembolso de hasta 1 UIT será en un plazo máximo de 30 días calendario, computable desde que se presente la solicitud. Y el segundo desembolso de hasta 1 UIT será en un plazo máximo de 30 días calendario, computados a partir del primer desembolso. El tercer desembolso será de hasta 2 UIT en un plazo máximo de 30 días calendario, posteriores a la validación del segundo desembolso por la AFP.

Retiro AFP del 70% de los fondos

También, el congresista de la bancada de Perú Libre Américo Gonza presentó, el 3 de marzo, un proyecto de ley que permita el retiro de hasta el 70% de los fondos de las AFP, así como la libre desafiliación del Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Este proyecto de ley tiene como finalidad dar la posibilidad a los afiliados a las AFP de disponer libremente de hasta el 70% de su cuenta individual a fin de retirar parte de sus fondos “para mitigar los efectos de la crisis económica”.

Para este procedimiento se contemplan los siguientes pasos: presentar solicitud dirigida a la AFP, el trámite puede iniciarse desde los 30 días hasta un año de la entrada en vigencia de la ley y el afiliado debe consignar la modalidad de desembolso, ya sea en una sola armada o en partes. Además, otorga 15 días para que la SBS apruebe y publique el procedimiento operativo para el retiro.

Otro de los proyecto que se promueve es para retirar 3 UIT, que es equivalente a 14,850 soles.

Retiro AFP del 50% de los fondos para compra de un inmueble

El lunes 9 de enero, el legislador José Luis Elías Avalos de la bancada de Podemos Perú presentó un proyecto de ley relacionado con un nuevo retiro de la Administración de Fondos de Pensiones (AFP).

Esta propuesta busca que los afiliados al sistema privado de pensiones puedan disponer de hasta el 50% de su AFP para la compra de su primer inmueble y la amortización del crédito hipotecario.

El texto de este dictamen de proyecto ley también agrega que los pensionistas podrán disponer de hasta la mitad de sus fondos para “pagar deudas contraídas con el sistema financiero peruano”.

Retiro AFP del 50% de los fondos

El 21 de marzo, la congresista de Fuerza Popular, Patricia Juárez, presentó un proyecto de ley para que los afiliados de las AFP dispongan el 50% de sus fondos para el pago de un crédito hipotecario o de la cuota inicial de una única vivienda.

Esta iniciativa busca modificar el último párrafo del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, con lo que se amplía el retiro vigente de los fondos que solo permite disponer de hasta el 25%.

Los afiliados podrán disponer de hasta el cincuenta por ciento (50%) del fondo acumulado en su Cuenta Individual de Capitalización de aportes obligatorios para pagar la cuota inicial para la compra de una única vivienda o inmueble, o amortizar o cancelar un crédito hipotecario, que haya sido utilizado para la compra de una única vivienda o inmueble otorgado por una entidad del sistema financiero o una cooperativa de ahorro y crédito.

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