Retiro AFP 2023: presentan nuevo proyecto de ley para disponer hasta S/19.800

Un proyecto de ley para un nuevo retiro de dinero de la AFP se alista en el Congreso de la República.

El Parlamento aprobó para este año el retiro de hasta S/ 9.900, lo que es equivalente a 2 UIT.

Este miércoles, la congresista de la bancada parlamentaria Podemos Perú Digna Calle Lobatón presentó un proyecto de ley que autoriza a los afiliados al sistema privado de pensiones a realizar un nuevo retiro de sus fondos hasta por un importe de 4 unidades impositivas tributarias (UIT) o S/ 19.800.

“La presente ley tiene por objetivo autorizar de manera extraordinaria y facultativa a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones (AFP) el retiro de fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización”, se lee en el texto de la iniciativa legislativa.

Asimismo, la propuesta de la exsegunda vicepresidenta del Congreso de la República señala que la norma no sería aplicable para quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por desempleo.

De aprobarse este dictamen el afiliado a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) procedería a solicitar el retiro facultativo de fondos hasta por un monto equivalente a 4 UIT respecto del total registrado en su Cuenta Individual de Capitalización de Aportes Obligatorios, a la fecha de presentación de su solicitud.

Proyecto de ley de nuevo retiro de fondos de AFP presentado por Digna Calle.

Segundo proyecto

En el mismo sentido, el legislador Víctor Cutipa de la bancada parlamentaria Perú Bicentenario, el último martes, presentó una iniciativa legislativa, para que se disponga el retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones de hasta 3 UIT o S/ 14.580, como medida para enfrentar la crisis económica que atraviesa el Perú.

“Se autoriza a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP) a retirar de manera facultativa, hasta tres unidades impositivas tributarias (UIT)”, se lee en el proyecto de ley del congresista Cutipa.

Proyecto de ley de nuevo de retiro de AFP presentado por el legislador Víctor Cutipa.

Además, señala que el retiro extraordinario de la AFP se realizará mediante “solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez”, dentro de los 90 días calendarios, una vez aprobada la presente ley.

Respecto al desembolso del dinero por parte de la administradora, se abonará hasta una 1 UIT o S/ 4.950 cada 30 días calendarios, después de haber enviado la solicitud para el retiro.

Preocupación de inversionistas

El ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, luego de sostener una reunión con inversionistas extranjeros en Nueva York (Estados Unidos), comentó que una de sus principales preocupaciones sobre el Perú son los retiros de los fondos de pensiones previsionales en las AFP.

“Los retiros adicionales a los fondos previsionales le quitan liquidez al mercado. Esa es una preocupación constante de los inversionistas en el mercado peruano”, aseveró el funcionario del Gobierno.

Desde el Congreso proponen nuevo retiro extraordinario de hasta 4 UIT.

Asimismo, se conoció que la ley aprobada por el Congreso de la República para que los afiliados de la ONP pasen todos sus aportes a las AFP fue observada por el Ejecutivo, ya que tendría un costo fiscal de S/ 40.856 millones.

Cabe recordar que dicha norma establecía que los afiliados a la estatal Oficina de Normalización Previsional (ONP) podrían pasar con todos sus aportes a las privadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) a través de un “bono de reconocimiento” otorgado por el Estado.

Pensiones mínimas

En enero de este año se oficializó la creación de pensiones mínimas en el Sistema Privado de Pensiones. En la Ley N° 31670 se establece que los afiliados a las AFP tienen la opción de seguir realizando sus aportes con un plan definido de una pensión a futuro.

También la normativa señala que la pensión mínima permitirá a cada afiliado fijar una meta de ahorro previsional para la administración de su cuenta individual de capitalización. Cuando se inicia la vida laboral en la formalidad, una persona puede decidir si se afilia al Sistema Privado de Pensiones (SPP) o al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

Es una modalidad no obligatoria, por lo que será voluntaria para el aportante. El valor de esta pensión mínima no tendrá que ser menor a la canasta básica de consumo establecida y publicada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).