Siete años consecutivos de pérdidas para jubilados

La realidad de los jubilados marca la urgente necesidad de recomponer la pirámide de prestaciones y respetar el poder adquisitivo de todas sus capas

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Los jubilados llevan 7 años consecutivos de pérdidas de sus salarios frente a la inflación
Los jubilados llevan 7 años consecutivos de pérdidas de sus salarios frente a la inflación

Esta semana se anunció un aumento extraordinario del 27,5% para los jubilados y pensionados del régimen general de ANSES. Si bien la ley de movilidad actual seguirá vigente hasta junio, mes en que se otorgará el último aumento en virtud de dicha fórmula, durante los meses de abril y mayo se otorgarán aumentos a cuenta por índice de precios al consumidor (IPC). No obstante este aumento adicional, la pérdida de los jubilados frente a la inflación lleva 7 años consecutivos.

En el marco de la ley de movilidad, en junio corresponde el segundo aumento del año, que busca recomponer la pérdida de los haberes sufrida durante el primer trimestre del año. Dicha liquidación se realiza sobre la base de un índice que combina variación de salarios (RIPTE) y variación en la recaudación de ANSES.

El Poder Ejecutivo ha decidido continuar con la vigencia de la ley hasta junio, si bien la vaciará de aplicación concreta. En abril se otorgará un aumento del 27,5%, que busca recomponer parcialmente la pérdida por inflación de enero y febrero. En mayo se otorgará otro aumento por para compensar la pérdida de marzo. Finalmente, en junio se analizará cuál sería el índice de ajuste en virtud de la ley de movilidad y se descontarán los aumentos otorgados a cuenta, pudiendo significar esto que en junio no haya un nuevo ajuste. A partir de julio comenzará el sistema nuevo por IPC, ajustándose en ese mensual la pérdida sufrida por los haberes durante mayo.

La primera incógnita es, si en junio se resuelve la movilidad del primer trimestre del año y en julio la de mayo, ¿qué pasará con la pérdida de abril? Considerando lo intrincada que resulta la redacción del decreto, es de esperar que se pretenda confundir los aumentos pagados en abril (que en realidad cubren enero y febrero), con la recomposición que corresponde a la pérdida de ese mes.

La segunda pregunta que surge es: ¿ganan o pierden los jubilados frente a la inflación? La respuesta es que, por ahora, siguen perdiendo. Y así cumplen el séptimo año consecutivo de deterioro previsional.

Entre 2016 y 2019 la pérdida de los jubilados frente a la inflación alcanzó el 14%. Entre 2019 y 2023 la pérdida alcanzó el 36%. En lo que va del 2024 (contemplando el aumento de abril y una inflación de marzo cercana al 12%), la caída frente a la inflación rondaría el 5%. Estos porcentajes corresponden a jubilados que no perciben bonos, pagos adicionales que son no remunerativos y pueden ser retirados en cualquier momento.

En este escenario, se puede aseverar que los jubilados sin bono llevan desde 2016 una pérdida acumulada del 47%, es decir, se ha licuado en términos reales la mitad de su haber. Cabe mencionar, que son estos los jubilados que han pagado sus aportes en forma completa, contribuyendo a un sistema que hoy les da la espalda.

En la Justicia están mirando con atención lo que sucede con el esquema de pago de bonos, toda vez que ya han recibido cientos de demandas de jubilados que reclaman percibir los mismos aumentos proporcionales que los jubilados de la mínima. La pirámide de los haberes previsionales puede estructurarse por distintas capas, cada capa de esta pirámide está directamente vinculada con el promedio de las remuneraciones o rentas por las cuales el jubilado ha hecho un esfuerzo contributivo. Como dice el Dr. Guillermo Jáuregui “la pirámide jubilatoria es el fiel reflejo de la contribución que ha hecho cada uno de los jubilados. Consideramos que no es posible desconocer el derecho de cada jubilado a que su haber se incluya dentro de la pirámide con las proporciones ya citadas, porque esto afectaría su derecho de propiedad”.

En el siguiente gráfico se muestra el deterioro de los haberes medios con relación a la evolución de los haberes mínimos:

El Art. 8 de la ley de movilidad establece que es ilegal otorgarles más aumentos a los haberes mínimos que al resto de los beneficios. También ha marcado este límite la Corte Suprema en el famoso fallo Badaro: “La política de otorgar incrementos sólo a los haberes más bajos trae como consecuencia el achatamiento de la escala de prestaciones y provoca que quienes contribuyeron al sistema en forma proporcional a sus mayores ingresos se acerquen cada vez más al beneficio mínimo, poniendo en igualdad de condiciones a los que han efectuado aportes diferentes y quitándoles el derecho a cobrar de acuerdo con su esfuerzo contributivo”.

La realidad de los jubilados marca la urgente necesidad de recomponer la pirámide de prestaciones y respetar el poder adquisitivo de los jubilados de todas sus capas. Por otra parte, un freno en la inflación es condición sine qua non para que los beneficiarios del sistema puedan finalmente alcanzar aumentos que impliquen una recomposición actualizada.

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