El 18 Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) a cambiar el orden de los apellidos de un menor de 17 años. Esto sucederá por primera vez el país y quedará como precedente.
En este sentido, la progenitora María Isabel Shimatu Heredia solicitaba que su apellido sea inscrito como el primero y luego el del padre de su hijo. Ante ello, el Poder Judicial respaldó el pedido de la madre, por lo que el organismo autónomo deberá emitir una nueva acta de nacimiento y DNI del menor.
Shimatu Heredia argumentó su posición, debido a que ella fue la encargada de velar por la integridad física y emocional del menor. Asimismo, se responsabilizó de la alimentación, vestimenta, recreación, entre otras necesidades requeridas, sin la presencia de su padre. Además, realizó los esfuerzos para que su hijo tenga una educación.
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El respaldo del Poder Judicial
La magistrada Maria Cecilia Guevara recogió el testimonio del menor de 17 años, a quien le consultó sobre con qué apellido se identifica. Por ello, la jueza decidió respaldar a la madre y declarar fundado su demanda.
“(…) más allá de la procedencia oriental, sino porque esto le refleja a su madre, al gran trabajo que ha hecho por él, esto es como un homenaje de respeto hacia ella; apreciándose entonces que este ejerce su derecho constitucional a la identidad”, se lee una parte en el décimo octavo del documento.
Además, fue consultado de cómo le beneficia el cambio de orden de los apellidos. En este sentido, mencionó que le aporta a su identidad. Él preferiría que se le distinga con el de su madre por todo lo que ha hecho por sacarlo adelante.
“(…) preferiría mil veces que en redes sociales o en la universidad, por ejemplo, que los profesores (en) un trato más formal a veces me llaman Tello y como me distorsiona un poco no, porque no es un trato al que estoy acostumbrado, me parece como sabe me incomoda un poco eso quizás por el lado que cambiaría, me ayudaría quizás”, relató.
Todas las declaraciones fueron tomadas por la magistrada Guevara, quien también alegó a la autonomía progresiva. Esta considera que el niño puede “formarse un juicio propio” para expresar su opinión, pero se debe tener en cuenta su “edad y madurez”.
Padres deciden el orden de apellidos
El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada el artículo que 20 del Código Civil que indica que el apellido del padre debe ir primero. Sin embargo, con esta medida, los peruanos pueden decidir cuál será el orden al momento de su inscripción de su menor ante el Reniec.
Para el TC, esto vulneraba “el principio-derecho de igualdad” entre hombres y mujeres. En este sentido, el Perú se une a los países de España, Portugal y Colombia, con estas mismas decisiones.
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