En 2019, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el máximo órgano judicial de la ONU, creado en 1945 para resolver conflictos entre Estados, dictó una opinión consultiva declarando ilegal la ocupación británica en un caso muy similar al de nuestras islas Malvinas: el archipiélago de Chagos.
La Corte tiene dos tipos de competencia: contenciosa y consultiva. La competencia contenciosa se inicia por la demanda de un Estado contra otro. En estos casos el tribunal dicta fallos obligatorios; si no se cumplen, el ganador puede pedir la intervención del Consejo de Seguridad.
La competencia consultiva, en cambio, se activa por un pedido de la Asamblea General, del Consejo de Seguridad y de otros órganos y agencias de la ONU autorizadas por la Asamblea (el Consejo Económico y Social, la Organización Mundial de la Salud, etc.). Las opiniones consultivas son interpretaciones no obligatorias que fijan estándares y sirven como diplomacia preventiva.
Desde que entró en funcionamiento en 1946, la Corte dictó 28 opiniones consultivas. La última, del 25 de febrero de 2019, fue en el caso Chagos, iniciado en junio de 2017 por un pedido de la Asamblea General.
En 1965, tres años antes de reconocer la independencia de Mauricio, una isla ubicada al este de Madagascar, en el océano Índico, el Reino Unido separó políticamente al archipiélago de Chagos (7 atolones y alrededor de 60 islas al noreste de Mauricio) y lo incluyó en lo que llamó Territorio Británico del Océano Índico. Mauricio, gobernada por autoridades coloniales, aceptó a cambio de tres millones de libras esterlinas y de su libertad, que llegaría en 1968.
Mientras tanto, entre 1965 y 1973, la población de Chagos (unas 2000 personas descendientes de esclavos) fue expulsada e instalada en Mauricio y en las islas Seychelles, donde sufrió discriminación y extrema pobreza. En 2002, una ley permitió que los chagosianos nacidos entre 1969 y 1982 aplicaran para obtener la nacionalidad británica. Desde entonces, alrededor de 3000 nativos o descendientes de Chagos se asentaron en el Reino Unido. La mayoría vive en Crawley, una localidad a 45 kilómetros al sur de Londres, donde también sufren discriminación, racismo y pobreza, en especial por los altos costos administrativos de los trámites para obtener la visa.
¿Qué tiene que ver todo esto con las Malvinas? Que, en su opinión consultiva de 2019, la Corte Internacional de Justicia calificó la ocupación inglesa de Chagos como ilegal y utilizó argumentos que podrían trasladarse a nuestras islas.
En su resolución 1514 de 1960, la Asamblea General de la ONU proclamó “la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones” y reconoció los principios de libre determinación y de integridad territorial de los pueblos. Empezaba el proceso de descolonización.
Cinco años más tarde, en 1965, la Asamblea emitió su famosa resolución 2065 sobre Malvinas, que reconoció la disputa de soberanía entre Argentina y el Reino Unido y la encuadró como una situación de colonialismo. Además, instó a ambos países a encontrar una solución amistosa en los términos de aquella resolución de 1960 y teniendo en consideración los intereses (no necesariamente la opinión) de los isleños. El mismo día se dictó otra resolución, la 2066, en la que se advirtió que la decisión del Reino Unido de desmembrar a Chagos de Mauricio era una violación de aquella norma de 1960.
Al igual que ocurrió con Malvinas, a lo largo de los años la Asamblea renovó varias veces su llamamiento a que los ingleses terminaran con su ocupación ilegal de Chagos y respetaran la integridad territorial de Mauricio. Y, por supuesto, el Reino Unido tampoco cesó su intervención en las Malvinas del Índico.
En 2017, entonces, la Asamblea pidió la intervención consultiva de la Corte Internacional de Justicia para que el tribunal definiera si el proceso de descolonización de Mauricio se había completado en forma legal en 1968 y qué obligaciones internacionales surgen de la administración inglesa de Chagos. La Argentina patrocinó la resolución y, además, intervino luego en el procedimiento ante la Corte con una presentación propia, al igual que otros 30 países y la Unión Africana.
Dos años después, en 2019, la CIJ finalmente dijo, por 13 votos contra 1, que la separación de Chagos fue un acto ilegal que impidió que se completara la descolonización de Mauricio, que el Reino Unido debe cesar en su administración lo más rápido posible y que todos los Estados partes de la ONU deben colaborar para que ello ocurra.
Aunque no se trata de una decisión jurisdiccional obligatoria sino de una opinión consultiva, el caso es importante para la Argentina en relación a las Malvinas porque reconoce que el desmembramiento de Chagos violó la integridad territorial de Mauricio y el derecho a la autodeterminación de los pueblos.
La Corte reafirmó algo que ya había dicho en otros casos: que “la validez del principio de autodeterminación, definida como la necesidad de prestar atención a la voluntad de los pueblos expresada libremente, no se ve afectada por el hecho de que, en ciertos casos, la Asamblea General ha renunciado al requisito de consultar a los habitantes de un territorio dado. Esos casos se basaron en la consideración de que cierta población no constituía un ‘pueblo’ con derecho a la libre determinación”. Esto es justamente lo que ocurre en las Malvinas, desmembradas de las Provincias Unidas del Río de la Plata en 1833 y cuyo pueblo fue expulsado para ser reemplazado por una población británica implantada.
Dos meses después, a pesar del intenso lobby de Estados Unidos y el Reino Unido, la Asamblea General de la ONU emitió otra resolución. Por la abrumadora mayoría de 116 votos a favor contra solo 6 en contra (Australia, Hungría, Israel, Maldivas, Reino Unido y Estados Unidos), el principal órgano de la ONU acompañó la decisión de la Corte, condenó la ocupación británica y le dio 6 meses al Reino Unido para retirarse de Chagos.
Por supuesto, los ingleses siguen ocupando ilegalmente el archipiélago de Chagos como usurpan desde 1833 las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, territorio que la Argentina heredó de España por sucesión de Estados con la independencia. Pero lo hacen en violación del derecho internacional.
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