Leyes y tecnología avanzan, pero todavía nos piden fotocopias

El caso de una persona que tomó la decisión de modificar su identidad de género es un caso testigo de innumerables situaciones que se viven día a día en la administración pública y en el sector privado

Los organismos especializados en materia de igualdad de género deberían realizar capacitaciones y brindar material simplificado para contar con mecanismos adecuados (EFE/Miguel Lemus/Archivo)

Recientemente se cumplieron 10 años de la sanción de la Ley de Identidad de Género, tiempo en el que hubo innumerables hitos a nivel social y de acceso a derechos; y si bien lo común es que las leyes vayan a pasos más lentos que la tecnología, este caso en particular es una excepción.

La odisea de recorrer organismos

El trámite de rectificación de partida de nacimiento, origen formal de la modificación de género, se realiza en el Registro Civil correspondiente, pero después es necesario tramitar ante el Renaper el nuevo ejemplar del DNI para que bajo el mismo número, género y nombre queden actualizados. Y acá es donde empieza el desfasaje entre la Ley y la tecnología.

Existen otros organismos nacionales que gestionan nuestros datos (por ejemplo AFIP y Anses), en donde la información no se actualiza automáticamente, sino que hay que presentarse personalmente para solicitar la modificación.

Esto abre los primeros interrogantes: al ser organismos de carácter nacional, ¿no deberían cotejar datos entre sí de forma automática? Y si por alguna razón estos organismos necesitaran, por ejemplo, copia de la partida de nacimiento rectificada, ¿no se debería poder acceder automáticamente si ya fue presentada ante RENAPER?

Acciones aisladas ante la falta de normativa

Seguramente tanto AFIP como Anses querrían estar aún más conectados con el resto de las dependencias públicas y que menos gente fuera a sus oficinas, pero esto no depende de la decisión de un solo organismo: quizás debamos instalar en agenda la necesidad de desarrollar una normativa que abarque la transversalidad del Estado Nacional en lo que refiere a tratamiento y cotejo de datos personales, con el foco puesto en la optimización de procesos, en facilitarle la vida al ciudadano y en proteger sus datos.

El trámite de rectificación de partida de nacimiento, origen formal de la modificación de género, se realiza en el Registro Civil correspondiente, pero después es necesario tramitar ante el Renaper el nuevo ejemplar del DNI

El quid de la cuestión es que si bien estamos hablando de un caso puntual (identidad de género), la ausencia de mecanismos para cotejar información automáticamente afecta a innumerables situaciones. Por ejemplo, ¿por qué una persona debería presentar más de una vez la misma documentación, cuando se trata del mismo Estado?

El sector privado no es ajeno

Si volvemos a la persona que modificó su nombre e identidad de género, es probable que también se encuentre con situaciones en las que su nombre biológico continúe vigente:

- Billeteras virtuales: en la mayoría de los casos, no disponen de mecanismos de rectificación de identidad. Y si se abre un reclamo, pueden pasar meses sin respuesta.

- Bancos: En los bancos con sucursales se puede ir personalmente y realizar el trámite. Pero por alguna razón las transferencias seguirán llegando a los destinatarios con el nombre biológico. Acá volvemos al punto de la falta de interconectividad pero dentro del sistema financiero.

- Empresas de servicios: tampoco cuentan con mecanismos para estos requerimientos.

¿Cómo se puede cambiar esta realidad?

Las posibles acciones para modificar lo que sucede actualmente en organismos públicos y empresas son:

- Redacción de procedimientos formales: cuando una organización no tiene procedimientos de trabajo escritos los equipos de trabajo, si no se encuentran familiarizados con el trámite, no saben por dónde comenzar. Escribir y certificar procedimientos implica dar un paso en la evolución de las organizaciones.

- Instalar el tema en agenda: Tecnológicamente no presentaría mayor dificultad generar mecanismos simples para resolver una rectificación de datos. Acá podría sumarse el trabajo de asociaciones y fundaciones.

- Capacitación: los organismos especializados en materia de igualdad de género deberían realizar capacitaciones y brindar material simplificado para contar con mecanismos adecuados.

- Desarrollar normativa innovadora para compartir datos entre organizaciones teniendo presente la evolución de tecnologías que permiten interconectar plataformas y también tecnologías emergentes como blockchain e inteligencia artificial; por supuesto, siempre adecuado a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales y las normas vigentes.

El caso de una persona que tomó la decisión de modificar su identidad de género es un caso testigo de innumerables situaciones que se viven día a día en la administración pública y en el sector privado. Las leyes avanzan, la tecnología avanza, pero en algunos lugares todavía hay que llevar la fotocopia.

SEGUIR LEYENDO: