La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó incluir los delitos de corrupción como una causal para acusar a un presidente de la República en el ejercicio de sus funciones.
De esta manera, con 16 votos a favor, 5 en contra y 6 abstenciones se dispuso reformar el artículo 117 de la Carta Magna que incluirá también otros ilícitos como terrorismo, narcotráfico, rebelión y sedición. Estos dos últimos en clara referencia al fallido autogolpe de Estado del exmandatario Pedro Castillo.
El grupo liderado por el fujimorista Hernando Guerra García estableció que el artículo 117 se leerá así: El Presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por (...) la imputación de delitos vinculados al terrorismo; al narcotráfico; a la corrupción de funcionarios: colusión, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio, cohecho activo transnacional, cohecho activo específico, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tráfico de influencias, y enriquecimiento ilícito; y a delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional: rebelión, sedición y motín”.
Sin embargo, no es el único cambio que decidieron en Constitución. Además, añadieron que la fiscal de la Nación puede investigar al presidente de la República durante su mandato. “La investigación abarca la etapa de diligencias preliminares y la formalización y continuación de la investigación preparatoria, procediéndose a la formulación de la acusación constitucional ante el Congreso de la República de ser el caso”.
Además, el grupo de trabajo modificó el artículo 113 de la Constitución, a fin de que se incluya el concepto de incapacidad mental como causal de vacancia presidencial. Para ello, el Congreso tendrá la potestad de declarar si un jefe de Estado padece este tema o no para ejercer sus funciones.
“La Presidencia de la República vaca por: (...) 2. Su permanente incapacidad mental o física, debidamente acreditada de forma unánime por la junta médica sin conflictos de interés, y declarada por el Congreso, de conformidad con el procedimiento de vacancia por esta causal establecido en el Reglamento del Congreso de la República (...). 6. Su permanente incapacidad moral declarada por el Congreso”, se establecerá.
Sin acuerdo para elecciones
Mientras la Comisión de Constitución se aboca a reforzar las causales para que el Parlamento pueda sacar a un presidente de la República, y con ello se avizore más ingobernabilidad en los próximos años, aún no hay un acuerdo sobre el adelanto de las elecciones generales para este año.
La semana pasada se rechazaron tres propuestas. La primera venía de Fuerza Popular que proponía que los comicios se realicen en diciembre de este año y, posteriormente, los congresistas y la presidente de la república, Dina Boluarte Zegarra, culminen sus respectivas labores el 29 y 30 de abril del 2024, respectivamente. Sin embargo, el Pleno lo rechazó.
Luego, la segunda fue elaborada por Perú Libre que proyectaba realizar los comicios en los próximos 120 días. Esta también buscaba incluir una consulta a la ciudadanía para convocar a una Asamblea Constituyente, esto con el fin de cambiar la Constitución. Tampoco hubo consenso y terminó archivado.
Finalmente, el Gobierno propuso elecciones generales para la segunda semana de octubre. Así, el 31 y 29 de diciembre finalizaba el mandato presidencial y congresal, respectivamente. El Parlamento Andino, mientras tanto, hubiese continuado con su gestión hasta el 31 de diciembre del 2026.
En la sesión participaron el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto, y el titular del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas.
Pese a ello, la iniciativa solo contó con once votos a favor, diez en contra y una abstención. En esta instancia se necesitaban catorce votos para su aprobación y posterior debate en el Pleno.