En los últimos meses desde algunos lugares del Poder Judicial emanan decisiones que a los juristas nos devuelven, como decimos popularmente, "el alma al cuerpo". Me refiero a quienes nos hemos formado con la idea de que el sistema penal, en su aplicación cotidiana, debe registrar los límites propios del Estado constitucional de Derecho. Me refiero también a quienes día tras día formamos en la universidad a los jóvenes en la convicción de que los derechos individuales básicos son la "barrera infranqueable" de cualquier modelo de política criminal.
Todos nosotros ya empezábamos a pensar que la batalla estaba dramáticamente perdida. Teníamos la sensación que el oportunismo político, el cinismo, el autoritarismo, la ignorancia, las agendas de algunos medios de comunicación, la desfachatez de algunos periodistas nos habían ganado mil a cero.
El problema es que en verdad no nos habían ganado a nosotros, sino que habían goleado a la república, a la Constitución, al Estado de Derecho, a las garantías individuales.
En los últimos dos años se instaló peligrosamente la idea de que cualquier sujeto puede ser detenido sin más razón que haber sido funcionario (en el gobierno anterior), y tener una denuncia penal. Esta violación escandalosa del principio de inocencia (sin el cual no podríamos vivir en sociedad) incluso ingresó cruel y servilmente en las almas o en el interior (para pisar sobre seguro) de los diputados que no duraron en instalar el espantoso precedente de que un legislador puede ser suspendido en sus funciones ya con la misma existencia de una denuncia penal.
Incluso en el lastimoso trajín de esa desvergüenza quedó claro que el servilismo no necesita siquiera informarse del grado de avance de la denuncia. Tampoco generó ninguna sospecha negativa que en esa causa el legislador en cuestión no haya sido nunca indagado (uno de los pasos previos y esenciales de cualquier proceso que se precie de tal).
A los ciudadanos de a pie hay que decirles que la libertad durante el proceso no es, de ningún modo, un sinónimo de impunidad. Todo ciudadano (también los opositores) tienen el derecho de defenderse de una imputación en libertad y esa libertad, cuando ese ciudadano demuestra que tiene arraigo en el país y no piensa irse, cuando en el ejercicio de esa defensa se compromete con no obstaculizar a la investigación, es imposible de lesionarla.
Un ciudadano que está preso en prisión preventiva no lo está por el delito que se le atribuye, sino que está siendo sometido a una pena anticipada. Sólo razones muy excepcionales que en todos estos casos brillaron por su ausencia es factible una decisión tan grave como la prisión preventiva.
Hay mucha inmoralidad e ilicitud en detener preventivamente a alguien sin que estén dadas las razones para ello.
Para colmo de males, la diputada Elisa Carrió ve en estas decisiones, tremendamente valientes por oponerse a los caminos prefijados de los medios de comunicación, una operación para preparar la libertad de otros presos.
La realidad es bien distinta, y muy triste, la diputada Carrió -que en otras épocas supo hacerse escuchar en contra por ejemplo del "Pacto de Olivos" que era diseñado por alguno de sus actuales compañeros de travesuras institucionales-, es quien está "operando". Se trata de una operación grave y sin retorno: se trata de la operación contra la Constitución Nacional. Del ridículo se vuelve más fácil que del daño constitucional.
Para terminar un homenaje de género. La ultima decisión que enaltece a nuestra Constitución (y que la diputada Carrió califica como parte de una "operación"), decisión a mi juicio de una valentía excepcional, ha sido tomada por tres mujeres (una fiscal y dos juezas), alguna de ellas con apellido célebre para quienes creen en el Estado de Derecho, las tres estudiosas. Constituye un ejemplo de la importancia de que el poder judicial respete el lugar de la mujer, quizá en ello haya una parte de la solución.
Maximiliano Rusconi es abogado y ejerce la defensa del ex ministro de Infraestructura y Planificación Federal Julio de Vido