
Combatir la inseguridad fue uno de los principales compromisos que asumió el gobierno de Cambiemos. A partir de ello, en marzo de este año presenté en la Cámara de Diputados un proyecto de “Ley Antimotochorros” que hoy cobra especial relevancia por la violencia con la que vienen sucediéndose los últimos hechos perpetrados bajo esta modalidad. Así como en su momento eliminar los pagos en efectivo en los colectivos fue una medida innovadora para -entre otras cosas- cuidar a los choferes y pasajeros de violentos ataques exprés y “al boleo”, hoy corresponde pensar en alternativas para erradicar una práctica delictiva tan habitual como alarmante. Frente a nuevas modalidades de robo -naturalmente, no contempladas por el Código Penal de 1921-, desde el Congreso debemos acercar respuestas urgentes. Sin demora. Con inteligencia, eficiencia y firmeza.
Entre otros puntos, planteamos incorporar a los supuestos de hurtos agravados (contemplados en el artículo 163 del Código Penal de la Nación) el caso de quienes delinquen subidos a una motocicleta, automotor u otro vehículo. Si esta iniciativa prospera, el delincuente recibirá una pena de uno a seis años de prisión, agravando también las penas cuando es en ocasión de robo y garantizando con ello que sean de cumplimiento efectivo. Además, proponemos que a estos delincuentes -ya sea por hurto, robo u otros delitos- se les imponga inhabilitación especial perpetua para conducir. Otra novedad: para obtener la licencia clase A, se requerirá al Registro Nacional de Reincidencia y Estadísticas Criminal y Carcelaria los antecedentes del solicitante, que no obtendrá la habilitación si cuenta con antecedentes por delitos dolosos contra las personas o la propiedad, cometidos utilizando una moto, auto u otro vehículo. Se trata de una pena accesoria, cuya finalidad es contramotivar al que estudie perpetrar un acto prohibido. Más de uno va a pensar dos veces antes de cometer un ilícito utilizando un vehículo como una verdadera arma.
Para terminar de cerrar la puerta giratoria a esta clase de delincuentes, la iniciativa propone modificar el artículo 277 del Código Penal y agregar que “la pena será de cuatro (4) a ocho (8) años cuando se recibiere, ocultare o tuviere una motocicleta, automotor u otro vehículo proveniente de un delito”. En la inmensa mayoría de los casos, las motos utilizadas para cometerlos son robadas, pero cuando son detenidos en los actos preparatorios, constatada el carácter de robada, el delito que se les imputa es el de encubrimiento, que prevé penas leves. Por ello proponemos aumentar las penas, ya que quien circula en una moto robada no solo encubre un delito preexistente sino que seguramente se apresta a cometer uno nuevo. Utilizar una motocicleta fruto de un ilícito será en sí mismo un delito que no admite ni ejecución condicional, ni excarcelación ni probation.
Nos merecemos esta ley para poner doble cerrojo a la puerta giratoria y al flagelo de los motochorros. Por eso hemos pedido al presidente Alberto Fernández y a Sergio Massa, titular de la Cámara de Diputados, que incluya este proyecto en el temario de las sesiones extraordinarias. Es necesario tratar la problemática de los motochorros como lo que en verdad es y importa dar respuestas a un reclamo urgente. Se lo debemos a la sociedad que atemorizada transita por las calles pero fundamentalmente a todas las victimas que han sufrido en manos de estos delincuentes.
El autor es diputado nacional (Juntos por el Cambio)
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