Por qué el caso Vicentin pavimenta el camino a la pobreza y la decadencia

Luce realmente fuera de toda lógica que en el medio de una convocatoria de acreedores el Poder Ejecutivo decida intervenir una empresa en la que se requiere poner dólares para que pague sus deudas

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En toda convocatoria de acreedores, como ese el caso de la empresa Vicentin, el juez de la causa nombra un síndico que controla que se respete el plan presentado por los deudores para hacer frente al pago a los acreedores. No hacía falta la intervención del Gobierno (Presidencia)
En toda convocatoria de acreedores, como ese el caso de la empresa Vicentin, el juez de la causa nombra un síndico que controla que se respete el plan presentado por los deudores para hacer frente al pago a los acreedores. No hacía falta la intervención del Gobierno (Presidencia)

En toda convocatoria de acreedores, como ese el caso de la empresa Vicentin, el juez de la causa nombra un síndico que controla que se respete el plan presentado por los deudores para hacer frente al pago a los acreedores, oportunamente acordado. El síndico solo interviene si, por ejemplo, los accionistas quieren vender algún activo importante que le quite solvencia a la compañía e impida pagar las deudas en el futuro en caso de ir a la quiebra. De ahí que no tenía sentido la decisión del Gobierno nacional de intervenir la compañía.

Es más, para recurrir a la intervención el Poder Ejecutivo cita en el decreto 522/2020, del 9 de julio pasado, en la página 3, la ley a la que recurre para justificar el acto: “asimismo se dispone la ocupación temporánea por sesenta (60) días de la sociedad Vicentin S.A.I.C. en los términos de los artículos 57, 59 y 60 de la Ley 21.499, la que se dispone administrativamente en razón de utilidad pública y con el objeto de asegurar la continuidad de la empresa, la preservación de sus activos y de su patrimonio, y la protección de los puestos de trabajo en peligro, lo que se vuelve urgente en el marco de las emergencias dictadas por la Ley N° 27.541 y la situación de emergencia sanitaria inédita que vive el país, teniendo en cuenta el volumen de la empresa en cuestión, la soberanía alimentaria y la necesidad de evitar impactos de alta negatividad en la economía.”

Cabe recordar que la ley 21.499 fue promulgada por el gobierno de facto de Jorge Rafael Videla el 17 de enero de 1977, la cual estaba destinada a regular el procedimiento de la expropiación en los términos del artículo 17 de la Constitución Nacional. Pero lo curioso es que el artículo 17 dice que la utilidad pública debe ser establecida por una Ley del Congreso Nacional, a través del tratamiento parlamentario, el cual estaba cerrado por la intervención militar. Por tanto, en el caso Vicentin el presidente Alberto Fernández se basa en una ley de un gobierno inconstitucional.

Forzado el marco legal para intervenir la empresa, tema que no es menor porque queda el precedente de que por un simple decreto presidencial pasen a estar sujetas a intervención todas las empresas de Argentina, dudo de que haya interés en hundir inversiones de largo plazo, dada la fragilidad que tiene la propiedad privada.

Dado que queda el precedente de que por un simple decreto presidencial pasen a estar sujetas a intervención todas las empresas de Argentina, dudo de que haya interés en hundir inversiones de largo plazo, dada la fragilidad que tiene la propiedad privada

Y hay que recordar que la prosperidad económica de los países está atada a la calidad institucional. A la seguridad jurídica que debe imperar. Sin ese prerrequisito, no habrá inversiones multiplicadoras de empleo y se estará condenado a los habitantes a una creciente pobreza, desocupación y bajos salarios.

Luciano Zarich, el designado por el Gobierno para intervenir la gestión de la empresa de agronegocios
Luciano Zarich, el designado por el Gobierno para intervenir la gestión de la empresa de agronegocios

Sustento muy débil

El argumento de que el Estado quiere ayudar a los productores agropecuarios luce realmente insólito, a saber:

1) porque Vicentin está en convocatoria de acreedores y el Poder Ejecutivo, que dice que va a salvar la empresa, también está en convocatoria de acreedores porque está negociando una deuda pública que no puede pagar. Debe ser un caso único en la historia que alguien que está en cesación de pagos diga que sale en salvataje de quien está negociando una reestructuración de sus deudas con proveedores y bancos. Dicho más directamente, un gobierno que no puede pagar su propia deuda y además su principal fuente de ingreso es la emisión monetaria del Banco Central, ¿pretende pagar la deuda de Vicentin? ¿Con qué lo va a pagar si los recursos impositivos no le alcanzan ni para hacer frente a los gastos corrientes?

Un gobierno que no puede pagar su propia deuda y además su principal fuente de ingreso es la emisión monetaria del Banco Central, ¿pretende pagar la deuda de Vicentin?

2) Porque no es cierto que se esté resguardando la soberanía alimentaria. El 85% de la facturación de Vicentin está concentrada en la molienda de granos y en la producción de biodisel. Las empresas del grupo dedicadas a alimentos, como son sus frigoríficos y la producción de aceite, representan solo 7% de la facturación de la empresa. No parece creíble que si desaparecen esas compañías la gente deje de comer.

3) Porque no es creíble el argumento que el Gobierno quiere ayudar a los productores de la zona. Resulta llamativo. El productor de soja recibe $50 por cada dólar que liquida de sus exportaciones, mientras que debe paga sus insumos a un tipo de cambio equivalente a partir de $72 dólar, cuando en realidad el dólar verdadero tiene un precio de mercado de $126. Si realmente el propósito de Alberto Fernández es asegurarle al pequeño productor un mejor precio solo bastaría con que le baje las retenciones sobre las exportaciones.

Si realmente el propósito de Alberto Fernández es asegurarle al pequeño productor un mejor precio solo bastaría con que le baje las retenciones sobre las exportaciones

4) El precio de la soja se rige por el mercado de Chicago, por tanto la Argentina es tomadora de precio. Si al estatizar Vicentin el Estado pagase más por la tonelada de soja que sus competidores internacionales generaría una pérdida que debería pagar el contribuyente. Y, nuevamente, cabe recordar que hoy el Estado no tiene recursos para financiar sus propios gastos, al punto que la emisión monetaria ya es la principal fuente de financiamiento del sector público.

Análisis de la expropiación

Para poder expropiar Vicentin, el Congreso Nacional debe votar una ley de declare a la empresa de “utilidad pública” y previamente indemnizada. Pero el Poder Ejecutivo designó un interventor que rápidamente se puso en funciones para que maneje la empresa sin indemnizar previamente a sus accionistas.

No parece que se pueda sostener seriamente que una empresa de molienda de granos es de utilidad pública. Eso es para el caso, por ejemplo, de tener que ampliar una ruta y se necesita expropiar parte de un campo para poder ampliarla, no para que el Estado se haga empresario haciéndose cargo compulsivamente de una sociedad privada.

 El pueblo de Avellaneda desaprobó el método del Gobierno nacional de intervenir la empresa, prefiere el acuerdo entre privados
El pueblo de Avellaneda desaprobó el método del Gobierno nacional de intervenir la empresa, prefiere el acuerdo entre privados

Si la empresa estaba mal manejada la comprará otro o irá a la quiebra, pero cargarle a los contribuyentes el costo de una firma con problemas financieros no tiene lógica y menos en un Gobierno que ha perdido 194.000 puestos de trabajo desde que asumió, de acuerdo a datos del Ministerio de Trabajo, tomando los datos a marzo que solo tuvo 10 días de cuarentena.

En lo que hace al argumento de que el Estado necesita una empresa que exporte para hacerse de dólares, es falso. Hoy todos los exportadores, sean de granos o de tornillos, tienen la obligación de liquidarle al Banco Central las divisas que generan, por los cuales reciben un tipo de cambio muy inferior al de mercado. Además, el fisco se queda con la mayor parte de la renta de los productores por la vía impositiva.

Todos los exportadores, sean de granos o de tornillos, tienen la obligación de liquidarle al Banco Central las divisas que generan, por los cuales reciben un tipo de cambio muy inferior al de mercado

Seguridad jurídica

Por último, el Presidente afirmó que le preocupa que Vicentin caiga en manos capitales extranjeros. Es bueno recordar que la Argentina se construyó gracias al aluvión de extranjeros que vinieron a trabajar a partir de la oferta de seguridad jurídica que imperaba a comienzos del siglo anterior; no a buscar planes sociales y prebendas. Así muchos de ellos crearon, con gran esfuerzo, grandes empresas que generaron miles de puestos de trabajo.

La etapa de oro y crecimiento de Argentina no se puede entender sin la seguridad jurídica que imperaba 100 años atrás; la libertad para producir y la corriente de inmigrantes que vinieron a trabajar. Mientras que su decadencia no se puede entender sin recordar la inseguridad jurídica que impuso el populismo con las regulaciones, expropiaciones y la cultura de la dádiva.

En síntesis, no hay un solo argumento jurídico o económico que justifique la expropiación de Vicentin, solo se sabe que con esta nueva violación al derecho de propiedad, se está condenado a la Argentina a espantar a los inversores, a huir a los que tienen hoy hundidas inversiones en la Argentina y a crear las condiciones para que aumente la pobreza, la indigencia, la desocupación y siga la decadencia del país.

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