Luis Suárez a River: ¿cuánto deberá pagarle a la AFIP por su contrato?

Qué tipo de contribuyente sería el uruguayo y qué impuestos le correspondería abonar como futbolista de acuerdo con esa categorización

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Luis Suárez (REUTERS/Juan Medina)
Luis Suárez (REUTERS/Juan Medina)

La noticia de que el delantero uruguayo Luis Suárez podría aterrizar en River Plate no sólo revolucionó al mundo del fútbol (y de las redes sociales, desde ya), sino también el intrincado escenario de los impuestos.

Muchas son las teorías y los guiños que alimentan la posibilidad de que el ex Barcelona y Atlético de Madrid se ponga la camiseta de la banda. Todos coinciden en las ganas (incluido el autor de esta nota), pero muchas veces el viejo y vil metal pone paños fríos al entusiasmo.

Ahí es donde asoman distintos aspectos económicos y, entre ellos, aparece la pregunta inevitable sobre los impuestos. Si Suárez firma con el club de Núñez, ¿qué tributos debería abonar?

¿Residente o no residente?

El primer aspecto que hay que considerar es qué tipo de contribuyente sería Luis Suárez, así como los impuestos que le correspondería abonar como futbolista de acuerdo con esa categorización.

Comencemos por el final. Al tratarse de un deportista profesional, el goleador uruguayo debería abonar el Impuesto a las Ganancias.

Si Suárez decidiera tramitar la residencia en la Argentina, entonces todo lo que genere, sea en nuestro país o en el exterior, quedaría en la misma bolsa y debería pagar Ganancias en su totalidad a la AFIP

Para poder determinar la incidencia de este impuesto, más allá de los valores del contrato (que imaginamos importante desde el punto de vista económico), es vital saber si se trata de un residente o un no residente fiscal en la Argentina, en los términos que define la normativa vigente.

No tenemos muchos detalles sobre su situación fiscal actual. Se sabe que es uruguayo y que reside en España actualmente, pero la realidad es que desconocemos si tiene la residencia fiscal en alguno de esos países o en otro lugar.

Sin embargo, nos alcanza con suponer que es del exterior para ubicarlo dentro de la categoría de no residente. En este caso, el delantero debería abonar exclusivamente por las rentas generadas en la Argentina, según la alícuota progresiva que fácilmente -sobre todo con sueldos altos- llega al 35%. En el siguiente punto explicaremos este caso.

Ahora bien, si Suárez decidiera tramitar la residencia en la Argentina, entonces todo lo que genere, sea en nuestro país o en el exterior, quedaría en la misma bolsa y debería pagar Ganancias en su totalidad a la AFIP.

El caso especial del no residente con permanencia

En el caso particular del goleador (y el de cualquier otro deportista o profesional o trabajador no residente), salvo los primeros seis meses (donde podría ser considerado un beneficiario del exterior y aplicársele una retención menor a la de los empleados en relación de dependencia, con carácter de pago único y definitivo) la ley del impuesto contempla una figura especial, que es la del no residente con permanencia en el país por motivos laborales.

Al tratarse de un deportista profesional, el goleador uruguayo debería abonar el Impuesto a las Ganancias

La idea es permitirles a los extranjeros que sólo vienen al país para cumplir con un contrato determinado instalarse sin pagar todos los impuestos que afronta un residente argentino.

¿Qué contempla esta figura? En estos casos, si el deportista o profesional viene a trabajar a la Argentina por un tiempo mayor a los 6 meses y menor a los 5 años, puede ser considerado como un no residente.

O sea: si Suárez viene a jugar para River Plate y firma un contrato por 3 años, deberá abonar Ganancias sólo por el resultado de sus ingresos como jugador del Millonario (o por cualquier otra renta que tenga su origen en nuestro país).

Los ingresos que le pague la AUF quedarán fuera del alcance de la AFIP, así como los pagos por publicidad fuera del país (no así si se tratase de una publicidad para la Argentina, ya que ese ingreso sería considerado de fuente nacional).

Si Suárez viene a jugar para River Plate y firma un contrato por 3 años, deberá abonar Ganancias sólo por el resultado de sus ingresos como jugador del Millonario

Del mismo modo, si el uruguayo tuviera ingresos provenientes de inversiones que realizó en Uruguay o en España (u otro punto del planeta), no debería declararlas ante el organismo que comanda Mercedes Marcó del Pont.

Su situación ante el fisco nacional podría cambiar después, si finalizado el contrato, renuevan por la misma cantidad de años. En ese caso, una vez culminado ese plazo de gracia, deberá pagar como cualquier residente argentino.

¿Qué pasa con Bienes Personales?

Con el Impuesto sobre los Bienes Personales -que se ha vuelto bastante gravoso durante los últimos años, gracias a los cambios en sus alícuotas- se aplica un tratamiento similar al de Ganancias.

Durante los primeros cinco años de permanencia en el país el goleador charrúa tributará únicamente por el patrimonio que posea o adquiera durante su estadía en la Argentina.

Por el contrario, los activos que Suárez posea fuera de la Argentina -al menos en ese período de permanencia- quedarán fuera del alcance del organismo de recaudación nacional.

Durante los primeros cinco años de permanencia en el país el goleador charrúa tributará únicamente por el patrimonio que posea o adquiera durante su estadía en el país

En definitiva, si Suárez decide firmar con River Plate, el importe que deberá abonar en concepto de Ganancias y Bienes Personales dependerá, en gran medida, de lo que gane (o adquiera) y de la cantidad de tiempo que juegue en la Argentina.

Creemos, en base a lo planteado, que el factor impositivo no será un impedimento para el fichaje y esperamos que la operación se concrete para poder gozar de los goles y la garra del cañonero uruguayo.

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