Juicio por jurados en CABA

Dota de mayor credibilidad a los fallos judiciales y a su vez convierte a esta institución en una clave para la independencia de la Justicia

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Ya son 9 las provincias que avanzaron para la implementación del juicio por jurados
Ya son 9 las provincias que avanzaron para la implementación del juicio por jurados

Hace muy pocos días la Ciudad de Buenos Aires dio un paso gigante y después de 25 años honró el mandato establecido en el artículo 106 de la Constitución local. La Legislatura porteña sancionó una Ley que establece al Juicio por Jurados en los procedimientos judiciales de carácter penal, siempre que los delitos que se sometan a juzgamiento sean aquellos efectivamente transferidos de la Nación a la Ciudad.

Con 55 votos afirmativos y solo 4 en contra, aprobó esta nueva institución. Los jurados tendrán la conformación clásica, integrados por 12 personas, serán obligatorios para los delitos que tengan una pena máxima en abstracto igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad como homicidios dolosos y violaciones; y el jurado deberá decidir por unanimidad la culpabilidad o no de los imputados.

El juicio por jurados es un mecanismo de resolución de conflictos, que se realiza en el marco de un proceso judicial en el que las partes aportan evidencias y tiene por objeto que los ciudadanos legos determinen, de acuerdo con su experiencia y razonamiento, si un hecho determinado merece o no algún tipo de reproche estatal y si el imputado es autor o no del mismo. Una vez concluido el servicio público, las ciudadanas y ciudadanos que conformaron el jurado para ese proceso judicial particular regresan a sus vidas.

Este modelo de atribución de culpa está íntimamente ligado a la idea de soberanía popular porque implica la participación directa del pueblo en los casos concretos que le son sometidos a su conocimiento. En efecto, el juicio por jurados es una herramienta formidable para dotar de legitimidad a las decisiones judiciales, prestigiar a la Justicia y aportar confianza en las instituciones republicanas.

Efectivamente las personas sometidas a juicio son juzgadas por sus pares, son sus vecinos, sus iguales los que toman la decisión y atribuyen culpabilidad. Esto dota de mayor credibilidad a los fallos judiciales y a su vez convierte al juicio por jurados en una institución clave en la independencia de la Justicia.

Por otra parte, al incorporar a los ciudadanos comunes en la toma de decisiones en el proceso penal, se obliga a la Fiscalía y a la Defensa a utilizar un lenguaje claro para poder lograr el convencimiento del Jurado, de esta forma se obtiene proximidad y acercamiento entre las instituciones y el pueblo.

También contribuye a desconcentrar el poder punitivo, ya que el veredicto está a cargo de la gente mientras que el dictado de la sentencia atribuyendo la pena sigue estando a cargo de juezas y jueces profesionales.

El juicio por jurados es una de las tareas pendientes de nuestro ordenamiento jurídico. En efecto, la deuda data desde los tiempos mismos de la organización nacional, dado que este mecanismo de resolución de los conflictos penales está consagrado en nuestra Constitución, desde su primera redacción allá por 1853.

Ahora bien, bajo el sistema de Gobierno representativo, republicano y federal que adopta nuestra Carta Magna, cada provincia dicta para sí una Constitución respetando dichos principios y por supuesto asegurando las declaraciones y garantías que la propia Constitución Nacional establece.

En cumplimiento de los mencionados mandatos, nos encontramos que en la actualidad hay nueve provincias argentinas que ya han avanzado exitosamente en la implementación del sistema de juicio por jurados: la Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Neuquén, Mendoza, Río Negro y San Juan.

Ya era hora de unirnos al club desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires porque, como decía Carlos Santiago Nino, en su libro “Un país al margen de la ley”, “la participación popular en el sistema judicial es algo valioso que debe promoverse como sabiamente lo previó nuestra Constitución al disponer el juicio por jurados”.

Con la decisión de la Legislatura, el pueblo de la Ciudad de Buenos Aires adquirió una libertad más.

Por último, queremos señalar que están dadas todas las condiciones fácticas para poder implementar el juicio por jurado exitosamente. Estamos convencidos que las abogadas y los abogados que litigan por ante los fueros porteños tienen la formación suficiente y estarán a la altura de este nuevo desafío, que la Ciudad de Buenos Aires y especialmente su Poder Judicial tienen las capacidades necesarias para instrumentarlo, pero sobre todo y lo más importante, creemos en la ciudadanía.

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