Recordando la sanción de nuestra Constitución Nacional y su concepto de unión nacional

Diego Hernán Armesto

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John Fitzgerald Kennedy, en uno de sus discursos más recordados, dijo: "El cambio es ley de vida. Cualquiera que mire solamente al pasado o al presente se perderá el futuro". Este primero de mayo se cumple un nuevo aniversario de la sanción de la Constitución Nacional, en 1853. A pocos meses de una elección presidencial, los argentinos deberíamos tomar esta fecha como un momento para reflexionar, dejando de lado la coyuntura y las urgencias, y ser capaces de imaginar un destino común, que trascienda el hoy, al igual que lo hicieron nuestros constituyentes en Santa Fe.

En ese sentido, tenemos la obligación de pensar en el futuro porque la confrontación y la divergencia, que fue una de las características en nuestra formación histórico–constitucional, nos compromete a pensar más allá de esa "cultura del conflicto" que arrastramos desde nuestros orígenes. Desde 1810, donde nos explican los enfrentamientos de morenistas y saavedristas, el proyecto de país y la forma de gobierno que deberíamos tener, los debates en la Asamblea del Año XIII, Rosas, unitarios y federales, los proyectos constitucionales, peronistas y antiperonistas, y así podríamos dedicar horas a relatar sobre las cruentas luchas y los antagonismos que caracterizan nuestra historia.

Un buen homenaje es volver a releer las palabras del padre de nuestra Constitución Nacional, Juan Bautista Alberdi, cuando en su libro Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, decía: "El hombre no elige discrecionalmente su constitución gruesa o delgada, nerviosa o sanguínea; así tampoco el pueblo se da por su voluntad una constitución monárquica o republicana, federal o unitaria. Él recibe estas disposiciones al nacer: las recibe del suelo que le toca por morada, del número y de la condición de los pobladores con que empieza, de las instituciones anteriores y de los hechos que constituyen su historia: en todo lo cual no tiene más acción su voluntad que la dirección dada al desarrollo de esas cosas en el sentido más ventajoso a su destino providencial".

Así, el autor de las Bases… nos explicaba: "La historia nos muestra que los antecedentes políticos de la República Argentina, relativos a la forma del gobierno general, se dividen en dos clases, que se refieren a los dos principios federativo y unitario". En tal sentido, ¿alguien se podría imaginar que los antecedentes de ambas facciones podían estar resumidos en una sola regla? La respuesta es afirmativa. Alberdi, en su proyecto de Constitución, realizó un compendio de estas ideas, entendiendo que podía llevarse a cabo, teniendo presente los antecedentes coloniales y revolucionarios o patrios, de esta forma: "Todos los hechos que quedan expuestos pertenecen y forman parte de la vida normal y real de la República Argentina, en cuanto a la base de su gobierno general; y ningún Congreso Constituyente tendría el poder de hacerlos desaparecer instantáneamente por decretos o constituciones de sí mismo. Ellos deben ser tomados por bases y consultados de una manera discreta en la Constitución escrita, que ha de ser expresión de la Constitución real, natural y posible".

Hoy se conmemora el Día de la Constitución Nacional: 166 años después los argentinos seguimos teniendo por delante los mismos desafíos, pero continuamos ahondando o promoviendo nuevas grietas, y hemos sido incapaces de entender, tal cual lo decía Ortega y Gasset: "Solo es posible avanzar cuando se mira lejos. Solo cabe progresar cuando se piensa en grande". El mejor homenaje a nuestros padres fundadores sería hacer realidad los objetivos establecidos en el maravilloso preámbulo de nuestra Constitución, donde dice "Constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad".

El autor es abogado. Docente de Derecho Constitucional (UBA).

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