Hacia la reparación económica para las víctimas de trata

María Fernanda Rodríguez

Guardar
(Foto: NA)
(Foto: NA)

Históricamente en la Argentina las víctimas de trata de personas no han contado con un mecanismo para acceder a la restitución económica de sus derechos. Si bien esta es una de las sanciones que son impuestas a los tratantes, de las más de 14.000 víctimas rescatadas en nuestros país, solo 1.200 cuentan hoy con una sentencia firme, y apenas una ha persistido en el camino que la justicia ofrece para acceder a una indemnización integral.

La obligación de ofrecer restitución económica a las víctimas de este delito está establecida en normativas internacionales de derechos humanos como el Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas. Así también lo establece el Código Penal argentino y la recién reglamentada Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos.

En junio de este año, la Argentina dio un paso histórico: tras la sanción de Ley 27.508 que crea el fondo fiduciario público para la asistencia directa a víctimas de trata, finalmente se constituyó un nuevo escenario para la administración de los bienes provenientes de este delito, con el fin de que estos sean destinados a reparar los daños causados a las personas rescatadas de la explotación.

El Ejecutivo nacional está convencido de que los esfuerzos tienen que continuar en esta línea. Es así como desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en conjunto con el Ministerio Público Fiscal, estamos trabajando en un proyecto de reglamentación de la Ley 27.508 que propone una administración diligente y transparente del caudal producto de este crimen.

Para ello se plantea conformar una unidad ejecutora en la órbita de la cartera de Justicia que velará por la adecuada conservación y gestión de los recursos embargados o decomisados en el marco de los procesos penales de trata de personas.

A través de esta oficina se recibirán e inventariarán los bienes, para después inscribirlos en el Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados en el Proceso Penal. Posteriormente, la Agencia de Administración de Bienes del Estado realizará su venta pública, cuya ganancia será transferida al Fondo Fiduciario, para la restitución económica correspondiente a las víctimas.

La unidad ejecutora publicará informes periódicos online sobre el manejo de los bienes. Para que los esfuerzos que resultaron en la creación del Fondo se reflejen una vez más en mecanismos efectivos que den acceso a las restituciones, planteamos una administración transparente, que exige la rendición de cuentas en tiempo real.

Impulsar políticas de datos abiertos representa una oportunidad de mejora sustancial para el servicio de justicia, no solo en pos de una mayor transparencia y cercanía a la sociedad, sino también para incrementar su eficiencia.

Bajo esta premisa, la cartera de Justicia promueve proyectos que buscan el pleno acceso público a la información estatal, y la reformulación del vínculo del Estado con la ciudanía. Ejemplo de ello es el Programa Justicia Abierta, que a través de una plataforma online y gratuita, publica estadísticas judiciales para ser descargadas, cruzadas y compartidas por cualquier persona de la sociedad.

No hay que olvidar que la trata y explotación de personas es una de las formas más graves de violación a los derechos humanos. Sus víctimas sufren un sinfín de vulneraciones: entre ellas violencia psicológica, sexual o física; prohibición total o parcial de la libertad; amenazas, manipulación emocional y explotación económica.

La reparación de todo este daño es clave para lograr el acceso a la justicia de los afectados. El derecho pleno de la restitución es un compromiso del Estado y una cuota pendiente con la sociedad que la Argentina está más cerca que nunca de saldar.

La autora es secretaria de Justicia y Coordinadora del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas

 
Guardar