La historia del Código Penal Argentino es tan rica como compleja. Desde su primera promulgación en 1921, ha sido objeto de innumerables modificaciones -más de 900-, y se han creado 19 comisiones de reforma orientadas a adaptar la legislación a los cambios sociales, tecnológicos y políticos de nuestro país. Sin embargo, a pesar de estas reformas, la necesidad de una modernización integral y una sistematización legislativa acorde se hizo cada vez más evidente, especialmente frente a los desafíos del siglo XXI.
El proyecto de reforma sobre el que venimos trabajando desde la Comisión en este año 2024 recibió recientemente el apoyo y acompañamiento del Santo Padre Francisco en la reciente visita que tuve el privilegio de realizar al Vaticano en mi carácter de Vicepresidente de la Comisión de Reforma del Código Penal el día lunes 19 de agosto de 2024.
El proyecto es un esfuerzo conjunto para dotar a la Argentina de un cuerpo normativo ágil, sistemático y adaptado a las nuevas realidades delictivas. Este nuevo proyecto está siendo construido sobre las bases del Proyecto de Código Penal presentado el 25 de marzo de 2019 ante el Honorable Congreso de la Nación. Este nuevo proyecto de reforma, como aquel, busca mejorar la eficiencia y la equidad del sistema de justicia penal, fortalecer la seguridad jurídica y la inserción de nuestro país en la comunidad internacional.
La inserción de Argentina en la comunidad internacional es un objetivo fundamental que impulsa gran parte de las reformas propuestas en el nuevo Código Penal. Somos conscientes de que un marco normativo claro, previsible y alineado con los estándares internacionales son elementos necesarios para fortalecer nuestra imagen como un país ante la comunidad internacional y para poder garantizar seguridad jurídica. La seguridad jurídica es un pilar esencial para atraer inversiones y capitales, ya que brinda confianza a los inversores nacionales e internacionales de que sus derechos serán respetados y protegidos bajo un sistema legal robusto, moderno y transparente.
Precisamente, la atracción de capitales, especialmente en un mundo cada vez más interconectado, depende en gran medida de la percepción de estabilidad y justicia en las instituciones de un país. Al modernizar nuestro Código Penal y asegurar su compatibilidad con los instrumentos internacionales, Argentina no solo se posiciona como un socio confiable en la lucha contra la criminalidad transnacional, sino que también se convierte en un destino atractivo para la inversión, impulsando así el desarrollo económico y la prosperidad a largo plazo.
Otro de los pilares fundamentales de esta reforma lo constituye el artículo 1 del anteproyecto, que establece el alcance de la aplicación del Código Penal. Este artículo refleja el compromiso de Argentina con los principios de justicia universal, extendiendo la jurisdicción penal a los delitos cometidos en el territorio nacional, y a aquellos cometidos en el extranjero por agentes argentinos, así como a los delitos que atentan contra el orden internacional y que están previstos en tratados y convenciones ratificados por nuestro país. Esto es, el instituto de la extradición.
Ciertamente, un aspecto esencial del Anteproyecto lo constituye el instituto de la extradición, tanto activa como pasiva. La reforma del Código Penal establece mecanismos más claros, modernos y eficientes para la cooperación internacional en materia penal, alineándose con las normativas de la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal -Ley 24.767- y los Convenios y Tratados Internacionales.
La extradición pasiva es el procedimiento por el cual nuestro país responde a una solicitud de extradición de otro Estado para entregar a una persona que se encuentra en territorio argentino y que es requerida para ser juzgada o para cumplir una condena en el extranjero. Este proceso implica una cuidadosa evaluación judicial para garantizar que se respeten los derechos fundamentales del requerido, así como para confirmar que los delitos por los que se solicita la extradición estén debidamente tipificados y que no exista riesgo de persecución política o de violaciones a los derechos humanos.
Por otro lado, la extradición activa se refiere a las solicitudes que Argentina realiza a otros países para que entreguen a personas que han cometido delitos en nuestro territorio y que han huido al extranjero para evadir la justicia. Este procedimiento requiere una sólida cooperación internacional y una articulación eficaz con los sistemas judiciales de otros países para asegurar que los responsables de crímenes en nuestro país no queden impunes.
Con base en la importancia de estos institutos, el proyecto procura garantizar la más amplia cooperación internacional en la investigación, juzgamiento y punición de delitos en una franca demostración de nuestro compromiso con la justicia internacional. No podemos desconocer que estamos en un mundo donde los delitos trascienden fronteras y requieren respuestas coordinadas y efectivas.
Casos como el Loan son un claro ejemplo de los desafíos y responsabilidades que enfrentamos al aplicar estos principios de justicia internacional. El proceso ha puesto de relieve la importancia de trabajar en conjunto con otros países, como Brasil, en donde se ha descubierto recientemente una red de trata que podría estar involucrada en la desaparición del niño. De allí, la necesidad de contar con un marco normativo sólido que permita la persecución de crímenes graves y el desbaratamiento de organizaciones criminales internacionales.
Es fundamental que el nuevo Código Penal, en el cual estamos trabajando arduamente, proporcione las herramientas adecuadas para enfrentar estos retos de manera justa y equitativa.
Incorporación de los delitos contra el orden internacional
El nuevo Código Penal incorpora un Libro Tercero dedicado exclusivamente a los delitos contra el orden internacional, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los delitos de guerra. Estas disposiciones son esenciales para alinear nuestro marco legal con los estándares internacionales y garantizar que Argentina cumpla con sus obligaciones en la lucha contra estos crímenes que afectan a la humanidad. Asimismo, se incluye el delito de agresión y la desaparición forzada de personas, reafirmando nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos a nivel global.
Responsabilidad penal de las personas jurídicas
La responsabilidad de las personas jurídicas en el proyecto se adopta conforme a los criterios establecidos en la Ley de Responsabilidad Empresaria. Acorde al principio de modernización que rige al proyecto, se adopta un enfoque integral orientado a adaptar el marco penal a las nuevas realidades delictivas, asegurando una respuesta eficaz y proporcional a la responsabilidad de las personas jurídicas en la comisión de determinados delitos. Así, el artículo 1, inc. 4, del Proyecto establece que “Para el caso de las personas jurídicas con domicilio en la Nación argentina, ya sea aquel fijado en sus estatutos o el correspondiente a los establecimientos o sucursales que posea en el territorio argentino, se aplicará exclusivamente a los delitos cometidos respecto de los que estuviere prevista su responsabilidad en este Código”.
Delitos informáticos
Vivimos en una era digital, donde los delitos informáticos representan una amenaza creciente tanto para la seguridad nacional como internacional. El nuevo Código Penal aborda esta realidad incorporando tipos penales específicos para la obtención ilegítima de datos, la suplantación de identidad y el fraude informático, entre otros. Estas disposiciones protegen a nuestros ciudadanos y refuerzan nuestra capacidad para cooperar con otros países en la lucha contra la criminalidad digital.
Terrorismo y su financiamiento
El terrorismo es una de las amenazas más graves que enfrenta la comunidad internacional. En este sentido, el nuevo Código Penal incluye disposiciones rigurosas para combatir el terrorismo y su financiamiento, cumpliendo con los compromisos internacionales asumidos por Argentina. Estas normas son esenciales para prevenir y castigar no solo los actos terroristas, sino también las estructuras de apoyo financiero que los sostienen.
Delitos ambientales
La protección del medio ambiente es una preocupación global, y Argentina no es la excepción. El nuevo Código Penal incorpora delitos específicos relacionados con el tráfico de especies protegidas, la contaminación ambiental y el manejo inadecuado de residuos peligrosos. Estas medidas son fundamentales para asegurar que nuestro país cumpla con los acuerdos internacionales sobre conservación y sostenibilidad, y para proteger nuestros recursos naturales para las generaciones futuras.
Delitos de trata de personas y migración ilegal
Finalmente, quisiera referirme a los delitos de trata de personas y migración ilegal, que son problemas de enorme relevancia internacional. El nuevo Código Penal incluye medidas contundentes para combatir estas prácticas, asegurando que Argentina continúe siendo un actor activo en la protección de los derechos humanos y en la lucha contra estas formas graves de criminalidad. Estas disposiciones reflejan nuestro compromiso con la justicia y la dignidad humana, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras.
Para concluir, quiero destacar que el proyecto de reforma del Código Penal es una oportunidad única para posicionar a Argentina como un referente en la defensa de la libertad e igualdad de los individuos y en la lucha contra la criminalidad organizada a nivel global.
Este nuevo Código Penal, con sus normas claras y previsibles, no solo busca mejorar la justicia interna, sino también fortalecer nuestra capacidad para cooperar con otros países en la persecución de delitos que afectan a la comunidad internacional.
* El Dr. Mariano Hernán Borinsky es presidente y juez federal de la Cámara de Casación Penal. Posdoctor y doctor en Derecho Penal -UBA- y profesor universitario -UBA, UTDT-. Vicepresidente de la Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación
Juan Manuel Garay es prosecretario de cámara de la Cámara Federal de Casación Penal. Magister en Derecho Penal -UTDT-. Doctorando en Derecho (UP). Asesor del Proyecto de Reforma del Código Penal