Los antecedentes no son muchos, pero el mundo está dando señales claras respecto del rumbo que quiere tomar sobre las expresiones de odio, violencia e intimidación a través las plataformas digitales.
Recientemente, el Tribunal Supremo de España disminuyó de dos a un año de prisión la pena que le había impuesto la Audiencia Nacional a una joven que había difundido a través de la red de microblogging mensajes en los que se burlaba de víctimas de la ETA. El tribunal consideró que las expresiones que la joven había vertido a través de Twitter "se enmarcan dentro del discurso del odio y no están protegidas por la libertad de expresión".
Los magistrados señalaron también que "comportamientos de ese tenor no merecen la cobertura de derechos fundamentales como la libertad de expresión o la libertad ideológica, pues el terrorismo constituye la más grave vulneración de los derechos humanos de la comunidad que lo sufre".
El año pasado, una pareja londinense fue condenada por terrorismo tras preguntar en las redes sociales por posibles objetivos para sus bombas. La directora de la División Antiterrorista de la Fiscalía de la Corona, Susan Hemming, declaró en su momento que el matrimonio había comprado todo lo necesario para fabricar una bomba y, si no se los hubiera detenido, habrían intentado perpetrar un atentado terrorista en Londres.
El reciente caso de los supuestos falsos terroristas que infundieron terror a través de una cuenta de Twitter creada al efecto, debe ser investigado con todo el rigor de la ley. La pena que les correspondería por la intimidación pública (Art. 211 Código Penal de la Nación) va de los 2 a los 6 años de prisión. El agravante estaría dado por las amenazas anónimas al utilizar un perfil falso. Buscaban la impunidad escudándose en el anonimato.
Tras algo más de un año de radicada la denuncia, fueron identificados y procesados los menores que habían sido los autores de las amenazas a la Escuela Joaquín V. Gonzalez. La causa, por intimidación pública, fue iniciada por el juez Claudio Bonadio.
El Gobierno porteño va por todo y pretende sentar un precedente. Va a reclamarles 500.000 pesos a cada uno de los autores de las amenazas. Las autoridades calculan que ese fue el monto que le costó al Estado el operativo.
“Como en cualquier juicio de responsabilidad civil, los padres deberán responder económicamente por los daños y perjuicios causados por sus hijos menores“
Por otra parte, en lo que significó una sanción inédita para este tipo de episodios, tres alumnos de una escuela bonaerense quedaron al borde de la expulsión por inventar amenazas de bomba.
Como en cualquier juicio de responsabilidad civil, los padres deberán responder económicamente por los daños y perjuicios causados por sus hijos menores.
En consonancia con este reclamo, esta semana en Chile, el Tribunal Superior determinó que los padres de un niño, quien había divulgado imágenes íntimas de una persona sin su consentimiento, también menor, deban pagar la indemnización por ese delito.
Es menester que a partir de ahora se doten a las fuerzas de seguridad de los recursos necesarios que se requieren para seguir investigando este tipo de delitos y el Estado genere programas integrales de concientización digital.
*El autor es abogado especializado en Delitos Informáticos. Fue miembro del Consejo Asesor del Foro Mundial de Ciberseguridad