El impuesto sobre los Ingresos Brutos fue creado en el año 1977 y puesto en ejecución de inmediato en todas las provincias. En 1993, tan sólo 16 años después, se firmó el Primer Pacto Fiscal, donde las provincias se comprometían frente al gobierno nacional a eliminar este impuesto. El pacto nunca llegó a aplicarse. Su propósito expreso era que, al menos en algunas actividades, Ingresos Brutos quedara sin efectos a mediados de 1995. Pero en el medio, el “efecto tequila” obligó a postergar la decisión de manera indefinida.
Unos 24 años después, en 2017, bajo la presidencia de Mauricio Macri, llegó la firma del segundo pacto fiscal, donde se consensuó con las provincias una rebaja del impuesto a la largo de cinco años hasta llegar a la eliminación del impuesto en muchas actividades primarias e intermedias. Lamentablemente, la historia se repitió: en 2019, tras la asunción de Alberto Fernández, se suspendió el Pacto Fiscal, luego se derogó y en 2021 se retomó el incremento de las alícuotas.
Existe un consenso generalizado entre los profesionales de las ciencias económicas sobre este tributo: es un mal impuesto. Es, sin duda alguna, el más bruto de los impuestos. El mismo reúne las tres peores características que puede tener un tributo: es regresivo, acumulativo e indirecto.
Es regresivo, pues el último eslabón de la cadena soporta el impuesto sin considerar su capacidad contributiva. Es decir que el consumidor final del bien o servicio es quien paga el impuesto total. Esto impacta regresivamente y de mayor medida en las familias de menores recursos, quienes tienen muy baja o nula capacidad de ahorro, por lo que el 100% de su ingreso se destina al consumo, donde les impacta el gravamen.
Es acumulativo, ya que afecta a toda la cadena de producción y servicios por el efecto de su traslado. El impuesto se paga en cada eslabón de la cadena de producción y, por lo tanto, su peso aumenta cuanto más larga es la cadena de valor.
Este efecto acumulativo genera que el impuesto se vaya agregando al costo de una etapa y se incluya en la base imponible para calcular el impuesto en la próxima etapa, es decir que se paga impuesto sobre impuesto. Este mecanismo incentiva a la integración vertical, es decir que una misma empresa se ocupe de la mayor parte de las etapas productivas de la cadena de producción para evitar el costo acumulado del tributo y lograr reducir el costo final del producto, afectando principalmente a las pequeñas empresas que intervienen en las etapas intermedias.
Es indirecto, es decir, quien lo liquida no es quien lo paga, sino que lo traslada al precio y lo termina soportando el consumidor final.
A pesar del enorme consenso en torno a los perjuicios que el impuesto a los Ingresos Brutos trae a la economía del país, las provincias están de acuerdo en mantenerlo. ¿Por qué sigue vigente?
La respuesta es simple: se trata del principal ingreso propio de las provincias. En 2020 representó aproximadamente el 75% de la recaudación total de las provincias vs 7% inmobiliario y 6% patentes.
A pesar de los dos Pactos Fiscales que se firmaron para intentar reducir y eliminar este tributo, a que este impuesto existe solamente en Argentina y a todos los perjuicios que el Impuesto a los Ingresos Brutos trae a nuestro país, hoy, a poco menos de 50 años de su creación, se encuentra en plena vigencia y con el nivel máximo de alícuotas desde su creación. Repensar el sistema tributario para que sea más simple y progresivo, alentando la inversión y la creación de riquezas, se vuelve urgente en un país con alta informalidad y cada vez más pobres.
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