Franco Colapinto ha sido tema en estos últimos días por su llegada a la Fórmula 1.
Por eso, en esta columna quiero compartir los consejos que solemos dar a deportistas de disciplinas individuales (más allá de que la Fórmula 1 tiene algunas de las características propias de los deportes por equipos) cuando logran alcanzar el éxito y su futuro se muestra prometedor.
Primera aclaración: estas reglas no se aplican en su totalidad a deportistas que participan en disciplinas grupales ni a tampoco a deportistas que practican deportes individuales pero que se encuentran en otros estadios de sus carreras profesionales, como los inicios o el retiro.
Otra salvedad importante: dado que no tenemos información sobre dónde reside Franco, cómo se compone su patrimonio y qué objetivos de planificación patrimonial tiene en la actualidad, abordaremos estas cuestiones de manera general.
Cuando llega el éxito y, por ende, empiezan a aparecer ingresos significativos, es fundamental definir la residencia fiscal, ya que de ella dependerán muchas cuestiones, como qué impuestos se pagarán o cuánta libertad habrá para armar estructuras jurídicas que permitan diferir esos pagos o en general proteger el patrimonio frente a terceros. En muchos países, la residencia fiscal tiene impacto también en el concepto de domicilio, que juega un rol fundamental en cuestiones tales como casamiento, divorcio y régimen sucesorio.
Cuando llega el éxito y, por ende, empiezan a aparecer ingresos significativos, es fundamental definir la residencia fiscal
En el caso de los pilotos de F1, lo más habitual es que fijen sus residencias en el Principado de Mónaco o Suiza. En el primer caso, principalmente porque se trata de una jurisdicción que no grava las ganancias obtenidas en el exterior (salarios, premios, ingresos publicitarios y ganancias obtenidas a partir de la inversión de dichos ingresos). En el segundo, es un país con impuestos bajos que, además, permite negociar la alícuota que cada uno pagará. Otras opciones que Franco podría considerar incluyen Bahamas, Andorra, Malta o Dubái, que tienen regímenes tributarios similares a Mónaco, y España, Italia o Uruguay, que ofrecen grandes incentivos fiscales para nuevos residentes fiscales.
Me permito una pequeña digresión para profundizar en el tema Mónaco. Al fin y al cabo, prácticamente la mitad de la parrilla actual de la máxima categoría del automovilismo, incluyendo a Verstappen, Leclerc, Pérez, Norris, Hamilton, Russell, Bottas, Hülkenberg y también al compañero de Franco, Alex Albon, reside allí. Ustedes se preguntarán por qué. Y eso es lo que les respondo a continuación.
Si en algún momento Franco decidiera casarse, sugerimos enérgicamente la firma de un acuerdo prenupcial que evite futuras disputas
En cuanto a la fiscalidad, Mónaco no cuenta con impuestos sobre la renta, el patrimonio, la propiedad ni tampoco sobre las ganancias de capital. Por otro lado, se trata de una jurisdicción que cuida mucho la privacidad de sus habitantes a punto tal que el gobierno –entre otras cosas– requiere un permiso por escrito para la obtención de toda fotografía profesional, reduciendo de ese modo la presencia de paparazzi. Adicionalmente, el hecho de que en Mónaco residan 12.000 millonarios, que representan un tercio de toda la población, y que muchos de ellos sean personalidades de alto perfil, permite a los pilotos de Fórmula 1 sentirse muy cómodos.
Por último, la ubicación es otro punto a favor, dado que el aeropuerto de Niza se encuentra a tan solo 15 millas de Mónaco. Esto es especialmente valioso si tenemos en cuenta la cantidad de millas que los pilotos de F1 viajan por año.
Sin duda, el clima excepcional y las vistas espectaculares de Mónaco contribuyen a hacer de este lugar un destino atractivo para los pilotos de Fórmula 1 y para cualquiera. Pero no quedan dudas, el factor decisivo es el sistema tributario, le pese a quien le pese.
Si se están preguntando qué exige Mónaco a la hora de otorgar la residencia fiscal a una persona, les dejo a continuación, en pocas palabras, los requisitos:
- poseer suficientes ingresos financieros para vivir en Mónaco;
- contar con un comprobante de alquiler o compra de un inmueble en Mónaco; y
- confirmar por escrito que no se realizarán actividades profesionales allí.
Definida la residencia fiscal, el siguiente paso sería incorporar una estructura legal para transferir su marca personal. Esta sociedad sería la que en el futuro percibirá honorarios por campañas de marketing, apariciones y, en el caso de Colapinto, por el uso que haga Williams de esta.
Recordemos que en la Fórmula 1, a diferencia de lo que sucede en otros deportes como el tenis, los pilotos reciben pagos de sus escuderías y no de la F1 o directamente de los distintos grandes premios. Esto es muy bueno porque se evitan retenciones en la fuente y, además, genera un incentivo para que las propias escuderías se organicen jurídicamente de manera eficiente. En el caso de Williams Racing, existen dos sociedades distintas: una “onshore” establecida en Inglaterra y Gales (Williams Grand Prix Engineering Limited) y una segunda “offshore” incorporada en las Islas Marshall y con oficinas centrales en Bermuda (Williams IP Holdings LLC). No hay que ser adivino para asumir que la mayor parte de los ingresos son canalizados por este segundo vehículo.
En tercer lugar, una vez definida la residencia fiscal y creada la sociedad que gestionará la marca “Franco Colapinto”, llega el momento de definir dos cuestiones que también tienen mucha importancia:
- el establecimiento de uno o más vehículos para realizar inversiones (financieras y/o en la “economía real”); y
- la planificación sucesoria.
Con relación al primer punto, lo más habitual sigue siendo el armado de sociedades, aunque viene ganando terreno el establecimiento de fondos de inversión privados, principalmente por cuestiones tributarias. Respecto al tema sucesorio, la planificación puede realizarse en el mismo vehículo corporativo o en un nivel superior (trust, fundación o incluso un simple testamento).
Si en algún momento Franco decidiera casarse, sugerimos enérgicamente la firma de un acuerdo prenupcial que evite futuras disputas (con todos los gastos y demás problemas que implican) y que mantenga privacidad sobre los detalles financieros en caso de divorcio.
Finalmente, durante esta etapa también aconsejamos obtener seguros de vida y establecer un trust irrevocable cuya finalidad principal sea el fondeo de la vida del artista o deportista de que se trate y su familia en caso de problemas económicos graves. Este segundo trust (en el caso de que se hubiera armado uno para fines sucesorios) sería un trust para protección patrimonial en sentido estricto. Entra a jugar si todo el resto falla y el cliente se encuentra en una situación de necesidad económica severa, sin posibilidades de generar ingresos. El objetivo de contratar un seguro es similar: evitar que malas decisiones económicas o generales reduzcan significativamente el patrimonio. En este caso, los beneficiarios serían los herederos. A través de la contratación de seguros se pueden alcanzar otros objetivos de planificación patrimonial, pero no tiene sentido profundizar en ello en este momento.
Otros consejos que nos permitimos dar:
- que maneje su carrera profesional como si se tratase de una empresa, contratando a los mejores profesionales para los diferentes roles, no necesariamente a familia y amigos y tampoco permitiendo que una misma persona desarrolle roles entre los cuales podrían existir conflictos de interés;
- que diversifique sus fuentes de ingresos, algo importante no solo con relación a los ingresos ordinarios y extraordinarios pero vinculados a la actividad profesional del artista o deportistas de que se trate, sino también a las inversiones que realizan luego con esas ganancias; y
- que planifique con tiempo su retiro.