La iniciativa del mandato de la presidente Dina Boluarte ha generado diversas reacciones en el escenario público. El Proyecto de Ley N°4271, presentado en el Congreso de la República con carácter de “urgencia” plantea incrementar las penas de los delitos que se cometan durante el Estado de emergencia.
“La presente ley tiene por objeto (...) establecer medidas inmediatas, urgentes y excepcionales para reforzar la respuesta del Estado frente a los delitos que afectan la vida, el cuerpo y la salud, así como los bienes públicos y privados, cometidos durante la vigencia de la declaratoria de un Estado de emergencia”, se lee en el documento.
Al respecto, el ministro de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), José Tello, se refirió a los criterios técnicos adoptados para incrementar las penas.
“Eso está sustentado en la exposición de motivos del proyecto, sería bastante tedioso el entrar punto por punto, pero evidentemente depende mucho de la voluntad política. Esta iniciativa es producto de un Consejo de Estado, y de un entendimiento con el Poder Judicial. Nuestra finalidad es disuadir y que la gente salga a protestar, pero no salga a cometer actos de violencia. Finalmente, es el Congreso el que también debe de resolver sobre esta norma”, manifestó a El Comercio.
El ministro también sostuvo que dichas acciones ciudadanas no se “criminalizan”, sino los actos delincuenciales.
Además, rechazó que el expresidente Pedro Castillo -en prisión preventiva por cometer un golpe de Estado- resida en el penal Barbadillo, en Ate, debido a motivos ajenos a su conducta como exdignatario.
“¿Discriminamos a un profesor rural cuando lo llevan a un proceso y está en prisión por golpista y corrupto? No, no estamos discriminando, aquí no hay discriminación. Otra vez distorsiones ideológicas, porque cuando hablamos de criminalizar la protesta es una distorsión ideológica. La protesta nunca se criminaliza, es un derecho fundamental y se ejerce, lo que está criminalizado son delitos”, puntualizó.
Por ahora, el proyecto ya ingresó a la Comisión de Justicia, liderado por el congresista Américo Gonza (Perú Libre). Entre las variaciones más resaltantes se encuentra la sanción para el delito de robo agravado, pues de una pena actual de 12 a 20 años se cambia, radicalmente, a una sanción de cadena perpetua.
Las siguientes penas, previa modificación del Código Penal, serían las siguientes:
- Lesiones leves con muerte subsecuente: de una pena actual de 2 a 5 años, se pasaría a una sanción de 8 a 14 años.
- Lesiones graves con muerte subsecuente: de una pena actual de 6 a 12 años, se pasaría a una sanción de 15 a 20 años.
- Violación de domicilio: de una pena actual de 2 años, se pasaría a una sanción de 2 a 4 años.
- Hurto agravado: de una pena actual de 3 a 6 años, se pasaría a una sanción de 8 a 15 años.
- Robo agravado: de una pena actual de 12 a 20 años, se pasaría a una sanción de cadena perpetua.
- Extorsión en vías de comunicación: de una pena actual de 5 a 10 años, se pasaría a una sanción de 6 a 12 años.
- Formas agravadas de daño de bienes: de una pena actual de 1 a 6 años, pasarían a aumentar en una sanción de 4 a 8 años.
- Peligro por medio de incendio o explosión: de una pena actual de 3 a 10 años, se pasaría a una sanción de 4 a 12 años.
- Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos: de una pena actual de 6 a 15 años, se pasaría a una sanción de 10 a 20 años.
- Producción, desarrollo y comercialización ilegal de armas químicas: de una pena actual de 5 a 20 años, se pasaría a una sanción de 20 a 35 a años.
- Sustracción o arrebato de armas de fuego: de una pena actual de 10 a 20 años, se pasaría a una sanción de 12 a 22 años.
- Fabricación, comercialización, uso o porte de armas: de una pena actual de 6 a 10 años, se pasaría a una sanción de 12 a 22 años.
- Atentado contra medios de transporte colectivo o comunicación: de una pena actual de 3 a 6 años, pasarían a aumentar en una sanción 8 a 20 años.
- Entorpecimiento al funcionamiento de Servicios Públicos: de una pena actual de 6 a 8 años, pasarían a aumentar en una sanción de 8 a 10 años.
- Disturbios: de una pena actual de 6 a 8 años, pasarían a aumentar en una sanción no menor de 15 años.
- Violencia contra la autoridad agravada: de una pena actual de 4 a 8 años, se pasaría a una sanción de 12 a 15 años.