Proyecto de ley busca que sentenciados por terrorismo, corrupción y violación sexual no puedan ejercer cargos públicos

La iniciativa de la expresidenta del Congreso, Lady Camones, también tiene en cuenta a aquellos que ya ha cumplido su condena

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Iniciativa legislativa busca que sentenciados no puedan postular a cargos de elección popular.
Iniciativa legislativa busca que sentenciados no puedan postular a cargos de elección popular.

La crisis de legitimidad de la clase política peruana ha llevado a que algunos congresista presenten propuestas a fin de limitar la elección y designación de personas cuestionadas. Tal es el caso de Lady Camones de Alianza para el Progreso quien busca realizar una reforma en la Constitución Política del Perú a fin de promover la idoneidad de aquellos que postulan a cargos públicos y de elección popular.

El proyecto de ley 4121 busca modificar el artículo 139 de la Carta magna en su inciso 22. De esta manera se pretende señalar que “los sentenciados por terrorismo, peculado y corrupción de funcionarios, narcotráfico y violación sexual, aún cuando hubieran sido rehabilitados, no podrán acceder a cargos públicos o de elección popular”. La iniciativa, según la exposición de motivos, nace a partir de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional.

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El texto recuerdo que máximo órgano de interpretación de la Carta Magna señaló que “la prohibición de participar en la vida política a una persona que ha sido rehabilitada, implica una vulneración al principio de presunción de inocencia y contraviene el derecho a la reincorporación del penado a la sociedad”. Es por ello que se ha optado por cambiar lo señalado en la propia Constitución.

Lady Camones es la autora del proyecto de ley que limita la participación de sentenciados por corrupción.
Lady Camones es la autora del proyecto de ley que limita la participación de sentenciados por corrupción.

Asimismo, Camones recordó que en las elecciones generales del 2021, las autoridades dieron cuenta de la postulación de 125 candidatos con sentencias civiles y 73 de tipo penal. En el primero grupo, 61% estaban vinculadas a demandas por alimentos. Entre las 52 candidaturas a la fórmula presidencial, cinco contaban con procesos abiertos. El escenario es similar en aquellos que buscaron un espacio en el Parlamento Andino.

Con relación a las Elecciones Regionales y Municipales del 2022, la congresista recuerda que del total de alcaldías provinciales y distritales, 18,4% y 9,8% de las autoridades elegidas cuentan con sentencias civiles mientras que 10,7% y 5,2% con penales. “Territorialmente, en 23 de los 25 departamentos hay al menos una autoridad electa con sentencia civiles; encabeza Áncash (23) y Lima (22). Y con sentencias penales Áncash (17) y Cajamarca (12)”, indica su proyecto.

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A partir de una publicación de este medio, la autora de la iniciativa mencionó que en dichos comicios postular 200 candidatos con sentencias por violación familiar y otros 1.400 con demandas por alimentos. “Del subtotal de 217 candidatos, 46 no dieron detalles de la sentencia a la que fueron condenados y solo declararon como fundada la demanda interpuesta contra ellos y otro pequeño grupo señaló que actualmente se hallan en un proceso de investigación”, añadió.

Del total de alcaldías provinciales y distritales, 18,4% y 9,8% de las autoridades elegidas cuentan con sentencias civiles
Del total de alcaldías provinciales y distritales, 18,4% y 9,8% de las autoridades elegidas cuentan con sentencias civiles

Costo beneficio

El impacto social que el proyecto provocaría sería que los electores podrían elegir entre candidatos sin sentencias mientras que desde el político “las organizaciones políticas postularían a candidatos idóneos para ocupar cargos por elección popular y/o confianza”. Desde el punto de vista económico sería de ayuda en la lucha frontal contra la corrupción que tiene un fuerte impacto en la economía del país.

Camones asegura que la iniciativa guarda relación con lo determinado por el Acuerdo Nacional en torno al fortalecimiento del régimen democrático y del Estado de derecho. Cabe recordar que el inciso d señala que el Estado “establecerá normas que sancionen a quienes violen o colaboren en la violación de la constitucionalidad, los derechos fundamentales y la legalidad”.

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