El canto de las sirenas

Guardar

En un tiempo, se creía que los dioses griegos gobernaban el mundo y, las sirenas reinaban en el mar, una de las características de estas últimas, es que poseían una voz muy especial que enloquecía a cualquiera que las escuchara. Muchos perecieron en las aguas con tal de escuchar esos seductores voces o cantos. Ulises, rey de Ítaca y protagonista de La Odisea, en su camino de vuelta -finalizada la guerra de Troya-, fue advertido por la diosa Circe quien le dijo que existían riesgo en su retorno, ya que “Navegaréis cerca del islote de las Sirenas, las que hechizan a todo aquel hombre que se acerque a ellas. Todo aquel que escuche su voz será afectado por la locura y morirá ahogado en las aguas que rodean la isla”.

Esta situación, que es propia de la mitología, se esta reproduciendo en la actualidad en nuestra república, cuando recorremos las páginas de los diarios en estos últimos tiempos, encontramos declaraciones de nuestra dirigencia política con soluciones mágicas o atajos para resolver los problemas de los argentinos, nada más y nada menos, que canto de sirenas.

Sin embargo, no debemos perder de vista el hecho de que estas soluciones que tanto se habla sólo puede darse en el marco de la Ley. Será entonces un desafío inmenso para nuestra democracia y, para toda la dirigencia política, de hablar a la sociedad con claridad, para entender la grave situación y el severo deterioro político, institucional y económico que estamos viviendo. El descalabro económico generalizado, pone en riesgo y amenaza a la sociedad, esta situación, nos lleva a recorrer indefectiblemente hacía una anomía, que ponga en riesgo la vida institucional de la república.

Es por ello, no existen fórmulas o hechizos mágicos que resuelvan la realidad argentina, al margen de la Ley, por cuanto, el Art. 1 de nuestro texto fundamental establece que nuestra forma de gobierno, es representativa y republicana. El Art. 22 de nuestra Constitución, nos dice que “El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución”, por lo tanto, no se puede bajo ningún aspecto reemplazar el mandato constituyente, establecido hace 170 años por nuestros padres fundadores.

La reforma constitucional de 1994, incorporó mecanismo de participación popular, mediante ellos, se consulta al pueblo si está de acuerdo, o no, con un proyecto de ley o decisión de gobierno, la Ley 25.432 reglamentaria de la regla constitucional, establece que esta deberá contener el texto íntegro del proyecto de ley o decisión política objeto de consulta y señalar claramente la o las preguntas a contestar por el cuerpo electoral, cuyas respuestas no admitirán más alternativa que la del sí o el no, debiendo realizarse dentro de un plazo no inferior a 60 días y no superior a 120 días corridos desde la fecha de publicación de la ley o el decreto de convocatoria en el Boletín Oficial de la República Argentina, por lo tanto, nos cabe preguntarnos ¿cada decisión o medida de gobierno, deberá ser el resultado de una consulta permanente? y, entendiendo que cada consulta significa una erogación por parte del Estado, la cuales deberán ser afectada al crédito previsto anualmente en el presupuesto nacional.

Otra cuestión, que debe ser tenida en cuanta, al ser una “consulta no vinculante”, esta puede ser convocada por el Congreso o por decreto del Ejecutivo; la convocatoria debe ser sobre materias que son competencia del órgano que convoca, en tal sentido, nunca el Ejecutivo puede convocar a consulta sobre competencias del Congreso o sobre el Poder Judicial, así y viceversa; el voto no es obligatorio como tampoco la decisión que adopte la ciudadanía, la cual no es jurídicamente obligatoria para el órgano convocante, en definitiva y en palabras del Constitucionalista Gregorio Badeni “la consulta popular no vinculante es una especie de encuesta oficial con la cual se recaba la opinión de la ciudadanía”.

En este tiempo, es fundamental, hablar con claridad, sabiendo que no existen soluciones mágicas, que la inflación, la inseguridad, no se resuelve “dinamitando” o con “sangre”, se resuelve con un plan económico, que de certeza y recupere la confianza, la Constitución es sabía, no se puede sortear la misma, hay que conocerla y respetarla, la consulta popular, no es un mecanismo que resuelve las diferencias políticas, celebramos y propugnamos una mayor participación popular en la toma de las decisiones políticas, por cuanto la participación es el medio más afectivo para lograr las transformaciones, pero en el marco de la Constitución Nacional, no como un canto de sirenas.

Guardar