El 27 de junio de 2015, en el municipio de San Cristóbal Suchixtlahuaca, ubicado en el estado de Oaxaca, México, la Asamblea General de la Comunidad Indígena ordenó el arresto de 104 chivos por pastar en una zona reforestada por una comunidad de la etnia mixteca, según los registros del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).
Aunque la decisión generó controversia e indignación por el ganado que fue criminalizado, en años más recientes han ocurrido casos similares en Oaxaca. Según el libro Jurisdicción Indígena, entre Ia Asamblea y Ia Corte: caso de San Cristóbal Suchixtlahuaca, Oaxaca, publicado en 2021 por el INPI, cada comunidad tiene el derecho de arrestar a los animales que dañen el medio ambiente.
Incluso un municipio puede prohibir que las mascotas deambulen sin supervisión en vía pública o zonas protegidas. Si estas normas son quebrantadas, la detención de animales está permitida. Además, estas medidas se han ejecutado como una garantía de que los dueños se identificarán y enfrentarán las infracciones que sean impuestas por las autoridades, de acuerdo con la publicación del INPI.
Casos de animales arrestados en Oaxaca
El concepto del arresto de animales ha provocado confusión en México, y han terminado en señalamientos de maltrato animal por parte de los usuarios de redes sociales. Sin embargo, algunas comunidades en Oaxaca han tenido diversas experiencias recientes en el tema.
El concepto del arresto de animales ha provocado confusión en México, y han terminado en señalamientos de maltrato animal por parte de los usuarios de redes sociales. Sin embargo, algunas comunidades en Oaxaca han tenido diversas experiencias recientes en el tema.
En el municipio San Juan Lajarcia, la policía arrestó a un perro que caminaba sin la supervisión de sus dueños, el pasado ocho de febrero de este año. Según la jurisdicción municipal de la región, está prohibido que estas mascotas deambulen sin acompañamiento de una persona en la vía pública.
Otro caso similar ocurrió el 11 de mayo de 2022, en Santa Catarina Yosonotú. En esta ocasión, dos ovejas fueron encarceladas por comer pasto del albergue Ignacio Zaragoza. Estas aprehensiones son una medida preventiva para evitar que los animales afecten el medio ambiente. Con esta práctica también se busca que los dueños paguen multas por los daños materiales, de acuerdo al libro del INPI.
La jurisdicción Indígena también establece que cualquier animal debe ser alimentado mientras esté tras las rejas. Además, aclara que un encarcelamiento de este tipo debe ser de 48 horas, pues ese es el periodo en el que aparece el dueño. Las sanciones pueden ameritar una sanción económica, o una jornada de trabajo comunitario.
Normas detrás del arresto de animales
La aprehensión de animales busca reducir daños materiales al medio ambiente y a los espacios públicos, pero solo en algunos municipios. La expresidenta municipal de San Cristóbal Suchixtlahuaca, Rosa López, explica en el libro del INPI que los pueblos con autonomía indígena también se unen a las regiones que permiten esta práctica. Ellos son responsables de fijar el precio de las multas y el actuar de la policía. Las sanciones, estimó, podrían llegar a 500 pesos por árbol dañado, como pasó en el municipio que representaba.
Lo anterior significa que las reglas de cada comunidad deben contar con la autorización de la Sala de Justicia Indígena (SJI). Con este órgano, las medidas policiales sobre el arresto de animales son legalizadas y puestas en acción, si hay un caso en el que el medio ambiente esté en riesgo.
El libro sobre la jurisdicción indígena también indica que el Comisariado de Bienes Comunales y el Consejo de Vigilancia tienen el deber de proteger las zonas comunes en beneficio de la población. Ambas instancias se encargan de evaluar los daños que un animal pueda generar en estas áreas. Si lo consideran necesario, pueden acudir a la policía para cumplir su objetivo.
¿Por qué el caso de 104 borregos fue histórico?
El problema de los animales arrestados llamó la atención de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México, por el incidente con 104 borregos que inició durante junio de 2015 en el municipio de San Cristóbal Suchixtlahuaca. Este suceso fue histórico porque la SCJN abordó asuntos de justicia indígena por primera vez en el país.
El libro Jurisdicción Indígena, entre Ia Asamblea y Ia Corte: caso de San Cristóbal Suchixtlahuaca, Oaxaca registra que el ganado devoró árboles y pasto del paraje conocido como “Palo Solo”. La preocupación aumentó porque la zona dañada había sido rescatada con recursos federales de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR).
Los animales eran propiedad de dos integrantes del mismo pueblo mixteca, Guillermo Rivera y Adriana Gaytán López. Tras la aprehensión, se intentó negociar ante la SJI el pago de una multa, pero los dueños rechazaron cualquier sanción. El 1 de julio de 2015, llevaron su caso ante la Agencia del Ministerio Público de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, porque denunciaron a la presidencia municipal y al síndico por un supuesto abuso de autoridad.
El juicio duró cuatro años más hasta el 21 de noviembre de 2019, fecha que podría considerarse como día del reconocimiento de la jurisdicción indígena por parte del estado mexicano. La SCJN determinó que corresponde a la jurisdicción especial del municipio la resolución del conflicto, al derivar de un hecho acontecido entre personas de una misma comunidad mixteca.
Respecto a la sentencia, el Ministerio Público de Asunción Nochixtlán exhortó a la Asamblea General de la Comunidad Indígena a buscar alternativas para la reparación de los daños materiales ocasionados por los 104 chivos. La multa que dictó la comunidad fue de 249 mil 920 pesos mexicanos, debido al uso de suelo y la destrucción de 84 árboles, según el amparo directo 6/2018 registrado por la SCJN.
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