La Comisión de Trabajo del Congreso de la República aprobó el lunes por mayoría el predictamen de los proyectos de Ley 1505, 1535, 2510 y 2824, que propone prorrogar la jubilación o el cese por límite de edad del trabajador de los regímenes 276, 728 y 30057. Es decir, los empleados podrán jubilarse a los 75 años de forma voluntaria, ampliando el plazo en el que un trabajador podría laborar por 5 años más de manera excepcional.
El proyecto de ley establece que un trabajador podrá solicitar trabajar hasta los 75 años, “siempre que la necesidad del servicio lo justifique y que una evaluación médica especializada multidisciplinaria certifique que se encuentre en condiciones físicas y mentales para el desempeño de sus funciones”.
Así, el trabajador tendrá que demostrar que aún está apto para trabajar a esa edad sin poner en peligro su integridad, la de sus compañeros de trabajo u otros.
“La normativa laboral actual no brinda protección para aquellos adultos mayores de 70 años que libremente decidan continuar laborando. En efecto, tenemos que el artículo 57 del decreto legislativo 728 establece que la jubilación es obligatoria y automática a los 70 años de edad, salvo pacto en contrario”, indicó la presidenta de este grupo parlamentario, Sigrid Bazán, según recoge el diario La República.
La congresista señaló que hay aproximadamente 93.000 trabajadores que están próximos a cumplir los 70 años de edad y que podrían afrontar la posibilidad de quedarse sin empleo. Para el año 2024, los beneficiados con este proyecto de Ley serían los que al 2021 tenían 67 años de edad, es decir, 112.755 empleados adultos mayores, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) del INEI.
En la fundamentación de su propuesta, se cita un reporte periodístico de una agencia internacional que menciona que en 2020 la esperanza de vida en el país se incrementó a 76.9 años en promedio, lo que implicaría un alza de 11 años en las últimas tres décadas. Además, se cita otro informe que señalan que desde el 2018 la esperanza de vida se elevó de 83 a 87.5 años en varones y de 87 a 90.8 años en mujeres.
Empleador podría negar la solicitud
El empleador debe responder la solicitud del trabajador dentro de 30 días calendario y podría negarla si tiene un informe de su oficina de recursos humanos en que, con criterios objetivos, pueda probar que no existe la necesidad de contar con los servicios del trabajador.
“Si el empleador rechaza la solicitud sin este informe, el rechazo se presume como despido nulo”, indica el proyecto de Ley. “Mientras no exista comunicación de parte del empleado sobre la denegación de la solicitud, el vínculo laboral se mantiene en sus mismos términos”, añade.
Ministerio de Trabajo.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) está a favor de la medida. Al respecto, la Dirección de Normativa de Trabajo señaló que “un trato diferenciado fundado solo en la edad sería contrario al principio de igualdad y no discriminación, y del derecho al trabajo, por lo que resulta viable extender la edad de jubilación”.