Impuesto a las Ganancias, la reforma que no se discute

El Congreso aprobó beneficios para los trabajadores y perjuicios para las empresas que demorarán la reactivación por la vía de la inversión productiva

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La reforma del Impuesto a las Ganancias empresariales sancionada por el Congreso apunta en la dirección totalmente opuesta: menor inversión, más desempleo, y por supuesto, mayor pobreza (Comunicación Senado)
La reforma del Impuesto a las Ganancias empresariales sancionada por el Congreso apunta en la dirección totalmente opuesta: menor inversión, más desempleo, y por supuesto, mayor pobreza (Comunicación Senado)

La Argentina necesita volver a crecer y dejar bien atrás el terrible nivel de pobreza alcanzado durante 2020. Hacerlo de forma sostenible requiere de inversión y empleo privado. La reforma del Impuesto a las Ganancias empresariales sancionada por el Congreso apunta en la dirección totalmente opuesta: menor inversión, más desempleo, y por supuesto, mayor pobreza.

A contramano de los países desarrollados, el Congreso, con votos de mayoría oficialistas y de legisladores aliados a dicha bancada, aprobó la aplicación de un esquema impositivo progresivo sobre los beneficios empresariales, con el objetivo original, de cerrar el agujero fiscal cercano a $55.000 millones que dejará este año la reforma para las personas físicas, y en la práctica y en lo posible, recaudar unos $260.000 millones extras para hacer frente al creciente gasto público.

La escala aprobada alcanzará a las empresas que obtengan una ganancia neta de $5 millones, $50 millones y más de $50 millones anuales, con una alícuota fija incremental más un 25%, 30% y 35 por ciento

La escala aprobada alcanzará a las empresas que obtengan una ganancia neta de $5 millones, $50 millones y más de $50 millones anuales, con una alícuota fija incremental más un 25%, 30% y 35% sobre el exceso de esos montos respectivamente, y por supuesto, el 7% sobre la distribución de resultados para todos los casos. El siguiente gráfico resume el efecto neto de la escala progresiva sobre las ganancias neta empresarias.

El Gobierno nuevamente pone el foco sólo en los efectos de corto plazo, y vuelve la espalda al mediano y largo plazo. El empresario micro, con ganancias de hasta $5 millones anuales, USD 33.000, un automóvil de gama media, podría percibir como un beneficio ser alcanzado por una alícuota inferior al pequeño empresario, y este a su vez a los medianos y grandes, que excedan los $50 millones anuales, unos USD 330.000, el valor de un tres ambientes en Palermo. Sin embargo, ese beneficio en el mejor de los casos desincentivará el crecimiento de estas micro y pequeñas empresas, o incentivará prácticas para oculten facturación, con el objeto de evitar el pago de proporcionalmente mayores impuestos. En el peor escenario, podría incentivar aún más la relocalización de sociedades en países más amigables con el capital, con la evidente pérdida de producción y empleos, sumándose al creciente el número de grandes empresas que ha abandonado el país por su mal clima de negocios.

En cualquiera de los casos, esta ley desalienta la posibilidad de recrear un clima de inversión no sólo por el nuevo aumento impositivo, sino por la dificultad de planificar a mediano y largo plazo, en un país que tan sólo cuatro años atrás aprobaba un esquema de reducción impositiva, bajo el cual todas las empresas deberían estar pagando una alícuota plana del 25% y un 13% sobre distribución de utilidades, prácticamente un 35% total donde se beneficiaba con un 10% la reinversión de utilidades.

Esta ley desalienta la posibilidad de recrear un clima de inversión no sólo por el nuevo aumento impositivo, sino por la dificultad de planificar a mediano y largo plazo

En Argentina, si bien las medianas y grandes empresas (más de 500 empleados) representan un porcentaje ridículamente bajo en cantidad, y sobre las que recaería la mayor alícuota, de hasta casi 40% sin reinversión, generan más del 50% del PBI anual y del 40% del empleo registrado.

Se trata de un cambio a contramano del mundo desarrollado porque prácticamente no hay países de este grupo que apliquen esquemas impositivos progresivos a las ganancias empresariales, ya que en la práctica son económicamente regresivos por los desincentivos que generan, o si los aplican, lo hacen con una amplitud de alícuotas muy pequeñas, como Noruega, cuyas tasas van del 22% al 25%, o Chile, que aplica tasas del 25% para las pyme y 27% para las grandes empresas. India y Venezuela, son ejemplos de naciones que aplican grandes escalas progresivas, este último del 15% al 34 por ciento.

Los cambios para las personas humanas

Para 2021, sin reforma, todo empleado soltero sin familiares a cargo, ni otras deducciones más que las generales y especiales establecidas en la Ley, ya no pagaba Impuesto a las Ganancias si percibía un sueldo bruto promedio mensual de hasta $90.133. Ahora, la reforma beneficia a los empleados registrados con sueldos brutos mensuales de entre $90.134 y $150.000, y en el mejor de los casos dejará en términos netos iguales, regulación de la AFIP mediante, a aquellos asalariados que cobren entre $150.001 y $173.000 brutos por mes.

A una persona con un sueldo bruto de $100.00, la reforma le reportará mensualmente casi $600 extra. Al mismo tiempo, en el límite, aquel trabajador con ingresos en relación de dependencia de $150.000 brutos, le significará un mayor ingreso mensual de 9.600 pesos

De esta forma, a una persona con un sueldo bruto de $100.00, la reforma le reportará mensualmente casi $600 extra. Al mismo tiempo, en el límite, aquel trabajador con ingresos en relación de dependencia de $150.000 brutos, le significará un mayor ingreso mensual de $9.600, una mejora de casi 7 por ciento.

El esquema progresivo se conforma por un componente fijo incremental y uno variable, también creciente, vinculados a una escala ascendente de ingresos, netos de deducciones y cargas sociales, fijada por la ley y actualizada anualmente desde 2017 por el índice Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable). El gráfico resume la porción sobre la “ganancia” bruta mensual que deberá destinar un trabajador soltero sin familiares a cargo, sea empleado o autónomo, reforma incluida.

“La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas” se lee al final del artículo 16 de la Constitución Nacional. En 1928 la Corte Suprema de Justicia fallaba a favor de la tributación progresiva, al considerar que la igualdad de la contribución no se ataca con un impuesto progresivo, ya que este es uniforme dentro de las categorías que crea.

La Corte también sostenía que se cumplen los principios de proporcionalidad y equidad contenidos en el artículo 4to. de la Constitución, toda vez que se mantiene el mismo porcentaje para las grandes divisiones de la progresión, y al tratarse de una progresión limitada, la del impuesto en ese momento cuestionado, no asumía el carácter de una confiscación, y por lo tanto se encuadraba dentro del principio de equidad. Viendo el gráfico, no queda más que preguntarse si para el Impuesto a las Ganancias seguirían vigentes las consideraciones de la Corte Suprema dadas casi 100 años atrás.

El costo de la imposición progresiva

Lo cierto es que en la mayoría de los sistemas tributarios del mundo se ha adoptado la progresividad impositiva sobre la renta de las personas humanas, donde se ha reemplazado tácita o explícitamente el principio de igualdad por el de equidad, o “igualdad justa”, bajo la premisa de que aquellos individuos que presentan una mejor situación económica tienen la posibilidad de pagar una proporción mayor de impuestos.

En la mayoría de los sistemas tributarios del mundo se ha adoptado la progresividad impositiva sobre la renta de las personas humanas, donde se ha reemplazado tácita o explícitamente el principio de igualdad por el de equidad

Aún así, no todas han sido siempre voces a favor. Más de 70 años atrás, Ludwig Von Mises, en su famoso tratado de economía, Acción Humana, dejaba asentado que el sistema discriminatorio, universalmente aceptado bajo el engañoso nombre de tributación progresiva sobre los ingresos, era una forma de expropiación encubierta hacia los individuos exitosos. En 2015 un estudio de la OCDE encontraba evidencia robusta y significativa para sostener que una profunda progresividad del impuesto sobre los ingresos se asociaba con menor PBI per cápita a largo plazo. Así, un esquema progresivo se vuelve regresivo en la práctica.

La alternativa al actual esquema progresivo es un esquema tributario plano, una alícuota impositiva única para todos los contribuyentes. La igualdad absoluta.

Al aplicar un mismo porcentaje a todos los individuos, la tributación deja de ser una suerte de castigo al éxito, para pasar a incentivar el progreso de las personas (EFE)
Al aplicar un mismo porcentaje a todos los individuos, la tributación deja de ser una suerte de castigo al éxito, para pasar a incentivar el progreso de las personas (EFE)

Al aplicar un mismo porcentaje a todos los individuos, la tributación deja de ser una suerte de castigo al éxito, para pasar a incentivar el progreso de las personas, ya que el mayor esfuerzo individual no resulta más gravado. Un mayor ingreso significará una mayor tributación en términos absolutos, pero no así en forma relativa.

Además, al incorporar deducciones y exenciones impositivas, tanto el esquema plano como el progresivo, toma en consideración a aquellas personas que, por las circunstancias dadas, obtienen bajos ingresos.

Si bien como mencionamos el sistema predominante a nivel global es el progresivo, ciertamente no es el único. Suecia aplica a nivel nacional una tasa plana del 20% por sobre un valor de ingreso mínimo no imponible, prácticamente la misma tasa que aplica a las ganancias empresariales, que es del 20,6%. Un caso interesante es el de Dinamarca, que, si bien técnicamente aplica un esquema progresivo, su escasa amplitud de escala lo asemeja más a un esquema plano, donde las alícuotas nacionales comienzan en 12,11% hasta un máximo de 15% para los mayores ingresos anuales. Y las ganancias de las empresas se gravan a una tasa plana del 22 por ciento.

Suecia aplica a nivel nacional una tasa plana del 20% por sobre un valor de ingreso mínimo no imponible, prácticamente la misma tasa que aplica a las ganancias empresariales, que es del 20,6 por ciento

Tanto en Suecia como en Dinamarca, a nivel de gobierno municipal también se gravan los ingresos personales, en ambos casos, a tasas planas fijadas por cada municipio. Estonia, una de la tres pequeñas naciones bálticas, y exrepública soviética, comenzó aplicando una tasa impositiva plana del 26%, tras su independencia de la Unión Soviética hace 30 años, la cual ha ido paulatinamente reduciendo hasta alcanzar en la actualidad el 20% sobre los ingresos, y únicamente a nivel nacional. Además, Estonia sólo grava los beneficios empresariales en su distribución, al 20%. Sin embargo, si la distribución de utilidades se realiza con una base periódica, gozan de una alícuota reducida del 14%. Medido por el Banco Mundial, Estonia ocupa el segundo lugar en el ranking de densidad de nuevas empresas, detrás de Hong Kong.

Un esquema impositivo plano sobre los ingresos es en realidad profundamente progresivo, ya que alienta el progreso y el éxito, y dada la menor voracidad fiscal sobre los ingresos personales, mayor es el nivel de ahorro de las personas y por lo tanto, mayor es el nivel inversión.

Un esquema impositivo plano sobre los ingresos es en realidad profundamente progresivo, ya que alienta el progreso y el éxito, y dada la menor voracidad fiscal sobre los ingresos personales, mayor es el nivel de ahorro de las personas y por lo tanto, mayor es el nivel inversión (Reuters)
Un esquema impositivo plano sobre los ingresos es en realidad profundamente progresivo, ya que alienta el progreso y el éxito, y dada la menor voracidad fiscal sobre los ingresos personales, mayor es el nivel de ahorro de las personas y por lo tanto, mayor es el nivel inversión (Reuters)

En Argentina, lejos de debatir lo propicio de seguir sosteniendo un esquema de impuesto progresivo sobre la renta de las personas humanas y adoptar un esquema plano como el descripto, como vimos se redobla la apuesta aplicando el sistema progresivo, regresivo en términos económicos, a las ganancias empresariales.

Posiblemente, la solución de Estonia de gravar únicamente las ganancias empresariales al momento de distribuirlas sea el mejor catalizador de la inversión y, por lo tanto, de la creación de empleo. Mayor cantidad de empleos privados, y no mayor cantidad de planes, es al final del día, menor pobreza. Eso lo que realmente nos debe importar.

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