6 razones por las que se debería prorrogar el blanqueo de la Construcción

La mora en la reglamentación de la ley volvió exiguos los plazos para acogerse al beneficio fiscal: 3 días hábiles para quienes tienen dinero en el exterior 6 para quienes los tenga en la Argentina

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Con el blanqueo, el gobierno aspira a reactivar una actividad que moviliza muchos sectores de la economía. Pero dio poco tiempo para acogerse a la iniciativa
Con el blanqueo, el gobierno aspira a reactivar una actividad que moviliza muchos sectores de la economía. Pero dio poco tiempo para acogerse a la iniciativa

La Ley 27.613 creó un Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, destinado a promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios realizados en el territorio de la República Argentina.

Este Régimen contempla un blanqueo de tenencias de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior para ser afectado a los proyectos inmobiliarios correspondientes a obras privadas nuevas. La inversión puede realizarse en forma directa o a través de vehículos (Fideicomisos y Fondos Comunes de Inversión).

Los blanqueos son criticables porque incentivan al incumplimiento y favorecen a quienes no pagaron los impuestos que correspondían en detrimento de los cumplidores, no obstante, el Congreso Nacional ha sancionado uno nuevo. Es difícil de aventurar si el régimen tendrá éxito o no por múltiples razones.

Dos de ellas pueden ser:

-Bienes Personales: ¿Se puede asegurar que, de aquí a fin de 2021, no se incrementará aún más la alícuota del impuesto y que ese aumento grave a los fondos blanqueados y a las obras privadas nuevas a los que fueron afectados?

-Amenazas de impuestos especiales a quienes blanquean: durante 2019 se amenazaba con aplicar un impuesto especial a quienes ingresaron en el Sinceramiento Fiscal de la Ley 27.260 afectando principios y derechos constitucionales. ¿Se podría volver a este tipo de amenazas en el futuro e instrumentarse un impuesto especial a quienes blanqueen?

Ahora bien, si el objetivo es promover el ingreso al blanqueo y reactivar los desarrollos de obras privadas nuevas, entendemos que el mismo debe prorrogarse.

A continuación, detallamos 6 razones que fundamentan la prórroga:

1. Poco tiempo para ingresar en la primera etapa del 5%

El blanqueo de la Ley 17.613 está vigente hasta el 9 de julio próximo y el impuesto especial que se debe pagar depende del día en que se depositen los fondos en la cuenta especial CECON.Ar que debe abrirse en una entidad financiera, según el siguiente detalle:

Los plazos de pago y la tasa aplicable para el blanqueo de fondos en obras de construcción
Los plazos de pago y la tasa aplicable para el blanqueo de fondos en obras de construcción

Acreditaciones efectivizadas

La Ley entró en vigor el 12 de marzo pasado, pero se fue reglamentando lentamente por el Poder Ejecutivo, el Banco Central de la República Argentina, la Comisión Nacional de Valores y, finalmente, 46 días después se publicó la Resolución General (AFIP) 4976 que la tornó operativa.

De esta forma, quedaron 9 días hábiles para la etapa del blanqueo, en la que se aplica el impuesto especial del 5%.

A ese plazo se le deben restar por lo menos 3 días, hasta el 30 de abril. Esto es porque la mayoría de los Bancos no tenían habilitada la posibilidad de abrir las cuentas especiales CECON.Ar y manifestaron que iban a estar operativas a partir del lunes 3 de mayo.

Por otro lado, quienes tengan fondos en el exterior y los transfieran al país, deberían contemplar un margen de 72 horas para la acreditación de los mismos y no correr riesgos, motivo por el cual el plazo se termina reduciendo aún más.

La ley entró en vigor el 12 de marzo, pero se fue reglamentando lentamente por el BCRA, la CNV y la AFIP, publicó 46 días después  la Resolución General que la tornó operativa.
La ley entró en vigor el 12 de marzo, pero se fue reglamentando lentamente por el BCRA, la CNV y la AFIP, publicó 46 días después la Resolución General que la tornó operativa.

Es decir, quienes quieran blanquear dinero depositado en el exterior, deberían hacerlo en 3 días hábiles: lunes 3, martes 4 y miércoles 5 de mayo de 2021 para contar con las 72 horas y evitar riesgos, con el objetivo que los fondos se acrediten no más allá del lunes 10 de mayo de 2021.

Por su parte, quien tenga los fondos en la Argentina tiene 6 días hábiles: desde el lunes 3 de mayo, si los Bancos habilitan las cuentas especiales CECON.Ar, hasta el lunes 10 de mayo de 2021, inclusive.

Como se puede apreciar, el plazo es muy exiguo.

La reglamentación se demoró el 77% del tiempo de la primera etapa (46 días / 60 días) y solo ha quedado el 23% operativo (14 días / 60 días). Pero, por los problemas de aperturas de cuentas especiales en los bancos sólo quedará, en algunos casos, el 5% del tiempo (3 días / 60 días).

En consecuencia, entendemos que se deben prorrogar los plazos de blanqueo.

2. Dudas que se presentan al analizar el régimen

La Ley y la reglamentación no son claras y generan varias dudas respecto a diversas cuestiones vinculadas al blanqueo.

Por ejemplo, imaginemos una persona que deposita USD 200.000 para comprar un departamento en pozo y debe pagar 16 cuotas el 10 de cada mes desde junio 2021 a noviembre 2022 de una determinada cantidad de pesos y un saldo antes del 31 de diciembre de 2022.

Hay quienes sostienen que, en virtud de la reglamentación de la CNV, se puede realizar una sola operación a través de títulos públicos para convertir los dólares a pesos.

Es decir, se debería convertir los USD 200.000 a pesos en una sola operación y luego pagar las cuotas desde junio 2021 en adelante y el saldo en diciembre de 2022.

En nuestra opinión, la limitación de “por única vez” que realiza la reglamentación de la CNV se refiere a que si se convierten dólares en pesos mediante títulos públicos no se puede luego comprar nuevamente títulos públicos con los mismos pesos.

Es decir, entendemos que se pueden realizar todas las operaciones que se quieran para convertir los dólares en pesos mediante títulos públicos dentro de los plazos del blanqueo.

Siguiendo el ejemplo indicado, todos los meses se podrían convertir los dólares necesarios para cancelar cada cuota y pagar el saldo en diciembre de 2022.

Estas interpretaciones no son un dato menor porque implican mantener la tenencia en moneda extranjera o en pesos durante muchos meses.

Este ejemplo es sólo uno de las cuestiones que generan dudas y que necesitan ser aclaradas para el ingreso al blanqueo y otra razón a favor de la prórroga.

3. Contexto de la Pandemia Covid-19

Estamos transitando la segunda ola del Covid-19 y se están tomando medidas de restricciones a la circulación, trabajo presencial, entre otras.

Por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires, se ha anunciado que no se permite utilizar el transporte público a los trabajadores de la industria de la construcción en el caso de obras mayores a los 2.500 metros cuadrados.

Estas medidas podrían llegar a ser aún más restrictivas en las próximas semanas y continuarán afectando a la Construcción.

Si se mantiene el cronograma actual es altamente probable que para el próximo 9 de julio, fecha de finalización del blanqueo, aún estén vigentes las restricciones.

Este contexto de restricciones no permite un horizonte claro, o al menos razonable, del momento en que finalizarían los proyectos inmobiliarios en los que se pretende invertir, desincentivando el ingreso al blanqueo.

Por otro lado, no parecería muy razonable un blanqueo con una vigencia tan corta, de 90 días. Si a esto le sumamos el contexto frente al Covid-19, es otro argumento a favor de la prórroga.

4. Reforma Tributaria antes de fin de año

En 2020 se creó el Impuesto a la Riqueza por única vez basado en los efectos del Covid-19 (Sic Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia).

Si bien la economía comenzó a reactivarse desde el lugar donde cayó en 2020, Argentina continúa con déficit fiscal y no tiene acceso a los mercados internacionales de crédito.

En consecuencia, no se descarta un nuevo incremento de la presión fiscal a través de modificaciones a las leyes tributarias.

No es de descartarse un aumento de la presión fiscal a través de nuevas medidas regulatorias
No es de descartarse un aumento de la presión fiscal a través de nuevas medidas regulatorias

Muchos que debieron pagar el Impuesto a la Riqueza no creen en que será por única vez, sino que se pretenderá aplicar nuevamente.

Quizás más que aplicar nuevamente este impuesto, por los planteos judiciales que se podrán realizar, se piense en una nueva reforma tributaria implementando un “exit-tax” en el impuesto a las ganancias, un incremento de alícuotas en el impuesto sobre los bienes personales, entre otras alternativas.

Esta situación puede generar incertidumbre y desincentivar la adhesión al régimen. Es una razón más para la prórroga.

5. Inseguridad de dejar los fondos depositados en las cuentas bancarias por largos plazos de tiempo

La repatriación del 5% del impuesto sobre los bienes personales y del 30% del impuesto a la riqueza no generó muchos adeptos.

En la mayoría de los casos, los contribuyentes no están dispuestos a mantener los fondos depositados en las cuentas bancarias por varios meses considerando la escasez de dólares, la historia de medidas que se tomaron en Argentina en el pasado y el contexto del Covid-19.

La extensión del plazo, podría dar mayor certidumbre, procediendo a una prórroga conforme se detalla al final.

6. La industria de la construcción motoriza la economía

Como indicamos al inicio, los blanqueos son criticables ya que incentivan al incumplimiento y favorecen a quienes no pagaron los impuestos que correspondían en detrimento de los cumplidores.

No obstante, el Congresos Nacional ha sancionado un nuevo blanqueo y, si bien es difícil determinar el grado de éxito que tendrá, es una medida que Argentina no debería desaprovechar en el contexto actual.

Los desarrollos de proyectos inmobiliarios de obras privadas nuevas motorizarán la economía, ya que reactivarán actividades y generarán nuevos puestos de trabajo, tanto directos como indirectos. He ahí la sexta razón a favor de la prórroga.

Ideas sobre cómo proceder

La segunda ola del Covid-19 está afectando a la Argentina y, si tomamos la experiencia de 2019, podríamos imaginar un período con importantes restricciones por lo menos hasta Septiembre de 2021.

En ese contexto, entendemos que la etapa del blanqueo del 5% debería prorrogarse para los depósitos acreditados hasta el 31 de diciembre de 2021.

Las etapas del 10% y 20% deberían prorrogarse 6 meses más, al 31 de marzo y el 30 de junio de 2022, respectivamente.

Respecto a la afectación de los fondos blanqueados a los desarrollos inmobiliarios, se podrían establecer un límite de 2 años en función del plazo límite en que se depositaron los fondos en la cuenta especial CECON.Ar.

En consecuencia, la prórroga podría instrumentarse de la siguiente forma:

Como los desarrollos inmobiliarios de obras privadas nuevas abarcará un plazo de tiempo extenso, también se debería modificar el Régimen permitiendo que los fondos depositados en las cuentas CECON.Ar, mientras no sean afectados, puedan mantenerse invertidos en plazos fijos, en títulos públicos nacionales u otro instrumento similar que les permita obtener un rendimiento.

Por otro lado, es importante mencionar que toda prórroga y modificación del blanqueo debería ser establecida por Ley del Congreso Nacional debido a que el art. 99 inciso 3 de la Constitución Nacional le prohíbe al Poder Ejecutivo Nacional dictar Decretos de Necesidad y Urgencia en materia penal y tributaria.

Por último, resulta necesario que se realicen reuniones entre los diferentes organismos vinculados al régimen, las entidades profesionales y las Cámaras Empresariales para el análisis de las dudas y la modificación de las reglamentaciones con el objeto de brindar seguridad jurídica al blanqueo.

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