Ley de Alquileres y conflictos de interés en el Congreso

Frecuentemente existen intereses particulares de los legisladores que inevitablemente inciden sobre sus votos. Lamentablemente, el Congreso carece de una oficina que tenga como objetivo asesorar, controlar y publicar las cuestiones de integridad

Debate sobre la ley de Alquileres

Hace pocos días se reunió la Cámara de Diputados de la Nación y dio media sanción a una reforma a la ley de alquileres luego de un arduo debate sobre los efectos que provocó en la oferta de inmuebles para alquilar y en los valores de los contratos.

Esta discusión se da en un contexto de crisis económica, acelerada inflación y el clamor de agrupaciones de inquilinos y el cuestionamiento de inmobiliarias y propietarios por la situación crítica imperante.

Indudablemente, se trata de un tema polémico, complejo y en el que existe una clara tensión de intereses en juego, entre dueños y quienes deben alquilar para tener una residencia, además de los de las inmobiliarias, inversores en el mercado inmobiliario, corredores, etc.

También las diferencias ideológicas impregnan la discusión según cuánta intervención del Estado en el mercado se esté dispuesto a propiciar.

Se trata de un caso paradigmático de las complejidades de la adopción de decisiones propias de la política, en donde las transacciones, la mediación entre todos los intereses en juego, la posibilidad de expresar diferentes voces y una amplia, abierta y transparente deliberación son fundamentales para arribar a soluciones que contemplen todos los intereses involucrados.

El debate parlamentario no se da precisamente en un laboratorio. En casos como este frecuentemente existen intereses particulares de los legisladores que inevitablemente inciden sobre sus puntos de vista y moldean sus opiniones y el sentido de sus votos.

A diferencia de lo que ocurre con otros funcionarios, como por ejemplo jueces, en donde la excusación puede servir para evitar que los intereses particulares contaminen las decisiones que deben tomar en ejercicio de su función, en el Congreso la cuestión es más compleja ya que por definición los legisladores representan muchos de esos intereses y son una muestra de la distribución de ellos en la sociedad.

Esa distribución no necesariamente será representativa de lo que ocurre en la sociedad frente a cada cuestión a decidir.

Esto es lo que sucede según lo señalado por una investigación periodística publicada el diario Diagonales, que da cuenta de que gran parte de las personas que integran la Cámara de Diputados de la Nación son propietarias de inmuebles y obtienen renta por su locación, mientras que muy pocas son inquilinas.

Otros casos en los que fue manifiesta la existencia de intereses privados superpuestos a la labor legislativa fueron: la discusión sobre la expropiación del 51% de las acciones de YPF, donde varios legisladores eran tenedores de acciones de la sociedad; la transferencia de los depósitos bancarios judiciales de los tribunales nacionales y federales, donde el miembro informante del proyecto fue un conocido dirigente de un banco competidor; o la resolución 125, en donde inclusive se denunció a un senador por no haberse excusado pese a ser también un importante empresario agropecuario.

La oferta de alquileres cayó durante la vigencia de la ley

El análisis periodístico y la difusión que ha tenido lugar con motivo de la discusión ahora pendiente en el Senado exhibe la importancia de la publicidad de las declaraciones juradas patrimoniales para que la ciudadanía conozca esos intereses, para generar un debate más informado, exigir mejores rendiciones de cuentas y en su caso orientar el voto en futuras elecciones o participar más activamente en organizaciones o partidos que encarnen intereses que no estén hoy suficientemente representados.

La fiscalización y el conocimiento de estos intereses reales o potenciales tiene mayor relevancia en sociedades desiguales, como lo es cada vez más la argentina, y por tanto tiene un profundo sentido democrático.

Lamentablemente, el Congreso Nacional carece de una oficina que tenga como objetivo asesorar, controlar y publicar las cuestiones de integridad de los legisladores, tales como sus negocios o el registro y la publicidad de obsequios y viajes. Eso sucede pese al tiempo transcurrido desde la reforma constitucional de 1994, que introdujo expresamente en el artículo 36 del texto constitucional la relevancia de la ética en la función pública y el mandato de que se dictara una ley sobre la cuestión.

La ley vigente no resuelve adecuadamente el problema de los conflictos de intereses de los legisladores de la Nación, que son mucho más relevantes para la República que cuestiones como la del diputado que protagonizó una escena sexual con su pareja en plena sesión virtual, quien paradójicamente debió renunciar inmediatamente.

En el cuarto de siglo de su vigencia no se recuerdan casos en que algún legislador se haya excusado expresamente de debatir o decidir una cuestión por la existencia de un conflicto con sus intereses particulares, si bien algunos prudentemente -aunque de modo facultativo, sin transparencia y sin control- han optado por excusarse o ausentarse en algunas ocasiones en que consideraron que existía algún conflicto, como ocurrió con algunos diputados deudores de créditos hipotecarios U.V.A. en ocasión de debatirse un régimen especial que los beneficiaba.

Durante mi mandato como diputado nacional propuse introducir un artículo que obligara a los legisladores a manifestar la existencia de posibles conflictos de intereses a las autoridades parlamentarias y a los demás legisladores antes del tratamiento de los proyectos, a fin de favorecer un debate más transparente y leal.

En el mismo sentido, el proyecto de ley de ética pública presentado por el Poder Ejecutivo Nacional en tiempos del Presidente Macri -que nunca fue tratado por el Congreso- contemplaba la obligación de los diputados y senadores nacionales de comunicar los intereses privados que tuvieran en relación con los proyectos en cuya sanción intervinieran.

Es posible pensar también en establecer límites a la iniciativa de proyectos o al voto en cuestiones en que el interés particular del legislador sea relevante.

Ideas y proyectos como estos merecen ser analizados ya que el cuestionamiento que hoy tiene lugar en relación con las modificaciones a la ley de alquileres reactualiza la conveniencia de mejorar la regulación vigente en materia de transparencia legislativa.