Leasing y alquiler de autos: quién paga las multas y qué deben tener en cuenta conductores particulares y empresas

Ambas modalidades atraviesan un crecimiento nacional. Cómo discutir las infracciones de tránsito. Secretos del mecanismo de cobro

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Cada vez más particulares y
Cada vez más particulares y empresas optan al leasing y alquiler de vehículos para acceder a unidades sin realizar una compra directa (Shutterstock)

El uso de vehículos bajo modalidades de leasing y alquiler crece año tras año en Argentina. Cada vez más particulares y empresas optan por estos sistemas para acceder a unidades sin realizar una compra directa. Sin embargo, junto con este crecimiento aparece un problema recurrente: la gestión y el pago de las infracciones de tránsito.

Durante 2025, el leasing registró un crecimiento interanual del 56%, alcanzando 6.390 contratos firmados y su nivel más alto desde 2019. El saldo del financiamiento superó el billón de pesos, con un plazo promedio de 40 meses. El 75% de las operaciones se concentró en bienes vinculados al transporte y la logística, lo que demuestra el fuerte impacto del sistema en el sector empresarial. En este escenario, las multas se convierten en un punto sensible.

El leasing registró un crecimiento
El leasing registró un crecimiento interanual del 56%, alcanzando 6.390 contratos firmados y su nivel más alto desde 2019 (Adobe Stock)

¿Qué diferencia hay entre leasing y alquiler?

El leasing es un sistema de financiamiento a mediano o largo plazo. Una entidad financiera adquiere el vehículo y el cliente paga un canon mensual por su uso durante un plazo determinado. Finalizado ese período, puede ejercer una opción de compra.

En el alquiler, el uso es temporario: días, semanas o meses. El vehículo siempre pertenece a la empresa locadora y el usuario paga por el tiempo de utilización.

¿Quién responde por la multa?

La regla general es clara: el conductor es responsable de la infracción. Si excede la velocidad, estaciona en infracción o utiliza el celular al volante, deberá asumir la sanción, del mismo modo que si el vehículo fuera propio.

No obstante, si la infracción deriva de un incumplimiento atribuible a la empresa (por ejemplo, circular sin la VTV/ITV vigente o sin documentación obligatoria), la responsabilidad recae en el titular del vehículo.

El problema no suele estar en la responsabilidad legal, sino en el mecanismo de cobro

En la mayoría de los contratos de alquiler y leasing se incluye una cláusula por la cual el cliente se compromete a abonar las infracciones cometidas durante el período de uso, incluso aquellas notificadas con posterioridad a la devolución del vehículo.

Además, es habitual que se autorice a la empresa a debitar automáticamente el monto de la multa, utilizar la tarjeta de crédito dejada en garantía, y aplicar cargos administrativos por gestión.

el cliente se compromete a
el cliente se compromete a abonar las infracciones cometidas durante el período de uso

En el caso de usuarios individuales, los contratos suelen ser de adhesión. Esto significa que las cláusulas no pueden negociarse y vienen predispuestas por la empresa. Ante una multa informada por la autoridad, el importe puede ser debitado automáticamente.

Cuando se trata de compañías con múltiples vehículos, la situación cambia en magnitud. Muchas empresas reciben, a fin de mes, el débito del 100% de las infracciones informadas, lo que puede generar un gasto considerable sin que se otorgue un plazo razonable para analizar o impugnar las actas.

¿Se pueden discutir las multas?

Sí. En numerosos casos las actas pueden contener errores formales o materiales. Por eso, si el monto se debita automáticamente sin posibilidad de revisión previa, se pierde la oportunidad de ejercer el derecho de defensa y eventualmente evitar un pago innecesario.

En el caso de los conductores particulares, como suele tratase de cláusulas de adhesión, recomendamos solicitar la fotomulta a la empresa de alquiler, a fin de verificar que la misma no tenga defectos. En caso de tenerlos, hacérselo saber a la empresa para evitar el débito de la infracción.

En el caso de las empresas, la clave es negociar las cláusulas antes de firmar. De ahí que, desde nuestra área de Defensa de Multas de Tránsito, en Iezzi&Varone recomendamos revisar detalladamente las clausulas referidas a infracciones y solicitar un plazo determinado desde la notificación para poder efectuar descargos para así evitar autorizaciones de débito automático del 100% del monto.

En un contexto de crecimiento sostenido del leasing y del alquiler vehicular, una correcta redacción contractual puede representar una diferencia económica significativa.

El aumento en el uso de estos sistemas obliga a prestar atención no solo al financiamiento o al costo mensual, sino también a los aspectos operativos y legales que, como las multas, pueden impactar directamente en el presupuesto.

* Los autores son especialistas en Defensa de Multas de Tránsito y Faltas Especiales a cargo del Area en Iezzi&Varone. Instagram: multas_transitoar