En septiembre, se aprobó en el Congreso un proyecto para modificar la Ley de Impuesto a las Ganancias. “El salario no es ganancia” es el reclamo del sector sindical, reclamo que se viene escuchando desde hace más de una década, cuando la falta de actualización del mínimo no imponible y, principalmente, de las escalas, hizo que el impuesto empezara a alcanzar a salarios cercanos al promedio de la economía y que pequeños diferenciales salariales implicaran tasas medias cada vez más altas.
Desde 2020 se recurrió a un parche que ya había sido utilizado en el pasado: establecer un salario bruto mínimo para el pago del impuesto. Esta solución, sin modificación de las escalas generó, en aquel momento y ahora, fuertes distorsiones: quienes están por debajo del piso establecido, pagan cero de impuesto, mientras que quienes perciben 1 peso más pasan a estar alcanzados por el total y no por el ingreso marginal.
Esto derivó en que, en 2021, el impuesto medio sobre el ingreso bruto pasara de cero a 6% para trabajadores sin carga de familia, y de cero a 11% en 2022. Leído de otro modo, quien ganaba un peso más del piso cobraba en el bolsillo menos.
Esto llevó a más parches, como no incluir las horas extras en el computo para no pasar el piso y excluir el aguinaldo. Para mediados de 2023, el piso del pago de Ganancias llevaba a que superarlo implicaba el pago de un promedio del 17% para trabajadores con salarios brutos de 700 mil pesos, menos de 2 veces del salario medio.
El proyecto aprobado, en lugar incrementar las deducciones permitidas y ampliar las escalas para suavizar el aumento de las tasas medias, sólo eleva sustancialmente el piso para estar alcanzado
El proyecto aprobado, en lugar incrementar las deducciones permitidas y ampliar las escalas para suavizar el aumento de las tasas medias, sólo eleva sustancialmente el piso para estar alcanzado por el gravamen, el cual se fijó en 15 salarios mínimos, lo que a septiembre resulta en $1.770.000. Hasta ese nivel de ingreso, el impuesto medio es cero; a partir de allí paga el 28% de su salario.
Menor carga horaria
Otra idea que se sacó a la luz, probablemente con vistas a las elecciones, es la reducción de la jornada laboral sin reducción del salario. Hay varios proyectos que apuntan a una jornada laboral con un máximo de 36 horas semanales, algunos de 6 horas diarias, otros trabajar un día menos a la semana.
El argumento para la reducción, aquí y en otros países, es que una disminución de la jornada semanal lleva a un aumento en la productividad, dado que los trabajadores tendrían menos presión sobre el trabajo. La experiencia internacional es poca y cercana. En Francia, la reforma se llevó a cabo en 2000 y se estableció una reducción de la jornada de 39 a 35 horas. En el resto de los países que aplicaron esto lo hicieron en 2021 y, en general, para el sector público. Es decir, la evidencia es poca y no hay demasiados estudios sobre el impacto en la productividad, y los que hay no son concluyentes.
Uno de los tantos problemas que transita la Argentina es la falta de crecimiento de la productividad. Desde hace más de una década, tiene una tendencia decreciente y acumula, desde ese momento, una caída del 14%. Una mirada de más largo plazo muestra que respecto a tres décadas atrás, la productividad creció solo 8% en total.
Si la productividad no aumenta, la reducción de la jornada redunda en un aumento del costo laboral total y por unidad de producción, al subir el salario horario.
El aumento de productividad requiere más capital físico o humano y/o mejor nivel de organización dentro de las firmas. La legislación en la Argentina no establece una jornada mínima, sino que se establece una jornada máxima de 48 horas a la semana y un lapso de 12 horas entre el inicio de una jornada y la siguiente.
Si la productividad no aumenta, la reducción de la jornada redunda en un aumento del costo laboral total y por unidad de producción, al subir el salario horario
La ley no impide la fijación de jornadas menores a través de acuerdos individuales o colectivos, pero el aumento de la producción por empleado requiere la revisión de las pautas establecidas en los convenios que generan rigideces en el trabajo.
Reducir la jornada debería ser moneda de cambio de renegociación de convenio y, conforme al nivel de negociación posible. Ambas reformas que se analizan involucran a asalariados en el sector formal de la economía que, incluyendo al sector público, representan menos de la mitad del total de ocupados. El resto -informales y/o cuentapropistas- y los desocupados, no parecen estar en la agenda.
La autora es economista de FIEL, publicó esta columna en Indicadores de Coyuntura FIEL octubre 2023