El Poder Judicial confirmó este lunes 13 de febrero, a través de una nota de prensa, el fallo que exhorta al Ministerio de Salud (Minsa) y al Seguro Social de Salud (EsSalud) practicar la eutanasia a la activista Ana Estrada Ugarte, quien desde el 2019 lleva peleando con la justicia peruana para tener una muerte digna como respuesta a la polimiositis, una enfermedad incurable que padece desde los 12 años.
“Esta resolución se da en ejecución de la sentencia emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, que el 22 de julio del 2022 ratificó, en parte, el fallo que reconoce el derecho fundamental de Estrada Ugarte a una muerte en condiciones de dignidad”, indicaron.
La sentencia a favor de la psicóloga ordena que el Minsa y Essalud conformen de manera independientes Comisiones Médicas Interdisciplinarias, “con reserva de la identidad de los médicos y con respeto de su objeción de conciencia, si fuera el caso, en un plazo de siete días”.
Sétimo Juzgado Constitucional de Lima ordenó al Ministerio de Salud #Minsa y al Seguro Social de Salud #EsSalud el cumplimiento de sentencia a favor de Ana Estrada de poner fin a su vida a través de la eutanasia, mediante la acción de un médico. (1/2) pic.twitter.com/mNgkO5q8UG
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) February 13, 2023
“La decisión judicial dispone que en este plazo Essalud deberá conformar dos comisiones: la primera deberá elaborar un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada y un protocolo de cumplimiento de su derecho a la muerte digna, que deberá ser presentada con su informe en un plazo de 30 días ante la Comisión Médica del Minsa, la cual podrá ampliarse por 15 días más”, precisaron.
Además, se le ordena a Essalud brindar todas las condiciones administrativas, prestaciones y sanitarias para el ejercicio del derecho a la muerte en condiciones dignas de Ana Estrada a través de la eutanasia, la que deberá ejecutarse dentro de los diez días hábiles contados a partir del momento o fecha en que ella manifiesta su voluntad de poner fin a su día.
Salud deteriorada
“Conforme han ido pasando los años, de acuerdo la naturaleza de la enfermedad que ella padece, que es la polimiositis, la enfermedad -en tanto degenerativa- ha ido empeorando con los años y eso implica un mayor debilitamiento muscular, razón por la cual ella ya no puede hablar. Ella ahora se comunica principalmente a través de la redes sociales, puede escribir con un dedo”, contó la abogada Josefina Miró Quesada, quien es cercana a Estrada.
“A ella le cuesta mucho poder verbalizar y hablar. Durante estos últimos años que es un proceso que empezó en el 2019, se presentó la demanda en el 2020 y además en un contexto de pandemia. Estos años han hecho mella, por supuesto, de su salud. Ha sido un proceso con altibajos, hubo alegrías, pero también hay que recordar que hace solo unas cuantas semanas la decisión de una jueza de negarse a ejecutar el fallo la afectó mucho, pero felizmente eso pudo enmendarse”, agregó la letrada.
La eutanasia no está permitida en Perú y se castiga hasta con tres años de cárcel a quien ayude a morir a otro que lo solicite. Sin embargo, en el caso de Estrada, la Suprema dispuso una excepción para que se “inaplique” el artículo 112 del Código Penal, que prohíbe la muerte asistida.