La educación: ¿se acuerdan de los 90?

El gobierno nacional pretende disciplinar a la ciudad de Buenos Aires desde el Consejo Federal de Educación atribuyendo a ese organismo funciones que no le competen

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Escuela primaria de la ciudad de Buenos Aires(Maximiliano Luna)
Escuela primaria de la ciudad de Buenos Aires(Maximiliano Luna)

Si no hubieran existido las reformas educativas de los 90, Horacio Rodríguez Larreta hubiera tenido que cerrar las escuelas. Veamos.

Independientemente del fallo de la Suprema Corte de Justicia respecto de la incorrección del DNU del Presidente de la Nación, que avasalló la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, existen otros argumentos tan o más válidos en la Constitución Nacional respecto de la potestad de las provincias sobre su sistema educativo. Dice el artículo 31: “Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley Suprema de la Nación y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas…”

Entonces se debiera recordar que aún sigue vigente la Ley 24.049 de transferencia educativa de las escuelas secundarias, terciarias y técnicas a las provincias y recordar que las escuelas primarias fueron transferidas en junio de 1978 y siguen bajo control de las provincias y de CABA. Pero como si esto fuera poco el artículo 5 de la Constitución Nacional de 1994 dice: “Cada provincia dictará para sí una Constitución…y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal y la educación primaria”.

Queda claro entonces que la Educación es una obligación y responsabilidad absoluta de las provincias desde la década del 90, en educación media y terciaria, y desde el 1978, la primaria. Va de suyo que la Constitución Nacional de 1853 en su artículo 67 indicaba que corresponde a las provincias proveer educación primaria a sus habitantes. El federalismo formaba parte de la conciencia política de los diputados asistentes a Santa Fe. En rápida síntesis, vino, luego, la Ley Nacional 1420 solo para la Capital Federal y los Territorios Nacionales, pero las provincias que ya habían fundado escuelas adhirieron a los fundamentos de la Ley. A partir de ese momento el Estado Nacional comenzó a crear escuelas en el interior, no con afán centralista, como fue el objetivo de la posterior ley Laines (4878) sino con el fin de redistribuir la riqueza asentada en Buenos Aires, hacia las provincias pobres. El Partido Autonomista Nacional fue el responsable político de la ley 1420. Hubo un intento fallido de volver todo a las provincias ideado por el ministro Osvaldo Magnasco pero fue abatido por el mitrismo, flor y nata del centralismo unitario.

Habiendo fracasado el Gobierno Nacional por su impericia jurídica, ahora continúa cometiendo errores. Es realmente asombroso el grado de desconocimiento que el ministro de Educación Nicolás Trotta tiene acerca de las instituciones que comanda: el Ministerio y el Consejo Federal.

Resulta que pretende disciplinar a la Ciudad de Buenos Aires desde el Consejo Federal de Educación atribuyendo a ese organismo funciones que no le competen. Son inauditas sus declaraciones, por no decir un disparate colosal, cuando se pregunta si CABA pertenece o no a la Argentina porque el Consejo recomendó el cierre de escuelas y CABA no obedece.

El Ministro debería repasar la Ley 19.682 de 1972 que creó el Consejo Federal de Educación. Sancionada bajo la presidencia de facto del general Lanusse a propuesta del ministro Gustavo Malek. Un gobierno militar vituperado por la totalidad de los partidos políticos creaba un Consejo que no era otra cosa que volver tímidamente al federalismo de origen, en la medida que en provincias existían dos tipos de gestión escolar: provincial y nacional. Allí se decía: ARTÍCULO 1 - Créase el Consejo Federal de Educación cuya misión será de planificar, coordinar, asesorar y acordar en los aspectos de la política educativa nacional que, en los diversos niveles y jurisdicciones -nacional, provincial, municipal y privado- del sistema escolar, comprometan la acción conjunta de la Nación y de las Provincias.

Luego vino la Ley Federal de Educación 24.195 que recrea el Consejo Federal de Educación. Los fundamentos de esta ley repiten la de Lanusse: coordinar, proponer, acordar, asesorar. Nada nuevo bajo el sol. El federalismo cierto y no trucho de la Ley Federal permitió que CABA no adhiriera a la Reforma Educativa de los 90. Manteniendo la primaria y secundaria tradicional. ¿Recordará o sabrá el Ministro que en los últimos cuarenta años el sistema educativo se ha movido hacia el federalismo incluidas las resoluciones del Congreso Pedagógico del doctor Raúl Alfonsín.

¿En qué se apoya el ministro Trotta cuando brutalmente se pregunta si CABA pertenece a la Argentina al no aceptar la resolución del Consejo Federal, recreado por la nueva ley educativa o ley Filmus del año 2005? Una ley que nunca debió ser sancionada si hubiera habido un Parlamento creativo e informado y no una escribanía. Sería muy largo un análisis meduloso del asunto. Solo dos aspectos. La Ley Federal de los 90 era explícita en la participación de los padres, la comunidad y a constituir organizaciones de apoyo a la gestión educativa, todo eso desapareció en la Ley Filmus como corresponde a un centralismo unitario. Pero en el punto que nos convoca tiene esta Ley una contradicción insalvable.

Ley 26.206: Artículo 4- El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias.

Redactado este artículo que se inspira en la educación de los últimos cuarenta años viene la trampa, que entra colisión con la Ley:

ARTÍCULO 118.- Las resoluciones del Consejo Federal de Educación serán de cumplimiento obligatorio, cuando la Asamblea así lo disponga, de acuerdo con la Reglamentación que la misma establezca para estos casos.

El disparate de esta Ley, que nos retorna al mitrismo, al unitarismo y al centralismo marxistoide, debe ser modificada o descuartizada, en el marco de la misma justicia. Este artículo revela el carácter totalitario del kirchnerismo que básicamente se sustenta en la idea de que la dictadura de todos sobre todos es democracia. El macrismo nada hizo.

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