Durante los últimos dos años la conformación de los gabinetes ministeriales ha sido materia de discusión entre los miembros de la clase política, sobre todo cuando un exministro censurado volvía a estar a cargo de un ministerio. Es así que integrantes de la bancada de Acción Popular presentaron una iniciativa para evitar esta situaciones. Tras la atención de la Comisión de Constitución, el texto está próximo a ser debatido y votado en el Pleno.
El texto busca realizar una modificación al primer párrafo del artículo 25 de la Ley orgánica del Poder Ejecutivo señalando que “están impedidos para ejercer función ministerial los ministros censurados dentro del periodo constitucional”. Es decir, si acaso un exministro fue censurado por el Congreso durante el desarrollo de otro gobierno, no tendrá impedimento de volver a ejercer dicho cargo dentro del gabinete ministerial.
La iniciativa señala a la presidencia del Consejo de Ministros como “un intento de descargar la responsabilidad de gobierno del presidente de la República, así como establecer un rol de coordinador, con respecto los funcionarios del más alto nivel”. Por ello, recalca en la necesidad que estos cargos recaigan sobre personas idóneas. Además hace mención a los límites sobre la facultad del presidente de designar ministro de Estado.
“Si bien la facultad de designación de ministros de Estado es una facultad exclusiva y excluyente del Presidente de la República, ello no supone que sea una facultad carente de control (...) nada embarga para que esta limitación a la facultad presidencial de nombrar ministros de Estado pueda ser optimizada, dotando de mejores funcionarios públicos”, se lee en el dictamen presentado por la Comisión de Constitución y Reglamento.
Disparidad señalada
A diferencia de otros cargos importantes dentro del estado como juez supremo, fiscal supremo, defensor del pueblo o miembro de la Junta Nacional de Justicia, el de la presidencia de la República, congresista o presidente del Consejo de Ministros carece de requisitos específicos y elevados. Solo hace falta ser peruano de nacimiento, ser mayor de una determinada edad y gozar de derecho a sufragio.
“La idoneidad bien podría ser causa que repercute en la inestabilidad política del país, pues en la medida de que las acciones de gobierno y la ineficacia de las políticas públicas evidencia la falta en la eficiencia del gobierno, hace que se genere una situación de inestabilidad permanente en el puesto de ministro, siendo que esta inestabilidad repercute directamente en el éxito de los logros de gestión y de políticas públicas”, se escribe a modo de justificación de la propuesta.
La Comisión de Constitución considera viable el impedimento de dirigir un ministerio a aquellos censurados por el Congreso porque el hacerlo “evidencia una trasgresión al principio de razonabilidad, pues en la medida que se le censura por una responsabilidad política, mal se haría premiar dicha responsabilidad con otro cargo similar, lo cual no solo genera desconcierto en la representación nacional, en la medida que hace estéril la facultad de control político”.
Entre los casos más reciente resalta el de Betssy Chávez, congresista de la República elegida por Perú Libre que llegó al gabinete como ministra de Trabajo y Producción del Empleo. Su censura no la mantuvo lejana del Ejecutivo por lo que meses antes del golpe de Estado de Pedro Castillo fue nombrada ministra de Cultura para luego ser presidenta del Consejo de Ministros. En la actualidad es investigada por el presunto delito de rebelión el pasado 7 de diciembre.