Ley de perros peligrosos: por qué es insuficiente y cuál puede ser una alternativa

A comienzos de mayo quedó reglamentada una ordenanza en Córdoba. Por qué es importante ampliar el espectro a los mestizos y a cualquier animal que supere determinado kilaje. La importancia de someterlos a un examen tanto al tutor como al animal

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El doctor Romero habla de la ley de perros peligrosos reglamentada en Córdoba, plantea su ineficiencia y ofrece una alternativa.

Con el objetivo de prevenir los ataques de animales a humanos, la Municipalidad de Córdoba inició a comienzos de Mayo el proceso de reglamentación de la ordenanza 13.321, la normativa sancionada en diciembre pasado por parte del Concejo Deliberante de la capital provincial que crea el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos (RMPPP).

Una vez más hay una Ley de perros potencialmente peligrosos. Esta vez, motivada por un incidente donde una nena perdió un brazo luego de ser atacada por cuatro perros, ninguno de las razas que se citan.

Un Golden Retriever, un ovejero belga y dos mestizos que no eran los perros de ella, sino del núcleo familiar que estaba visitando, que la atacaron y generaron esta consecuencia terrible, desagradable, evitable absolutamente.

Más allá de la ley conviene que los perros potencialmente agresivos sean paseados en la vía pública con correas resistentes y bozales. Para saber esto es importante hacer un examen
Más allá de la ley conviene que los perros potencialmente agresivos sean paseados en la vía pública con correas resistentes y bozales. Para saber esto es importante hacer un examen

Pero esta ley de perros potencialmente peligrosos que se instrumenta en Córdoba, ¿es correcta? En principio, cita razas y deja por fuera los mestizos y por fuera a ciertas razas que, por ejemplo, estuvieron involucradas en este incidente.

Y no marca que un perro potencialmente peligroso, es un perro que excede determinado peso y que tiene cierta contextura robusta, pero además tiene lo que se llama una mordida potente.

Todo esto está fenómeno, pero no está especificado en esa ley. Y lo que no está especificado tampoco, es la condición del vínculo entre el tutor y el perro, donde el tutor y el perro deberían ser sometidos a un curso.

Romero dice que hay que someter a un examen, tanto al tutor, al guía llamémoslo, como al perro, para que sean perros socialmente aptos
Romero dice que hay que someter a un examen, tanto al tutor, al guía llamémoslo, como al perro, para que sean perros socialmente aptos

Obviamente, lo hace el tutor de manera teórica y de manera práctica, lo hacen los dos en conjunto. Y rendir un examen, alguien me mira raro y me dice, “¿un examen?”. Sí, en muchos países del mundo se llama “Good Citizen Dog”, “Buen Ciudadano Canino”.

El tutor rinde un examen con el perro, para ver si maneja a su propio perro, si responde a una orden, si responde con correa y sin correa y, además, si le responde al tutor al vincularse con extraños.

Que lo puedan tocar o que no lo puedan tocar, o un lugar donde hay mucha gente, esto no está contemplado. Lo único que dice es que debe salir con collar, correa, collar de dos metros con el bozal, que hay que tener al perro encerrado en la casa, más o menos, a dos metros cuarenta.

Cosa imposible y carísima de certificar. Sería mucho más fácil tener, obviamente, el animal identificado, ampliar el espectro a mestizo y cualquier animal que supere determinado kilaje y que tenga potencia de mordida y contextura robusta. Pero, además, someterlos a un examen, tanto al tutor, al guía llamémoslo, como al perro, para que sean perros socialmente aptos.

*El Prof. Dr. Juan Enrique Romero @drromerook es médico veterinario. Especialista en Educación Universitaria. Magister en Psicoinmunoneuroendocrinología. Ex Director del Hospital Escuela de Animales Pequeños (UNLPam). Docente Universitario en varias universidades argentinas. Disertante internacional.

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