Familias ensambladas y patrimonio: lo que hay que saber

Respuestas para reflexionar y prevenir en contexto donde conviven los “míos, los tuyos y los nuestros”

No utilizar las herramientas específicas para estas cuestiones significa quedar sometido a lo que la ley indica, y la ley ha quedado atrasada respecto de esta nueva realidad (Shutterstock)

El ejemplo más emblemático “familia ensamblada” se da cuando una pareja tiene hijos “míos, tuyos y nuestros”. Es decir: cada integrante de la pareja tiene hijos de relaciones anteriores y también en común.

Pese a su creciente frecuencia, estas situaciones son reguladas por leyes antiguas que no logran brindar un marco adecuado de contención ni soluciones adecuadas.

Entre los temas más preocupantes para parejas bajo familia ensamblada, se destacan:

- ¿Qué sucede con la herencia ante la muerte de uno de los integrantes de la pareja? ¿Cómo se terminarán repartiendo los activos?

- ¿Qué sucede con la vivienda familiar ante la muerte de uno de los integrantes de la pareja si esa persona era la única dueña?

- ¿Le conviene a esa pareja casarse o no casarse? En ambos casos, ¿qué precauciones tienen que tomar?

- ¿Tiene la pareja herramientas legales y financieras para influir y determinar el destino de la situación legal y familiar?

- Si hay grandes diferencias de edad entre los hijos, ¿qué pueden hacer sus progenitores para compensar que los hijos más chicos hayan recibido financieramente mucho menos que sus hermanos durante el tiempo de vida de su padre o madre?

Un cónyuge es un heredero forzoso, mientras que un simple conviviente no lo es. La pareja debe entonces planificar acordemente

Estos son solamente algunos problemas preocupantes. Por razones de espacio, los trataremos brevemente y podemos dejar su tratamiento más profundo (y el analizar otros problemas no enunciados) para una futura entrega.

Respecto a los temas hereditarios, es crucial la diferencia entre una pareja casada y una que no lo está. Un cónyuge es un heredero forzoso, mientras que un simple conviviente no lo es. La pareja debe entonces planificar acordemente. Y debe recordar que el matrimonio tiene un importante efecto patrimonial, que puede ser catastrófico en caso de divorcio.

Si no hay matrimonio y se desea que el cónyuge sobreviviente reciba algo, se puede lograr mediante un testamento o un fideicomiso. Esta son excelentes herramientas para planificar el mejor resultado deseado dentro de lo que la ley permite. No utilizarlas significa quedar sometido a lo que la ley indica, y ya mencionamos que la ley ha quedado atrasada respecto de esta nueva realidad.

Si no hay matrimonio y se desea que el cónyuge sobreviviente reciba algo, se puede lograr mediante un testamento o un fideicomiso

Cada una de esas herramientas tiene un fin específico. El testamento sirve para expresar lo que en derecho se llama la “última voluntad” de una persona. Es “repartir la torta” entre las personas y de la forma que nos permite la ley.

El fideicomiso tiene una triple finalidad. La primera y primordial es la protección de activos contra ataques de terceros. La segunda es la planificación sucesoria sofisticada ya que puede ir mucho más allá que un testamento. Y la tercera (que lamentablemente suele ser la primera en estos tiempos) es utilizarla como herramienta de planificación fiscal.

Para tratar el tema de la diferencia de edad entre hijos, usaremos un ejemplo. El hijo en común de una pareja con familia ensamblada tiene solamente 7 años. Su padre tiene 56 años y su mamá 48. Sus hermanos por parte de padre tienen 20, 23 y 31. Su hermana materna tiene 24 años.

Los hermanos del menor ya han recibido apoyo económico para completar sus estudios de grado y posgrado. Han realizado viajes, pagados por sus respectivos padres. Algunos han recibido automóviles y hasta inmuebles como empujón familiar.

Si ese chico sufre el fallecimiento de alguno de sus padres teniendo (por ejemplo) 16 años, no habrá llegado a recibir ni una fracción de la ayuda que sus hermanos ya recibieron. Pero la ley sucesoria obliga a repartir a tratarlo en forma igualitaria con sus hermanos. ¿Es justo esto? ¿Tiene la culpa de haber nacido mucho más tarde que sus hermanos?

Nuevamente en este caso, el testamento o –mucho mejor aún– el fideicomiso están a disposición para corregir esa situación injusta. Como toda herramienta, tiene efecto solamente si se la utiliza. Para usarla bien, los padres deben entenderla y asesorarse adecuadamente.

En ejemplo se ve cómo la inacción genera injusticia y desprotección, dejando a la buena fe de los herederos el equilibrar las cosas. Recordemos que muchas veces hay celos y resquemores cuando las personas abren un nuevo capítulo de su vida a una edad más madura.

Ojalá que estas líneas lleguen a las personas que estén bajo familia ensamblada para que puedan reflexionar y prevenir.

El autor es Director de SFI