Es la política, estúpido

Un juicio político no es un voto de censura, distintivo de los sistemas parlamentarios, en los que para destituir a un funcionario público es suficiente alcanzar un cierto número de votos

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Los cuatro integrantes de la Corte Suprema
Los cuatro integrantes de la Corte Suprema

Sobre el juicio político se podría decir lo mismo que Gandhi respondió cuando le preguntaron por la civilización occidental: “Pienso que sería una buena idea”. Se trata de una institución que muy pocas veces ha sido puesta en práctica como corresponde, particularmente en Argentina.

El muy reciente pedido de juicio político a los miembros de la Corte Suprema no es una excepción. Cuatro jueces bastante heterogéneos, designados por gobiernos diferentes, que además entienden al derecho de modos muy distintos, solo tienen en común haber sido elegidos como blanco de una maniobra de distracción por parte del oficialismo. Para ser estrictos, otro rasgo común que comparten tres de los cuatros miembros actuales de la Corte Suprema es su simpatía por el peronismo.

Tal como se puede apreciar en varias declaraciones, el oficialismo cree que el dictado de sentencias como la que decidió cuánto le corresponde a la Ciudad de Buenos Aires en virtud de la coparticipación federal o el fallo Muiña que convalidó un derecho humano fundamental como lo es la aplicación del principio de la ley más benigna en un caso penal, configuran un caso de “mal desempeño” o “delito” cometidos en el ejercicio de la función judicial. Como se puede apreciar, los jueces de la Corte no son acusados por mal desempeño en el ejercicio de su función sino por haberse empeñado en ella, que consiste precisamente en dictar sentencias, en especial tomar una decisión que resuelva profundos desacuerdos sobre la interpretación del derecho vigente. Paradójicamente, la acusación legislativa oficialista invoca la separación de los poderes cuando ella misma la está violando al pretender revisar las decisiones de la Corte Suprema.

Es natural preguntarse por la explicación de semejante fenómeno. Una hipótesis que salta a la vista es que el oficialismo trata de sacar provecho de los malentendidos que provoca la expresión “juicio político”, la cual parece ser una contradicción en sus términos. La decisión de un tribunal debe guiarse exclusivamente por las reglas y las formas jurídicas, no por el razonamiento político. De otro modo, el juicio se convierte en una farsa. No es casual que la sola mención de un juicio político traiga a la mente los juicios de Moscú impulsados por Stalin. Además, si el juicio es político en este sentido, la acusación por lo tanto se refiere también a un acto no menos político, a un delito político en el sentido liberal de la expresión y de ahí la mala prensa que tiene usar el derecho como un arma contra aquellos que no comparten nuestras ideas políticas.

Germán Martínez, jefe de la bancada kirchnerista, en la comisión de Juicio Político (Maximiliano Luna)
Germán Martínez, jefe de la bancada kirchnerista, en la comisión de Juicio Político (Maximiliano Luna)

Pensándolo bien, quizás un juicio político no sea contradictorio sino redundante. Todo depende de si la política no es tomada en el sentido peyorativo de la expresión sino en su acepción favorable. Después de todo, el derecho no es un fenómeno natural, sino que es el resultado de una decisión política, y una decisión política característicamente moderna —tal como se puede apreciar en cualquier declaración de derechos— consiste en que la política misma se ate las manos y se abstenga de intervenir en las decisiones jurisdiccionales. Las revoluciones modernas se explican en gran medida como una reacción ante las arbitrariedades que cometía el Antiguo Régimen, particularmente en materia jurisdiccional. La política moderna entonces no impide sino que exige la despolitización de todo ejercicio jurisdiccional.

De hecho, nuestra Constitución —muy atinadamente— no habla de “juicio político” sino de “juicio público”. Esto refuerza la idea de que un juicio político no es un voto de censura, distintivo de los sistemas parlamentarios, en los que para destituir a un funcionario público es suficiente alcanzar un cierto número de votos.

La naturaleza estrictamente jurisdiccional del juicio político se puede apreciar nítidamente cuando rastreamos los orígenes de esta disposición constitucional. Tal como lo explica Alexis de Tocqueville en La democracia en América, el juicio político —es decir el “juicio que pronuncia un cuerpo político momentáneamente revestido del derecho de juzgar”— deriva del impeachment, un término inglés de raíz francesa, que designa un procedimiento que era característico de los parlamentos en Francia y en Inglaterra.

Cabe recordar que los parlamentos europeos como el francés y el inglés reunían funciones legislativas y jurisdiccionales. Sin embargo, del hecho de que los legisladores puedan actuar como jueces no se sigue que durante un juicio puedan atender indistintamente ambas ventanillas. Como muy bien explica Tocqueville, durante un juicio político europeo “el legislador se ha transformado en magistrado; puede establecer el crimen, clasificarlo y castigarlo. Al darle los derechos del juez, la ley le ha dado al legislador todas las obligaciones y lo ha atado a la observancia de todas las formas de la justicia”.

Fue sobre la base del impeachment europeo que se montó el juicio político estadounidense, que a su vez sirvió de inspiración directa para nuestra propia Constitución. En comparación con el europeo, el juicio político estadounidense es mucho más administrativo ya que el posible efecto del proceso no es una condena penal sino la destitución del acusado. Sin embargo, como también explica Tocqueville, si bien los estadounidenses “le han quitado al juicio político sus grandes rigores” en relación a las consecuencias, ya que el juicio político “es el arma más formidable que se haya puesto jamás en manos de la mayoría”, los estadounidenses también “le han dado a la destitución administrativa todas las garantías del juicio político”, lo cual excluye la posibilidad de admitir pruebas obtenidas ilegalmente. La última de las reflexiones de Tocqueville sobre “el juicio político en Estados Unidos” es bastante reveladora: “Creo que se podrá reconocer fácilmente cuándo las repúblicas americanas comenzarán a degenerarse: será suficiente ver si aumenta el número de juicios políticos”.

En conclusión, un juicio político es un juicio en el que los legisladores excepcionalmente deben actuar como jueces: no es un espectáculo ni un arma meramente política, sino un proceso que solo tiene sentido si se cumple rigurosamente con todas sus formas. Si las formas jurídicas solo se emplean de la boca para afuera lo único que se obtiene es un juicio político pero en el sentido despectivo de la expresión, “una comedia ridícula” como sostuvo Robespierre en referencia al proceso a Luis XVI.

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