La Federación Peruana de Fútbol (FPF) realizó una serie de cambios en el reglamento de la Liga 1 2023. El punto más importante en ser modificado es referente a la transmisión de partidos. Según la nueva normativa, aquellos encuentros en los que el cuadro local impida el ingreso del equipo de transmisión de 1190 Sports, serán reprogramados y disputados nuevamente en un campo neutral y sin acceso al público.
El Artículo 158 indica que todos los equipos están en la obligación de permitir el ingreso de la empresa de televisión autorizada por la FPF para emitir los encuentros:
“Es obligación del club local permitir el ingreso de la unidad móvil y cámaras del broadcaster autorizado por la FPF para la transmisión del partido, así como brindarle la seguridad y los medios humanos, técnicos y materiales necesarios a su ingreso al estadio para que el broadcaster autorizado por la FPF pueda transmitir el partido el día y a la hora programados”, se menciona.
¿Qué sanciones corresponde si se impide el ingreso del equipo de transmisión?
El artículo contempla dos situaciones, la primera ocurre si el cuadro local impide el ingreso del equipo de transmisión antes de iniciado el encuentro. En este caso, el reglamento señala lo siguiente: “La Liga de Fútbol Profesional programará dicho partido en una nueva fecha, hora y lugar, el mismo que se jugará a puerta cerrada (sin público) bajo organización de la FPF, en terreno neutral (sede distinta al estadio principal o alterno del club local inhabilitado)”.
Por su parte, si no se permite el trabajo del equipo de transmisión una vez el partido ya ha comenzado, el procedimiento será el siguiente: “El Delegado de Partido suspenderá el partido y procederá a comunicarlo al árbitro y a los representantes de los clubes y a la Policía Nacional del Perú para el mantenimiento del orden dentro y fuera de las instalaciones del estadio. La Liga de Fútbol Profesional programará una nueva fecha, hora y lugar para jugar lo que resta de dicho partido, el mismo que se jugará en terreno neutral”.
En ambos casos, el club local deberá asumir todos los gastos de organización del encuentro, incluido los del cuadro visitante y recibirá una multa: “Los costos de organización que se origen por la organización de este partido o por la reanudación del partido, serán asumidos por el club local infractor, incluyendo los gastos de traslado y hospedaje del equipo visitante y adicionalmente, se le aplicará una multa según el artículo 171° Multas”.
Cabe señalar, que según el artículo mencionado, la multa sería de 8 UIT. Teniendo en cuenta que según el Ministerio de Economía y Finanzas, el valor de 1 UIT es 4 mil 950 soles, la multa ascendería a 39 mil 600 soles.
El reglamento también señala que si un club reincide en este actuar, los castigos podrían ser más severos: “Si un club local infractor persiste en el incumplimiento de los incisos precedentes, podrían imponerse adicionalmente otras medidas disciplinarias contenidas en los artículos 11° y 13° del Reglamento Único de Justicia”.
Las sanciones referentes al artículo 13 del Reglamento Único de Justicia pueden ser las siguientes: “Prohibición de efectuar transferencias; obligación de jugar un partido a puerta cerrada; cierre total o parcial del estadio; jugar en terreno neutral; prohibición de jugar un partido en un estadio determinado; anulación del resultado de un partido; descalificación de competiciones en curso y/o exclusión de futuras competiciones; pérdida del partido por retirada o renuncia; deducción de puntos; descenso a la categoría inmediatamente inferior; retirada de licencia, habilitación o permisos a intermediarios y/o a agentes organizadores de partidos”.
Clubes deberán brindar garantías para el ingreso del equipo de transmisión
El reglamento indica que la FPF enviará a los clubes una solicitud para que brinden las garantías necesarias para el ingreso del equipo de transmisión. El cuadro local también deberá hacerse responsable de la actitud de sus hinchas, por lo que deberá tomar medidas para que estos no impidan que el equipo de transmisión llegue al estadio:
“La Liga de Fútbol Profesional enviará un correo electrónico a la dirección consignada en la ficha de inscripción con una anticipación no menor de 72 horas a la hora programada para el inicio del partido, solicitando que el club local garantice la apertura del estadio para el ingreso de las unidades móviles de los operadores autorizados por la FPF, la instalación de las cámaras y equipamiento correspondiente para la adecuada transmisión de los partidos, impidiendo la perturbación de dicha transmisión por parte del público asistente al estadio o cualquier tercero que se encuentre dentro del mismo”.
En dicho artículo, se señala que los equipos deben responder al correo en menos de 24 horas, de lo contrario se considerará una negativa. Recordemos que este fue el actuar de Alianza Lima previo a su partido con César Vallejo en Matute por la Fecha 6. En dicha jornada, mientras FBC Melgar y Deportivo Binacional sacaron comunicados señalando que no permitirían el ingreso de 1190 Sports a sus partidos de local, los ‘íntimos’ optaron por no responder a la FPF, por lo que la incertidumbre del que se dispute su encuentro con los ‘poetas’ se mantuvo hasta la noche anterior al duelo.