La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó recientemente la ley que regula el funcionamiento de las cooperadoras escolares, en el ámbito de las escuelas públicas del mencionado distrito. Durante su tratamiento, el proyecto recibió fuertes críticas por parte de legisladores kirchneristas y de integrantes de cooperadoras escolares, alineados con el gobierno nacional.
Uno de los cuestionamientos se funda en que la ley impide el derecho a voto a eventuales socios de las cooperadoras, que no tengan parentesco con los niños o jóvenes inscriptos en el establecimiento. Se ha dicho, desde el kirchnerismo, que esta prohibición resulta “antidemocrática”. Ahora bien, en realidad, no existe motivo alguno para que personas ajenas a la relación familia-escuela adopten decisiones respecto de cómo debe llevarse adelante la tarea de colaboración con el establecimiento educativo y su equipo de conducción.
Cabe destacar, respecto de este punto, que el kirchnerismo históricamente tuvo en sus planes la idea de infiltrar a las cooperadoras con militantes propios, transformándolas en órganos de oposición al gobierno de CABA. Ya en la Ley Nacional de Cooperadoras Escolares se establecía que “Los docentes, los alumnos mayores de dieciocho (18) años de edad y los ex-alumnos de la institución podrán formar parte de la cooperadora, como así también, otros miembros de la comunidad, conforme lo dispongan las reglamentaciones jurisdiccionales.”
Hábilmente, la norma recientemente sancionada, evita contradecir la norma nacional, aceptando la participación de personas que no forman parte de la relación familia-escuela (en CABA, no existía esta posibilidad) pero sin permitirles el derecho a voto, que la “ley Filmus” tampoco exige, porque tal exigencia hubiese sido una intromisión inconstitucional en las autonomías locales.
Otro de los aspectos de la ley que despertó críticas es la limitación de la reelección de autoridades. En particular, la norma exige que el Presidente, el Tesorero y el Secretario reelijan una sola vez, por mandatos de dos años, con una excepción: la posibilidad de ser reelegidos por un período más, si no se presentaran otros postulantes.
Pese a ser tildada de “antidemocrática”, esta norma no hace más que garantizar que no sean siempre los mismos familiares de alumnos quienes detenten los cargos más importantes, con el consecuente daño a la transparencia y las buenas prácticas institucionales que suele provocar la falta de recambio. La norma obliga a generar una transmisión de información y conocimientos relativa al manejo de este tipo de asociaciones que, obviamente, no es del agrado de sectores autoritarios.
Finalmente, la norma más controvertida ha sido la que establece que “La Comisión Directiva no podrá utilizar la Cooperadora Escolar para promover actividades con fines comerciales, político partidarios, religiosos y cualquier otro que sea ajeno a las funciones propias de las Cooperadoras o cualquiera que implique conflicto de intereses…”.
Durante los últimos años, ha habido cooperadoras escolares que adhirieron expresamente a consignas y propuestas partidarias, sindicales y de abierto conflicto con autoridades públicas. Algunos ejemplos: la cooperadora de una escuela primaria exhibió durante varios meses, en su cartelera, la foto de Santiago Maldonado, destacando su carácter de víctima de desaparición forzada, aún cuando cincuenta peritos ya habían determinado la falsedad de esa afirmación; recientemente, una cooperadora de una escuela secundaria, apoyó abiertamente, con comunicados públicos, la toma ilegal del edificio escolar por parte de un grupo de alumnos; otras cooperadoras, son aún más directas, y en sus cuentas oficiales esgrimen consignas contrarias al partido que gobierna el distrito o al mismo gobierno de la Ciudad.
El kirchnerismo porteño ha catalogado a esta prohibición como restrictiva de la libertad de expresión y del derecho de peticionar a la autoridad, pero la realidad es que, para expresar ideas o intereses partidarios, cuestionar gobiernos o dedicarse a controversias de la política nacional, los ciudadanos no necesitan de una asociación cooperadora. Tienen la potestad de ejercer esos derechos por sí, o de asociarse con dichos fines, a través de otras organizaciones.
La pregunta es por qué motivo, si ya gozan de estos derechos por otras vías, hay ciudadanos que pretenden ejercerlos a través de las cooperadoras escolares. Y la respuesta es muy sencilla: las cooperadoras escolares manejan fondos propios (que aportan los familiares de los alumnos) y fondos estatales, que provee anualmente el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La utilización de esos fondos y la actividad de los socios, al provocar mejoras significativas en las escuelas, generan elevados niveles de prestigio para este tipo de instituciones que, además, por razones funcionales, gozan del monopolio de la colaboración dentro de los establecimientos educativos. El kirchnerismo pretende, entonces, utilizar el prestigio de las cooperadoras escolares con fines facciosos. En fin, no tiene la misma legitimidad cuestionar al oficialismo local desde una asociación cooperadora que hacerlo desde una agrupación de La Cámpora.
Este tipo de conductas no solo desalientan la participación y se traducen en menos aportes económicos, sino que resultan inapropiadas para su óptimo funcionamiento. En efecto, siendo la cooperadora escolar la única institución de colaboración en los establecimientos educativos, y detentando una función pública, como es la de manejar fondos que le asigna la Ciudad, su participación en aquellos aspectos que la nueva ley prohíbe, vulnera el derecho a colaborar de aquellos que quieren hacerlo, sin embanderarse detrás de causas en las que no creen. Y vulnera el derecho de todos los contribuyentes de la Ciudad, consistente en que los fondos públicos asignados a las cooperadoras no se traduzcan en actividades de colaboración, luego utilizadas en provecho de un sector político.
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