Las repetidas señales desde el Tribunal Penal Internacional (TPI) de ejercer jurisdicción sobre ciudadanos israelíes por las operaciones en Gaza suscitó un debate sobre la legitimidad y el alcance de sus poderes.
Un grupo de doce senadores estadounidense publicó una carta en la que advierten sobre esa posibilidad. El texto concluye con una reprimenda sobre los propios funcionarios de la entidad, tras resaltar que Israel es una democracia institucionalizada y tanto Irán como Hamás -su brazo ejecutor- ignoran mínimos estándares de civilización y decencia.
El texto también cuestiona el mutismo de este tribunal ante las limpiezas étnicas que impulsa China e invitan a estos burócratas de La Haya a demandar la detención de Xi Jinping y sus cómplices.
Muchos consideran la acción del TPI en el contexto israelí un exceso de sus competencias (‘ultra vires’). No sólo se plantean preguntas sobre la legalidad de sus procedimientos, sino que también conlleva potenciales y duras represalias y se demuestra falta de equidad en la aplicación del derecho.
1. Exceso de competencia del TPI: una cuestión de legitimidad
El estatuto de Roma, el tratado fundacional del TPI, limita su jurisdicción a los crímenes en el territorio de los estados parte o por sus nacionales, a menos que el Consejo de Seguridad de la ONU remita una acusación al fiscal.
Israel, no siendo parte del Estatuto de Roma, plantea una cuestión crítica sobre la legitimidad de la intervención del TPI. La reciente afirmación del tribunal de que tiene jurisdicción sobre Gaza se basa en interpretaciones que muchos expertos y estados consideran extensivas, argumentando que tal acción excede las competencias otorgadas por el derecho internacional, introduciendo un precedente preocupante en cuanto al respeto de la soberanía nacional.
2. El peligro de represalias contra el TPI por parte del Congreso de EE.UU.
Una de las consecuencias prácticas más significativas de la decisión del TPI está en la advertencia del Congreso estadounidense. Si bien este ha sido un crítico histórico de cualquier acción del tribunal que involucre a aliados como Israel, la posibilidad de que el poder legislativo aplique sanciones primarias y secundarias, personales y gravosas a cada uno de los funcionarios del TPI es una amenaza real, lo que llevará a restricciones financieras y de visado.
Esto no sólo debilitará la capacidad operativa del tribunal, además, terminará con su imagen de ente imparcial y efectivo en la administración de la justicia internacional.
3. La falta de enjuiciamiento de criminales internacionales en Irán, China o Venezuela
La aparente selectividad en los enjuiciamientos del TPI también ha sido fuente de críticas continuas. A pesar de las denuncias de violaciones graves de derechos humanos y otros crímenes internacionales en países como Irán, China y Venezuela. Esta inconsistencia en la aplicación de la justicia refuerza las acusaciones de un sesgo geopolítico y compromete la credibilidad del tribunal en la arena global.
En conclusión, la decisión del TPI de extender su jurisdicción a las acciones de Israel en Gaza no solo levanta cuestiones legales sobre su competencia, sino que también implica desafíos prácticos que afectarán su funcionamiento y legitimidad. Las posibles represalias de potencias globales como Estados Unidos y la inconsistencia en la persecución de crímenes en estados autoritarios destacan las falencias del “derecho internacional”. Una rama de la ley sin autoridad de aplicación, por lo tanto, separada del derecho positivo.
Con esta última aventura, la burocracia del TPI subraya todo lo contrario a la misión megalómana que se propuso: primero, la selectividad de sus calumnias desnuda sus intereses de parte; segundo, confirma que entre naciones el único derecho que existe es el que da la fuerza.
Las cosas como son.