
1. Palabras preliminares y lugar de enunciación
Quien suscribe es abogado, docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y tiene más de 15 años de desempeño en el seno de la Justicia Nacional; es Magíster en Políticas Públicas con diploma de honor y miembro de la Comisión Directiva Nacional del Sindicato de Judiciales (UEJN) desde 2018 a la fecha.
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Hago esta aclaración porque a los sindicalistas se nos intenta bajar el precio cuando analizamos los diseños institucionales.
Sin embargo, podemos afirmar sin temor a equivocarnos que somos quienes mejor conocemos nuestro lugar de trabajo, las entrañas de los tribunales y el funcionamiento real de la justicia por dentro. La motivación del presente análisis nace de la vivencia cotidiana y del pulso diario de un sistema en franca degradación.
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Aunque el foco de este trabajo se circunscribe a los últimos procesos de selección de jueces en el Fuero Nacional en lo Comercial, la problemática dista de ser un fenómeno aislado. Por el contrario, lo que ocurre en este fuero funciona como una muestra a escala reducida de una crisis estructural que atraviesa a toda la Justicia Nacional y Federal del país y, más aún, pone en jaque a nuestro propio sistema representativo de gobierno en la forma en que se elige a quienes deben impartir justicia.
2. Una aclaración ética fundamental y el rigor de los datos
Resulta indispensable precisar que la crítica formulada a lo largo de este escrito está dirigida estrictamente a la lógica del sistema institucional y a la discrecionalidad de los órganos de selección (Consejo de la Magistratura y Poder Ejecutivo Nacional). De ningún modo se busca cuestionar la idoneidad personal, técnica o moral de las y los profesionales que integran las ternas o que han sido designados como jueces y juezas, muchos de los cuales son colegas valorados e incluso amigos/as de años en el fuero.
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Lamentablemente, el temor reverencial a denunciar las falencias del sistema genera una parálisis colectiva: frente a la distorsión de las reglas de juego, muchos callan, otros otorgan por conveniencia y otros simplemente esperan a que la suerte algún día los favorezca. Sin embargo, la pasividad generalizada solo acelera la pérdida de legitimidad del Poder Judicial.
Por esta razón, para llegar a las conclusiones aquí expuestas no se ha partido de preferencias, valoraciones subjetivas ni simpatías, sino del análisis riguroso de los números y de los datos concretos. En el desarrollo analítico se utilizarán exclusivamente números de orden de mérito y puntajes objetivos, omitiendo apellidos, para remarcar con absoluta transparencia que el problema no son las personas, sino las reglas del juego.
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Finalmente, este análisis se complementa de forma contundente con los hallazgos expuestos por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) en su informe Designaciones judiciales bajo la lupa: nuevas alertas sobre idoneidad e independencia.
En este informe se hace un relevamiento sobre los pliegos enviados por el Poder Ejecutivo al Senado poniendo de manifiesto que el problema de la selección no es una excepción, sino una regla generalizada en todo el sistema federal:
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- Desplazamiento masivo del mérito: Se registran candidaturas con diferencias superiores a 10 posiciones (llegando a extremos de hasta 84 lugares de diferencia) entre el orden de mérito inicial -basado en el examen técnico y los antecedentes- y el orden final aprobado tras las entrevistas. En numerosos casos, las personas propuestas jamás habrían podido ser elegidas según su posición en el mérito técnico original.
- Uso político de las vacancias: Con la remisión masiva de más de un centenar de pliegos que cubren casi el 40% de las vacancias en la justicia, se advierte un riesgo cierto de utilización de los cargos como herramientas de negociación política que debilitan la independencia del Poder Judicial.
- Anomalías reglamentarias y vulneración de ternas: El informe detalla nombramientos contrarios a derecho mediante la utilización irregular de listas complementarias y la violación al carácter vinculante de las ternas.
Finalmente, el informe advierte una marcada desigualdad de género donde el 67% de los postulantes propuestos son hombres frente a un 33% de mujeres y expone la presencia de vínculos familiares y políticos en varios candidatos, situación que no abordare en este caso.
3. El debate de la actualidad: la postura de la CSJN y la inacción del Consejo de la Magistratura de la Nación
La gravedad del problema ha alcanzado un punto de inflexión que hoy encabeza el debate público e institucional. Desde la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, ministros como el Dr. Carlos Rosenkrantz y el Dr. Ricardo Lorenzetti han advertido sobre la urgencia de corregir los mecanismos de selección de magistrados y han trabajado propuestas de cambios (véase Ac. 4/2026 de fecha 27.3.2026) pero la parálisis -entre ellas la regulatoria- del Consejo de la Magistratura ha impedido ha impedido cualquier avance concreto hacia la transparencia.
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Los ministros del Máximo Tribunal han coincidido en la necesidad imperiosa de recortar la discrecionalidad política en las etapas finales del concurso, revalorizar el examen técnico de oposición, agilizar la cobertura de vacantes y evitar que las pautas normativas internas del Consejo de la Magistratura se utilicen para alterar sustancialmente las listas de idoneidad técnica.
Y si bien no desconozco que detrás de esta propuesta se percibe una discusión interna de poder entre los propios ministros, lo cierto es que a la fecha en el Consejo de la Magistratura se acumulan al menos 17 proyectos de modificación, pero ninguno avanza.
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Sin embargo, la parálisis no es solo normativa sino metodológica: no se han impulsado genuinas mesas de trabajo abiertas entre todos los actores involucrados -jueces, funcionarios, legisladores, académicos, abogados y el sindicato- para debatir y consensuar de verdad una salida superadora. Han utilizado esta parálisis para consolidar la discrecionalidad, llegando al extremo de sincerar la desvirtuación del sistema, como lo expresó el propio consejero Cesar Grau en la sesión del 22/10/2026 al sugerir que deberían cambiarle el nombre al “orden de mérito” para llamarlo simplemente “orden” o el “orden del consenso” (sic)
“Saquemos la palabra mérito, que quede directamente orden, orden de consenso si le quieren decir, o orden solo sin ninguna calificación, porque no se ha respetado el mérito en ningún concurso...”
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O las declaraciones de la propia consejera Jimena de la Torre al intervenir sobre este tema (la crítica al armado de las ternas en los concursos anticipados y cómo esto distorsiona el orden de mérito) principalmente a partir del cuando pide la palabra para explicar los motivos de su abstención.
En ese tramo señala que al armar las ternas por bloques de tres se pone a competir a los mejores entre sí dejando a los segundos mejores afuera, mientras postulantes con puestos más relegados compiten en otras ternas, lo que en los hechos termina “cambiando el orden de mérito absolutamente” y desvirtuando una herramienta que nació virtuosa.
Esas confesiones evidencian la sustitución del mérito técnico por la negociación política que luego veremos en los datos.
4. Los factores que agudizan la crisis: vacancias masivas y entrevistas desvirtuadas
El deterioro del procedimiento de selección responde a causas objetivas que se han agravado a lo largo de sucesivas gestiones de gobierno:
- La acumulación histórica de vacancias: La ineficiencia sistemática para nombrar jueces en tiempo y forma ha llevado a situaciones extremas como por ejemplo en el fuero comercial — el caso paradigmático del Juzgado N° 23, que permaneció vacante durante 15 años—. Esta mora estructural arrastra a una consecuencia nociva: la proliferación de concursos múltiples.
- Los concursos “en bolsa”: Al rendirse un único examen parcial para cubrir múltiples juzgados simultáneamente, el orden de mérito original se disuelve en una gran masa de ternas fragmentadas. Esto desvirtúa la excelencia, ya que no se elige necesariamente a los mejores examinados para cada vacante, sino que se reparte la nómina según criterios de oportunidad.
- La subjetividad absoluta de las entrevistas: La prueba de oposición (que mide el conocimiento jurídico del postulante) y la evaluación de antecedentes (maestrías, doctorados y trayectoria) han pasado a ser meros trámites formales. La instancia de la entrevista personal ante la Comisión de Selección se ha convertido en una hendidura tan discrecional que permite —haciendo eco del precepto evangélico— que los últimos sean los primeros. Desde la UEJN exigimos un freno a la arbitrariedad: las entrevistas no pueden seguir sin límite. Proponemos que como máximo valgan 20 puntos para revalorizar el verdadero mérito técnico y académico.
- La discrecionalidad final del Poder Ejecutivo Nacional: Como estocada definitiva al sistema de mérito, el PEN no respeta las ternas enviadas por el Consejo de la Magistratura. Valiéndose de artilugios reglamentarios, el Poder Ejecutivo se reserva la potestad de elegir a cualquiera de los postulantes de cualquiera de las ternas, vaciando de contenido todo el filtro técnico previo y subordinando la designación a la negociación política.
5. La prueba empírica del vaciamiento del mérito: Radiografía de los Concursos N° 508 y N° 463
Para corroborar que el desvío no es una apreciación subjetiva sino un patrón sistemático, basta con contrastar el orden de mérito general —que surge de las evaluaciones técnicas y de antecedentes— con la conformación final de las ternas aprobadas.
A. Concurso N° 508 (Juzgados N° 9, 15, 29 y 31 del Fuero Comercial)
Si analizamos el orden de mérito general (del 1.° al 37.°) y lo comparamos con cómo se distribuyeron las ternas finales, la ruptura del principio meritocrático salta a la vista:
Orden de mérito general
Puesto 1: 176,35 pts (82+94,35)
Puesto 2: 162,90 pts (76+86,90)
Puesto 3: 162,30 pts (84+78,30)
Puesto 4: 157,00 pts (70+87)
Puesto 5: 153,50 pts (78+75,50)
Puesto 6: 152,00 pts (77+75)
Puesto 7: 149,00 pts (64+85)
Puesto 8: 148,40 pts (64+84,40)
Puesto 9: 146,25 pts (60+86,25)
Puesto 10: 144,25 pts (60+84,25)
Puesto 11: 142,50 pts (61+81,50)
Puesto 12: 142,15 pts (60+82,15)
Puesto 13: 142,00 pts (63+79)
Puesto 14: 140,50 pts (61+79,50)
Puesto 15: 139,80 pts (71+68,80)
Puesto 16: 137,90 pts (63+74,90)
Puesto 17: 137,40 pts (54+83,40)
Puesto 18: 137,30 pts (68+69,30)
Puesto 19: 136,50 pts (52+84,50)
Puesto 20: 135,95 pts (51+84,95)
Puesto 21: 133,90 pts (58+75,90)
Puesto 22: 133,40 pts (52+81,40)
Puesto 23: 133,25 pts (50+83,25)
Puesto 24: 132,47 pts (52+80,47)
Puesto 25: 132,10 pts (50+82,10)
Puesto 26: 131,30 pts (78+53,30)
Puesto 27: 131,00 pts (54+77)
Puesto 28: 130,40 pts (52+78,40)
Puesto 29: 128,00 pts (55+73)
Puesto 30: 126,40 pts (57+69,40)
Puesto 31: 113,95 pts (56+57,95)
Puesto 32: 112,00 pts (50+62)
Puesto 33: 107,90 pts (56+51,90)
Puesto 34: 105,20 pts (53+52,20)
Puesto 35: 100,95 pts (60+40,95)
Puesto 36: 100,70 pts (50+50,70)
Puesto 37: 100,10 pts (50+50,10)

Cómo terminaron conformadas las ternas finales:
1.ª Terna: Integrada por el Puesto 1 (176,35 pts), el Puesto 5 (153,50 pts) y el Puesto 3 (162,30 pts).
2.ª Terna: Integrada por el Puesto 7 (149,00 pts), el Puesto 22 (133,40 pts) y el Puesto 24 (132,47 pts).
3.ª Terna: Integrada por el Puesto 14 (140,50 pts), el Puesto 13 (142,00 pts) y el Puesto 19 (136,50 pts).
4.ª Terna: Integrada por el Puesto 25 (132,10 pts), el Puesto 23 (133,25 pts) y el Puesto 37 (100,10 pts).
El resultado es evidente: se marginó de las ternas a postulantes con excelentes desempeños ubicados en los puestos 2, 4, 6, 8, 9, 10, 11 y 12, mientras se eligió a postulantes del fondo de la tabla como los puestos 13, 14, 19, 22, 23 24, 25 y 37.
- Cómo terminaron conformadas las ternas finales:
- 1.ª Terna: Integrada por el Puesto 1 (176,35 pts), el Puesto 5 (153,50 pts) y el Puesto 3 (162,30 pts).
- 2.ª Terna: Integrada por el Puesto 7 (149,00 pts), el Puesto 22 (133,40 pts) y el Puesto 24 (132,47 pts).
- 3.ª Terna: Integrada por el Puesto 14 (140,50 pts), el Puesto 13 (142,00 pts) y el Puesto 19 (136,50 pts).
- 4.ª Terna: Integrada por el Puesto 25 (132,10 pts), el Puesto 23 (133,25 pts) y el Puesto 37 (100,10 pts).
El resultado es evidente: se marginó de las ternas a postulantes con excelentes desempeños ubicados en los puestos 2, 4, 6, 8, 9, 10, 11 y 12, mientras se eligió a postulantes del fondo de la tabla como los puestos 13, 14, 19, 22, 23 24, 25 y 37.
B. El espejo del Concurso N° 463
Para demostrar que no se trata de una anomalía del 508 sino de una constante estructural, el Concurso N° 463 exhibe la misma lógica de distorsión con desgloses elocuentes han quedado ternados postulantes con exámenes menores a 6 y elegidos magistrados con nota de 55 puntos.
Por ello, es imperativo plantear un debate serio y promover un cambio normativo y cultural antes de que el sistema de selección colapse definitivamente, arrastrando con él la independencia y el prestigio de la función judicial.

Conclusión: un llamado urgente antes del colapso institucional
Los números no mienten.
La radiografía implacable de los concursos analizados demuestra que los mecanismos actuales de selección de magistrados se han convertido en una simulación de meritocracia.
Cuando un concurso técnico de oposición y antecedentes queda subordinado a la arbitrariedad de las entrevistas y a los acuerdos de trastienda, el resultado final deja de ser la consagración de los mejores para transformarse en el reparto de cuotas de poder.
El hecho de que lleguen a integrar ternas y a jurar como jueces y juezas postulantes con notas de aplazo o con caídas estrepitosas respecto de su mérito técnico original no constituye un desvío personal ni busca desmerecer a los elegidos; es el sistema funcionando exactamente como está diseñado.
Es un engranaje que obliga perversamente a los postulantes a tener que “rosquear” sus aspiraciones primero en las complejas instancias previas del Consejo de la Magistratura de la Nación y luego ante el Poder Ejecutivo Nacional y sus distintas internas. Todo está preparado para que los estudios jurídicos lobistas, empresarios, listas de todos colores y arribistas del poder condicionen a los postulantes, mientras aquellos profesionales que dejaron su vida en una formación académica rigurosa y demostraron su esfuerzo cotidiano en los juzgados o en sus estudios quedan totalmente de lado.
Bajo estas reglas, el sistema empuja a que cada aspirante deba salir desesperadamente a buscar un “padrino político”.
Y ese favor, desde ya, nunca es gratis: quien ingresa condicionado tiene luego el ineludible deber de devolverlo en los estrados. Una justicia transparente hacia el futuro exige, imperiosamente, romper con esta lógica de favores.
No soy ingenuo; sé muy bien que en la justicia hubo, hay y probablemente habrá siempre alguna incidencia de la política.
Pero ello no nos exime de responsabilidad: tenemos el deber ético, gremial y republicano de generar mecanismos más sanos y transparentes.
Los 17 proyectos cajoneados en el Consejo de la Magistratura es un llamado no solo a la dirigencia política, sino también a la dirigencia de los jueces, abogados y académicos a adoptar un sistema meritocrático.
Como trabajadores judiciales, como académicos, como jueces y como ciudadanos comprometidos con el Estado de derecho, no podemos resignarnos al silencio ni a la complicidad de especular con la suerte.
El colapso del sistema de selección de jueces no es una crisis aislada del fuero ni un problema técnico menor; es una herida directa a nuestro sistema representativo y republicano de gobierno.
En lugar de seguir reproduciendo esquemas vetustos de rosca, deberíamos estar debatiendo qué perfil de jueces necesita el futuro de nuestro país: magistrados/as con verdadera capacidad para el liderazgo y la gestión de equipos de trabajo, con habilidades e inteligencia emocional (habilidades blandas), neurociencia, formados en el análisis y uso de datos, e integrados al manejo fluido de herramientas digitales, inteligencia artificial y nuevas tecnologías aplicadas a la eficiencia judicial.
Exigir un cambio profundo, transparentar los concursos, revalorizar el examen técnico, proyectar una magistratura moderna y ponerle fin al arbitrio político no es una opción corporativa: es una exigencia ineludible en defensa de los altos intereses de la Patria y de la legitimidad de la justicia que la Constitución nos demanda.
Juan Cruz Alvarez es abogado, docente por concurso publico en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y tiene más de 15 años de desempeño en el seno de la Justicia Nacional; es Magíster en Políticas Públicas con diploma de honor y miembro de la Comisión Directiva Nacional del Sindicato de Judiciales (UEJN) desde 2018 a la fecha
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