Antes de que anochezca

Es forzoso para la salud de la República que la mayoría absoluta de cada Cámara reforme en el inmediato periodo ordinario la ley que regula los DNU y que permite que el no tratamiento de los mismos produzca su validación

Plenario de comisiones de la Cámara de Diputados (Foto: Maximiliano Luna)

“No bombardeen Buenos Aires, no nos podemos defender”. Como otras veces, 40 años atrás Charly García recordó el futuro. “Estoy temiendo al rubio ahora, no sé a quién temeré después, terror y desconfianza por los juegos, por las transas, por las canas, por las panzas, por las ansias, por las rancias cunas de poder”. Por entonces, el escenario era Malvinas y las balas mataban a nuestros soldados. Ahora, el escenario es la Argentina continental, los proyectiles son las normas excepcionales que dispara el poder ejecutivo y nuestro único escudo es el derecho.

El DNU 70/23 ya nos rige. Hay aspectos que han sido suspendidos por el Poder Judicial (reforma laboral o venta de medicamentos). La estrategia del Gobierno, en todos los casos, es concentrar las causas en el fuero contencioso administrativo de la ciudad de Buenos Aires y llegar a la Corte por distintas vías. Es cierto que el DNU no fue el resultado de un expediente administrativo con dictamen jurídico obligatorio, pero hay que decir que la ley de Procedimientos Administrativos (nº 19.549) no exige tal recaudo para dictar un DNU. Creo que no será esa la causa de la nulidad judicial del DNU en ningún caso.

El Proyecto Ómnibus, que incluye la ratificación (o no) del DNU y con ello supera los 1.000 artículos, ha sido girado a sólo tres Comisiones del Congreso, a las que se les asignaron unos 10 días hábiles para su tratamiento. En su temario, hay varios asuntos que parecen estar a punto de ser rechazados o muy modificados, a saber: delegación legislativa por razón de emergencia en 11 materias, reforma electoral, blanqueo, derogación de la movilidad jubilatoria, libertad para endeudarse y privatizaciones. Sin embargo, algunos de esos temas críticos en el Congreso podrían ser objeto de un nuevo DNU, como, por ejemplo, la derogación de la movilidad jubilatoria, la libertad para endeudarse o las privatizaciones. Nada menos. Otros temas, que no parecen suscitar grandes críticas en el Congreso, también podrían incluirse en nuevos DNU si sufrieran tropiezos en su aprobación (la reducción de la imperatividad en las normas contractuales –que suena a la libertad de traficar órganos– o el paso de la Justicia Nacional de Capital a la CABA).

Todo esto lleva a concluir que es forzoso para la salud de la República que la mayoría absoluta de cada Cámara reforme en el inmediato periodo ordinario la ley que regula los DNU, nº 26.122, y que permite que el no tratamiento del DNU produzca su validación. O, simplemente, que un DNU no requiera validación legislativa para continuar vigente después de un plazo prudencial (en Brasil, ese plazo es de 60 días, prorrogables una vez).

El Proyecto Ómnibus contiene normas que no pueden adoptarse sin aprobación de los legisladores nacionales, como la delegación legislativa en 11 materias, las reformas electorales -incluidas la eliminación de las PASO-, la boleta única, o la circunscripción uninominal (sobre esta última, el Ómnibus reclama que se delegue en el Ejecutivo la geografía de cada uno de los 257 distritos uninominales en los que convertirán los restos de nuestra República. ¡Lo más granado de las tiranías de la historia constitucional comparada!).

Existe la posibilidad de que, si el Congreso no aprueba algunas normas solicitadas en el Ómnibus, el Ejecutivo avance con el trebejo de la Consulta Popular no vinculante. La Constitución lo habilita para ello y otra muy mala ley de 2001, la nº 25.432, dispone que una consulta popular no vinculante puede convocarse desde el Gobierno en cualquier tema que no requiera Cámara de origen o mayoría calificada.

Con una consulta a favor, supongamos, y cualquiera sea su número de votantes, el Gobierno podrá ejercer otra presión adicional sobre el Congreso. Además de las tantas ya ejercidas (a saber: listado confuso de extraordinarias, plazo exiguo para sesionar, remisión de DNU y Ómnibus a diferentes Cámaras de origen, manipulación de las Cámaras para girar asuntos a muy pocas Comisiones, desaires, amenazas, calumnias, etc.).

El debate político se ha manifestado estos días en un tema especial, entre muchos. Si el DNU, incluido en el Ómnibus, puede ser modificado o debe ser aprobado o rechazado, binariamente. Optamos por la primera situación. Además, el art. 25 de la fastidiosa ley 26.122 sobre los DNU dice textualmente: “Las disposiciones de esta ley y el curso de los procedimientos en ella establecidos, no obstan al ejercicio de las potestades ordinarias del Congreso relativas a la derogación de normas de carácter legislativo emitidas por el Poder Ejecutivo”. Quien puede derogar, puede modificar, sustituir, reformular.

Vale decir que el Congreso, a mi juicio, no debería omitir en su hoja de ruta: a) decidir si se autoconvoca en sesiones extraordinarias, como ocurrió el 19 de diciembre de 2001, o se limita a los temas y plazos de la convocatoria del Gobierno; b) si se autoconvoca, como eximio hit picker, debería derogar o modificar las leyes reglamentarias de los DNU, delegación legislativa (26.122) y de consulta popular (25.432); e incluir todos los temas que requieran tratamiento y sanción a su juicio; c) si no se autoconvoca, debe tratar los 1030 artículos (366 del DNU y 664 del Ómnibus) con absoluta libertad de trámite, plazos, y poder legislativo.

Tengan los ciudadanos en claro que, más allá de los DNU y Ómnibus habidos o por haber, e incluso de la Consulta Popular no vinculante, aún el Gobierno puede emitir un DNU ampliando el número de jueces de la Corte Suprema, por ejemplo, de 5 a 9, como opina hace tiempo el Procurador del Tesoro, y repetir el caso de febrero de 2016, nombrando las vacantes así creadas en comisión, lo que podría regir hasta el vencimiento de las sesiones ordinarias del año próximo (2025) sin intervención del Senado. O, simplemente, cerrar el Congreso, ya que la sinceridad siempre tiene una oportunidad más.