El papa Francisco y la nueva Constitución de la Curia Romana

Con el Santo Padre renacieron las ilusiones perdidas de restauración planteadas por Francisco de Asís en 1210

Guardar

Con perfume de Francisco

El eminente filósofo y teólogo católico suizo Hans Kung tituló una nota publicada en el diario español El País del 10 de mayo de 2013: “¿Es el Papa Francisco una paradoja?”. Y sigue diciendo: “¿Quién lo iba a pensar? Cuando tomé la decisión de renunciar a mis cargos honoríficos en mi 85º cumpleaños, supuse que el sueño que llevaba albergando durante décadas de volver a presenciar un cambio profundo en nuestra Iglesia como con Juan XXIII nunca llegaría a cumplirse en lo que me quedaba de vida”.

“Y, mira por dónde, -prosigue diciendo Kung- he visto cómo mi antiguo compañero teológico Joseph Ratzinger —ambos tenemos ahora (2013) 85 años— dimitía de pronto de su cargo papal y, precisamente el 19 de marzo de 2013, el día de su santo y mi cumpleaños, pasó a ocupar su puesto un nuevo Papa con el sorprendente nombre de Francisco.”

“Francisco significa: paupertas (pobreza), humilitas (humildad) y simplicitas (sencillez), pretensiones, por demás elevadas frente a las prácticas decadentes de la cúpula de la Iglesia católica apostólica y romana.”

Con Francisco renacieron las ilusiones perdidas de restauración planteadas por Francisco de Asís en 1210

Tomamos como punto de partida la nota citada, profética al cabo de nueve años de concreción de las reformas profundas que se suceden desde el 19 de marzo de 2013 y ante la concreción de un próximo cambio.

¿Por qué transformaciones paradojales?

En la nota que mencionamos el sacerdote y teólogo católico suizo explica el contexto histórico y las circunstancias en las que Francisco de Asís visitó al Papa Inocencio III (1198-1216). Este fue quien autorizó la orden de los franciscanos. Fue paradojal porque el espíritu de aquellos contradecía el de Inocencio III que fue quien sentó las bases de un poder omnímodo, no sólo espiritual sino también terrenal de dominio político por sobre reyes y emperadores y también militar (entre otras cosas encaró la Cruzada Santa), chocando con las preocupaciones centrales de Francisco propias del cristianismo primitivo. Preocupaciones que -dice Kung -”han seguido siendo hasta hoy cuestiones vigentes planteadas en el seno de la Iglesia católica”. No superadas. Y es sobre ellas, Concilio Vaticano II mediante, que los cardenales, haciéndose cargo de una Iglesia en ruinas, oyeron al Cristo que pedía “repara mi Iglesia”. Entonces, en el cónclave de marzo de 2013, eligieron a un albañil argentino, y este, abrazando el desafío, clavó su rumbo en la historia a partir de llamarse -como ningún otro papa jamás se llamó -Francisco. ¿No es acaso esta encomienda otra paradoja?

Los profundos cambios que el Colegio de cardenales le encomendó al nuevo pontífice en la Congregación previa al Cónclave los viene llevando paso a paso y con mano firme en estos 9 años. Hoy se le suma la reforma también encomendada por aquellos de la constitución de la Curia romana.

Antes de ver brevísimamente de que se trata la nueva constitución, recordemos a nuestros lectores, qué diferencia hay entre un consistorio y un cónclave.

Cónclave y consistorio

Con la palabra “cónclave” se designa la asamblea de cardenales destinada a la elección del Santo Padre cuando el cargo se encuentra vacante. Es una elección secreta que se realiza en la Capilla Sixtina y de la que participan todos los cardenales del mundo que no tengan 80 años cumplidos.

El consistorio es la reunión de cardenales convocados por el Santo Padre. Según el Derecho Canónico, ref. de 1983, existen dos tipos de consistorios de cardenales: ordinarios y extraordinarios.

El extraordinario se celebra en casos particulares y se convoca a todos los cardenales del mundo; el ordinario tiene lugar cuando el Papa necesita el consejo de los cardenales sobre algún asunto importante (aunque fuere rutinario), o bien para dar solemnidad a una decisión papal como, por ejemplo la aprobación de canonizaciones.

Por otra parte pueden tener carácter secreto o público. En el primero sólo el Papa y los cardenales pueden estar presentes. El Papa puede llevar a cabo la creación de nuevos cardenales, anunciar los nombres de aquellos a quienes desea elevar al cardenalato y recabar su opinión. El Papa procede a hacer la designación oficial de los cardenales nuevos. También es en estos consistorios cuando el Papa elige al camarlengo (administrador del Tesoro, quien anuncia la muerte del papa y quien convoca al cónclave) y al vicecanciller, hace nombramientos de obispos, arzobispos y patriarcas, las transferencias a otras sedes episcopales, el nombramiento de coadjutores, la creación de nuevas diócesis, y la división o fusión de diócesis existentes.

El Papa Francisco solo convocó otro consistorio extraordinario desde su elección, el 22 de febrero de 2014 que se centró en la familia y que tras el sínodo del 2015 daría lugar a la exhortación apostólica postinodal Amoris laetitia.

En 2015, el Papa Francisco había creado 15 cardenales electores y cinco no electores. En consistorios posteriores, creó otros 73 cardenales, incluyendo 48 electores, lo que ha hecho que el rostro del Colegio Cardenalicio -según se ha dicho -cambie profundamente en los últimos años. El próximo 27 de agosto el Papa Francisco nombrará a 21 nuevos cardenales; el 29 y 30 de agosto habrá un consistorio extraordinario, algo que no ocurría desde el año 2015. Tras el consistorio de agosto, habrá 132 electores, el 62 por ciento designados por Francisco. Muchos son de las periferias.

El consistorio extraordinario para la aprobación de la constitución Praedicate evangelium

El consistorio extraordinario del día 27 de agosto estará destinado a la aprobación de la creación de nuevos cardenales y los de los días 29 y 30 de agosto -con la aprobación e incorporación previa de los nuevos cardenales aludidos designados por el Santo Padre -estará dedicado a la discusión de la nueva Constitución Praedicate evangelium.

El papa Francisco solo ha convocado otro consistorio extraordinario desde su elección en 2013, la reunión que tuvo lugar el 22 de febrero de 2014, que se centró en la aprobación de la encíclica sobre la Familia.

Reforma de Francisco en la Curia romana la Constitución “Praedicate evangelium”

¿Qué es la Curia romana? Es el conjunto de dicasterios que con distintas competencias: Congregaciones, Pontificios consejos, Tribunales, además de la Secretaría de Estado y demás organismos tienen la misión de colaborar con el Papa como Pastor Supremo de la Iglesia universal y de las Iglesias particulares.

La actual reforma a la Constitución de la Curia Romana será presentada por el Papa al Consistorio de los días 29 y 30 de agosto y consiste básicamente en los siguientes puntos:

El Primer Dicasterio pasa deja de ser el de la Congregación para la Doctrina para la fe y pasa a ser el Dicasterio para la Evangelización

Este dicasterio tiene la particularidad que será presidido directamente por el Papa y tendrá “dos secciones: una para las cuestiones fundamentales de la evangelización en el mundo y otra para la primera evangelización y las nuevas Iglesias particulares en los territorios de su competencia”.

La unificación del departamento de evangelización de la antigua Congregación para la evangelización de los pueblos, tradicionalmente “Propaganda fide”, hoy dirigida por el cardenal filipino Tagle, y el Pontificio Consejo para la Nueva Evangelización, hasta ahora encomendado al arzobispo Fisichella. Los dos pasan a ser pro-alcaldes.

Comisión para la Protección de los Menores

La Doctrina de la Fe absorberá la Comisión para la Protección de los Menores, el primer órgano instituido por Francisco.

Secretaría de Estado

Sigue siendo central la Secretaría de Estado, ya denominada “secretaría pontificia” por Pablo VI…”ayuda de cerca al Romano Pontífice en el ejercicio de su suprema misión”.

Se crea un Dicasterio para la Caridad

La actual Limosnería Apostólica pasa a tener el rango de Dicasterio.

El Dicasterio para el Desarrollo Humano Integral, integrará al Consejo para la Pastoral de los Profesionales de la Salud.

Cultura y Educación Católica

En particular, ahora se fusionan el Consejo Pontificio para la Cultura y la Congregación para la Educación Católica, que en el proceso gradual de reforma, sin embargo, había perdido competencia sobre los seminarios (anteriormente su misión principal).

Dicasterio de los Obispos

La Comisión Pontificia para América Latina permanece dentro de este Dicasterio para la vida y desarrollo de las Iglesias particulares en ayuda de los Dicasterios interesados y ayudarlos con consejos y con medios económicos.

La oficina de personal de la Curia a la Secretaría de Economía

Por otro lado, el paso de la Oficina de Personal de la Curia a la Secretaría de Economía (Spe) es inédito, como lo es el significativo indicio de que la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (Apsa) debe actuar a través de la actividad instrumental de la Instituto a las Obras de la Religión.

El término de los mandatos de los clérigos y religiosos

Por último agreguemos que en los 250 artículos de la nueva Constitución, también se establece que los clérigos y religiosos que sirven en la Curia romana tendrán un mandato de cinco años, prorrogables por otros cinco, después de los cuales regresan a las diócesis y comunidades de referencia.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar