Un fallo sesgado y débil en donde debe ser fuerte

La Justicia del Trabajo hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei

Guardar
El fallo no habla de defender al trabajador, sino a la corporación sindical
El fallo no habla de defender al trabajador, sino a la corporación sindical

El filósofo inglés Thomas Reid dejó estampada una frase esclarecedora: “Toda cadena es tan fuerte como su eslabón más débil”. El fallo de la Cámara Nacional de Trabajo se encuentra sesgado, es tendencioso y basa sus argumentos en la suposición de la “vulnerabilidad” del sector trabajador y de la “independencia sindical”. Por otro lado, señala que la “emergencia” y “necesidad” alegada es meramente declarativa. Sus palabras exactas fueron: “… lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo”.

Me pregunto cuánta pobreza exacta necesitaría para alcanzar la “relevancia y urgencia” suficiente para que el juez entienda la gravedad de la situación. El gobierno no ha escatimado verdades al indicar que las medidas que está tomando van a profundizar aún más la crisis sobre el tejido social y económico que recibió del gobierno anterior. Lo sabe y no lo oculta. Cree y sostiene que estas medidas -especialmente las laborales- constituirían las necesarias para que se reactiven la economía, el trabajo privado y los salarios de forma más rápida y veloz, procurando que el tiempo de la crisis resulte más acotado y el sufrimiento de la población, más breve.

Tiempo. Es la palabra exacta a tener en cuenta. El tiempo es urgencia. Cuanto más tiempo tardemos en implementar las nuevas medidas, más tiempo van a tardar en desarrollarse sus beneficios. Así, la “urgencia” que reclama la Cámara es distinta a la “urgencia” que pretende la sociedad. La de la Cámara es una urgencia formal; la de la economía práctica y la de la gente sin trabajo, acuciante.

El fallo se extiende en argumentaciones respecto de la excepcionalidad del DNU y las limitaciones que la Constitución le establece. Abunda en jurisprudencia y hasta lo cita a Alberdi en un ataque directo a la ideología del Poder Ejecutivo, intentando decir que Alberdi les daría la razón a ellos. Innecesario.

Considera un hecho la “vulnerabilidad” del sector. Teniendo en cuenta que el caso es presentado por la CGT, de la que pueden decirse mucho, pero no que sea vulnerable, el fallo exprés evidencia que la vulnerabilidad alegada es meramente teórica. ¿Quién sería el vulnerable en una pequeña empresa de 3 empleados? ¿Cuántas pequeñas empresas existen que no han sido consideradas vulnerables?

Pero, milagro, la vulnerabilidad del sector y del trabajador desaparecen cuando el DNU “aparentemente” afecta la libertad sindical. En este punto, el fallo ya no habla de defender al trabajador, sino a la corporación sindical. Acá, el trabajador es dejado de lado en relación al sindicato. Casi todas las paritarias obligan a que se realice un “descuento solidario” de cuota sindical en los haberes de los trabajadores, aunque el trabajador no se encuentre sindicalizado o no quiera que le descuenten. Acá la corporación sindical es más importante que el sustento alimentario del trabajador. ¿Justicia laboral? ¿In dubio pro-operario? No, el sindicato primero.

Otra para la corporación sindical en contra del trabajador es la elección de la obra social. Para el Tribunal, que el trabajador sea libre de elegir la obra social o prepaga para tener una mejor salud atenta contra la libertad sindical. Acá la salud del trabajador vulnerable queda nuevamente sometida al supremo derecho del sindicato. La realidad es que la caja de las obras sociales y la disposición que éstas tienen sobre los fondos debe ser mantenida en aras de la “libertad sindical”. Llamativa mirada. ¿La salud del trabajador? ¿Su libertad de elegir? No, el sindicato está primero.

¿Acaso no debieron los jueces atender esa contradicción? ¿No advirtieron que su fallo atacaba los intereses del trabajador beneficiando al sindicato? ¿No debieron separar los intereses del trabajador de los del sindicato? ¿Qué tiene que ver eso con la “libertad sindical”? Nada. ¿Y con el derecho de los trabajadores? Menos.

Lo que el fallo calla hace más ruido que lo que dice. Citarlo a Alberdi, o referenciar cientos de fallos de la Corte Suprema, o enarbolarse atrás de las banderas del republicanismo, no logran ocultar las verdaderas motivaciones. No se quiere proteger al trabajador, sino a la corporación sindical por sobre el trabajador, y desconocer o ningunear el verdadero estado de crisis del sistema laboral y de la economía en general. Nada dice el fallo de la imposibilidad de encontrar trabajo digno, nada dice del estado calamitoso de las actuales relaciones laborales, nada dice del fracaso del actual sistema. No dicen nada porque simplemente ellos son partícipes necesario de ese fracaso.

Nunca entenderían el duro trance de no tener trabajo, de ser despedido, de cobrar un salario en negro o mínimo por debajo de la pobreza, o de cerrar un local porque uno de los cinco empleados le hicieron un juicio y perdió todo. Mucho menos saben lo que significa invertir todos los ahorros de una vida en un emprendimiento y perderlos en un juicio.

Existe un convencimiento general entre los profesionales del derecho: el fuero laboral no imparte justicia ni aplica el derecho, sino que protege a un sector y, como lo indica la lógica, ataca al otro. El fuero ha sido, con sus sesgos y tendencias, un artífice necesario del actual estado calamitoso del sistema laboral. Han desconocido institutos como la “prestación de servicios”, han establecido mediante “acordadas” la capitalización automática de los intereses en todas las deudas, aumentando las liquidaciones -en muchos casos al doble o triple-, han permitido situaciones extremadamente injustas contra empresarios pymes que los han llevado al cierre o a la quiebra y, lógicamente, al consecuente despido de otros empleados. Todo el sistema de la Justicia laboral se ha convertido en una gran trampa. Han llevado el principio del “in dubio pro-operario” a un extremo tal de que no existe derecho laboral, sino castigo empresarial.

Así, el fallo es lo que se esperaba del fuero laboral. Podrían haber hecho justicia, pero tomaron la decisión contraria. Una lástima.

Guardar