Las víctimas de delitos han vivido situaciones difíciles que marcaron un antes y un después en su vida. Sabemos que su experiencia no se puede contener en una ley y el impacto en su vida no se refleja en una categoría jurídica.
Todo afectado por un crimen sufre, no solo por el delito sino también por el abandono que siente durante el proceso judicial. Habitualmente las víctimas eran excluidas durante la investigación del hecho y se convertían en espectadoras sin poder asumir una función activa.
Los estándares elaborados en el ámbito de las Naciones Unidas, de la Organización de los Estados Americanos, la jurisprudencia y las recomendaciones de organismos especializados en derechos humanos, han afirmado que los Estados están obligados a otorgar a las víctimas y a sus familiares un debido proceso, que incluya la posibilidad de participar activamente en los procedimientos judiciales.
Siguiendo los estándares internacionales en la materia, el Estado argentino, junto con un grupo de víctimas, diseñó y logró implementar un moderno sistema de derechos y garantías a través de la ley 27372. No se trata de asignarles más potestades procedimentales, sino reconocerlos como sujetos activos y por tanto redefinir su papel ante la comisión de un delito.
Este nuevo marco normativo establece que se debe recibir inmediatamente la denuncia del delito, respetar la intimidad del afectado, asistirlo e informarlo de sus derechos; entre ellos que puede intervenir como querellante o actor civil en los procesos penales, que se le deben respetar las garantías del debido proceso, que puede examinar documentos, aportar pruebas y ser escuchado.
La norma creó el Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos (CENAVID) a través de la red nacional de Centros de Acceso a la Justicia. Con el CENAVID, el Estado apoya a las víctimas, atendiéndolas de manera inmediata —durante las 24 horas del día—, garantizando su seguridad en los casos que corresponda, brindando hospedaje temporal y alimentos cuando sea necesario y otorgando atención médica, psicológica y jurídica para evitar la revictimización.
Asimismo la ley establece la figura del Defensor Público de Víctimas, cuyos primeros candidatos estarán a consideración de la sociedad desde hoy, y cuya misión es asistir legalmente a las víctimas en situación de vulnerabilidad.
Otra de las nuevas figuras establecidas es la del Observatorio de Víctimas de Delitos que monitorea las cuestiones relacionadas a los afectados y su entorno; presidido por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, e integrado por víctimas y familiares, quienes en su momento fueron recibidas por el Presidente de la Nación.
La Ley de Protección Integral de los Derechos de las Víctimas representa un verdadero cambio de paradigma en cuanto a la adecuación de sus garantías, con un enfoque desde los derechos humanos. Hoy las víctimas pueden reparar su sufrimiento, al colaborar desde un espacio concreto, para evitar nuevas violaciones a los de derechos humanos.
Con la ley 27372, el Estado busca saldar con las personas que sufren en carne propia las consecuencias de un delito lo que hasta ahora era una deuda pendiente: el compromiso de brindarles la posibilidad de ser escuchadas, fortalecer su autonomía, participar activamente en la búsqueda de Justicia y encontrar otra manera de resignificar su experiencia dolorosa.
El autor es ministro de Justicia y Derechos Humanos.